en Empresa y Gestión, Laboral y Seguridad Social

Nuevo reglamento de revalorización de las pensiones para el 2009

Mediante el REAL Decreto 2127/2008, de 26 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2009, se procede al desarrollo de las previsiones contenidas, en materia de revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas, en la Ley 2 /2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, y a la actualización de los valores consignados en el título IV y en las disposiciones adicionales primera y segunda, adaptando sus importes al incremento real experimentado por el IPC en el período noviembre 2007-noviembre 2008.

Sistema de la Seguridad Social Cuadro de cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2009
Clase de pensión Titulares

Con cónyuge a cargo – Euros/año Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal – Euros/año Con cónyuge no a cargo – Euros/año

Jubilación:
Titular con sesenta y cinco años 9.746,66 7.861,70 7.651,70
Titular menor de sesenta y cinco años 9.122,82 7.339,92 7.129,92
Incapacidad permanente:
Gran invalidez 14.620,06 11.792,62 11.477,62
Absoluta 9.746,66 7.861,70 7.651,70
Total: Titular con sesenta y cinco años 9.746,66 7.861,70 7.651,70
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años 9.122,82 7.339,92 7.129,92
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años 5.014,80 5.014,80 4.804,80
Parcial del régimen de accidentes de trabajo:
Titular con sesenta y cinco años 9.746,66 7.861,70 7.651,70

Viudedad:
Titular con cargas familiares – 9.122,82 –
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 – 7.861,70 –
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años – 7.339,92 –
Titular con menos de sesenta años – 5.899,74 –
Clase de pensión Euros/año

Orfandad:
Por beneficiario 2.461,48
Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 4.847,22
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 5.899,74 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
En favor de familiares:
Por beneficiario 2.461,48
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años. 5.954,90
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años 5.607,00
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.438,26 euros/año entre el número de beneficiarios.

Sistema de la Seguridad Social Importes de determinadas pensiones y prestaciones de la Seguridad Social en 2008, a efectos de la aplicación de la disposición adicional primera

Clase de pensión Titulares

Con cónyuge a cargo – Euros/año Sin cónyuge a cargo – Euros/año

Jubilación:
Titular con sesenta y cinco años 9.258,76 7.428,82
Titular menor de sesenta y cinco años. 8.653,12 6.922,16
Incapacidad permanente:
Gran invalidez 13.888,14 11.143,30
Absoluta 9.258,76 7.428,82
Total: Titular con sesenta y cinco años. 9.258,76 7.428,82
Total: «Cualificada» con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. 8.653,12 6.922,16
Parcial del régimen de accidentes de trabajo:
Titular con sesenta y cinco años 9.258,76 7.428,82
Viudedad:
Titular con cargas familiares – 8.653,12
Titular con sesenta y cinco años o discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 – 7.428,82
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años – 6.922,16
Titular con menos de sesenta años. – 5.523,98
Orfandad:
Por beneficiario – 2.389,66
Por beneficiario menor de dieciocho años con una discapacidad igual o superior al 65 por 100 – 4.705,96
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 5.523,98 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
En favor de familiares:
Por beneficiario – 2.389,66
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
Un solo beneficiario, con sesenta y cinco años – 5.781,44
Un solo beneficiario, menor de sesenta y cinco años – 5.443,62
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.277,68 euros/año entre el número de beneficiarios.