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Análisis del Reglamento de acceso a la profesión de abogado


En el Boletín Oficial del Estado del 16 de junio de 2011 se ha publicado el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. Destacamos la introducción del examen obligatorio para la colegiación y la realización de un periodo de prácticas.

Objetivos:

1. La ley tiene como objetivo principal mejorar la capacitación profesional de abogados y procuradores.
2. Con el objetivo de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

Para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada el reglamento de acceso a la profesión de abogado establece un sistema de formación en la excelencia que tiene los siguientes pilares.

Principales pilares de la formación como abogado:

1. La realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas,
2. El desarrollo de un periodo de prácticas externas y,
3. La realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional.
4. El contenido del examen: El Reglamento establece que el examen deberá ser eminentemente práctico:
a. La primera parte será un test con respuesta múltiples y
b. El segundo un caso práctico.

Los requisitos para poder ejercer la abogacía serán:

a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente según lo previsto en el reglamento.
b) Acreditar la superación de alguno de los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión.
c) Desarrollar un periodo formativo de prácticas en instituciones, entidades o despachos, relacionados con el ejercicio de la abogacía.
d) Superar la prueba de evaluación final acreditativa de la capacitación profesional como Abogado.