en Empresa y Gestión

El desarrollo de un start-up, la intervención de los asesores legales

David López, Abogado

Comenzamos con este artículo una serie en la que intentaremos poner de manifiesto la importancia que está adquiriendo en la sociedad de hoy y en particular, en el mundo de las nuevas tecnologías, la intervención de abogados especializados en la constitución y desarrollo de sociedades cuyo objeto social se encuentra relacionado con el mundo de internet y de la nueva economía.

Determinados profesionales de la abogacía nos hemos especializado en los últimos meses de manera involuntaria -aunque no por ello de manera indeseada- en el desarrollo de sociedades cuyo objeto es la implementación de un proyecto relacionado con el mundo de las nuevas tecnologías.

Pero ¿qué tienen en común todas estas sociedades? El planteamiento de los clientes se repite; se tiene una idea y se carece de los medios necesarios para llevarla a cabo. Sin embargo, nuestro cliente ha encontrado quién podrá ayudarle económicamente en su aventura y necesita contar con un abogado que le ayude en la negociación.

Por lo tanto, lo que se busca en nosotros será un profesional del derecho societario con experiencia en negociaciones cuyo objetivo final sea la creación de un proyecto en el que intervendrán dos clases de actores; los expertos en nuevas tecnologías creadores de una idea y los inversores dispuestos a financiar esa idea a cambio de una rentabilidad determinada. En el desarrollo de nuestra actividad distinguiremos las siguientes etapas:

1. La llegada del cliente; exposición de los hechos y primer acercamiento al mundo del derecho societario y de la empresa.

2. La negociación con el cliente; exposición de lo que se busca y de lo que se está dispuesto a entregar para conseguirlo. La elaboración de un Term Sheet.

3. La negociación del cliente con unos primeros inversores interesados en su proyecto; primera ronda de financiación con inversores de su círculo personal y/o profesional – los Inversores Promotores. La elaboración de un Shareholders? Agreement.

4. La negociación con el Inversor Institucional; Bancos de Inversión, Sociedades de Capital Riesgo e Incubadoras de Internet. La adhesión al Shareholders? Agreement.

5. El cumplimiento del objetivo final; la salida a Bolsa.

En la actualidad en España esta última fase no se encuentra muy desarrollada por distintos motivos:

1. La juventud de estos proyectos en nuestro país.

2. El poco tiempo de existencia del Nuevo Mercado, ámbito natural de las empresas de nueva tecnología de nacionalidad española.

3. La crisis de los valores tecnológicos del año 2000; la falta de confianza actual en mercados como el Nasdaq.

Durante las próximas semanas nos adentraremos en el fascinante mundo de la negociación desde una perspectiva jurídica y destacaremos los puntos principales que deben ser objeto de tal negociación para que el lector, llegado el caso, tenga la seguridad de estar actuando de la manera correcta y estar defendiendo de la manera más eficaz posible los intereses de su cliente.

Además de prestar especial atención a las fases anteriores dedicaremos un capítulo exclusivo a la implementación de un Plan de Opciones sobre Acciones, instrumento fundamental de fidelización de directivos y empleados intervinientes en este tipo de proyectos. Particular atención a la fiscalidad de estos programas de fidelización.