posted 01-02-2010 17:58
Hace un año suscribí un contrato de arrendamiento de un local comercial del cual soy propietario. El contrato tenía una duración por un año, y el día 31 de enero el arrendatario tenía obligación de dejar el local. Se lo comuniqué por escrito, pero este ha hecho caso omiso y parece no tener intención de abandonarlo. Sin embargo, la cláusula segunda del contrato decía textualmente que "Llegada la fecha de vencimiento del presente contrato, la finca deberá quedar desalojada por el arrendatario, salvo que ambas partes acuerden expresamente la prórroga del contrato y la nueva renta a pagar".
Mi consulta es saber qué vías tengo para conseguir el desalojo. Concretamente quisiera saber, al no tratarse de una vivienda, si puedo entrar en el local aún sin la autorización del arrendatario y depositar sus enseres en otro lugar para que éste pueda recogerlos. Entiendo que desde el 1 de febrero puedo disponer plenamente del local.
En caso de no ser posible el desalojo por mi parte, ¿qué acciones podría ejercer? ¿Podría poner una denuncia ante la guardia civil por ocupación del local de forma ilegítima o es necesario acudir por la vía civil?
Espero que alguien pueda ayudarme. Gracias de antemano, pues no sé como actuar ante una situación como esta.
posted 02-02-2010 17:35
No es nada recomendable que usted entre en el local sin autorización previa, ya sea del inquilino de la autoridad judicial. En cuanto a los pasos a seguir para sacar de allí al inquilino, deberá iniciar un procedimiento civil de desahucio, en el cual reclamar que el lanzamiento de la otra parte, así como la cuantía de los meses que de más esté en el local, además de las costas judiciales. www.despachotomasmartinez.com
[Este mensaje ha sido editado por tml (editado 02-02-2010).]