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Telecom: Parlamento europeo derechos y seguridad internet

Telecom: Parlamento europeo derechos y seguridad internet

El Parlamento Europeo aprueba resolucion que revisa dos directivas y un reglamento vigentes, para aumentar derechos y seguridad de Internet.

Benjamin Nicolau, Ebame abogados

La Eurocámara exige reforzar los derechos de los usuarios y la seguridad de Internet

Votación del informe Harbour sobre los derechos de los usuarios en Internet

El PE ha aprobado una directiva que busca reforzar los derechos de los usuarios de Internet, exigiendo una mayor transparencia de las tarifas y las condiciones contractuales, facilitando el acceso a las personas discapacitadas y protegiendo los datos personales, especialmente en las transacciones con tarjeta de crédito. Según la nueva norma, se emprenderán “acciones legales??? contra las empresas que envíen “spam??? o SMS publicitarios sin consentimiento expreso del consumidor.

El informe del británico Malcolm HARBOUR (PPE-DE) sobre las comunicaciones electrónicas (telefonía fija y móvil, comunicación vocal a través del ordenador -ej. Skype- e Internet de banda ancha) revisa dos directivas y un reglamento vigentes sobre el servicio universal y los derechos de los usuarios, el tratamiento de los datos personales y la cooperación en materia de protección de los consumidores.

El informe, aprobado por 548 votos a favor, 88 en contra y 14 abstenciones, subraya que las autoridades nacionales competentes advertirán a los usuarios de Internet sobre la vulneración de los derechos de autor, otros usos ilícitos y la difusión de contenidos nocivos a través de Internet (enmiendas 9 y 191).

Por otra parte, las autoridades nacionales exigirán a los operadores “que pongan gratuitamente a disposición de sus abonados aplicaciones de protección o filtrado fiables (…) que permitan controlar el acceso de los niños o de las personas vulnerables a contenidos ilícitos o peligrosos???. Además, los proveedores realizarán “inversiones sustanciales??? para luchar contra el “spam??? y tendrán la posibilidad de emprender acciones legales contra los remitentes de las comunicaciones comerciales que no hayan recibido el consentimiento expreso de los usuarios, ya sean por medio del correo electrónico, el fax, los SMS o los MMS (enmiendas 38, 148 y 131).

El texto subraya que los proveedores deberán indicar de forma clara y transparente en todo momento las tarifas de los servicios que ofrecen. Asimismo, los consumidores que deseen cambiar de operador de telecomunicaciones podrán hacerlo en tan sólo un día tras haber presentado su solicitud. En estos casos, los usuarios tendrán derecho a conservar su número (enmienda 37).

Otra de las propuestas del Parlamento Europeo es la de limitar a dos años la duración de los contratos entre los usuarios y las empresas que prestan servicios de comunicaciones electrónicas (enmiendas 65-71, 105).

Según la Eurocámara, los operadores deberían informar a sus abonados de cualquier restricción en el acceso, el uso o la distribución de contenidos, servicios y aplicaciones lícitas. Por ejemplo, un operador de telefonía móvil que no proporcione acceso a las comunicaciones vocales por Internet por medio de teléfonos “inteligentes??? (VOIP) debería especificarlo desde el principio.

Por otra parte, los diputados solicitan que los ciudadanos discapacitados tengan un acceso a los servicios de comunicaciones electrónicas equivalente al que disfrutan los demás usuarios (enmiendas 2, 3, 4, 109 y 111).

Protección de datos personales

El Parlamento Europeo subraya que cualquier violación de la seguridad de los datos personales debe ser notificada inmediatamente por el proveedor de los servicios de comunicaciones electrónicas a la autoridad nacional competente. Los diputados añaden que, si esta autoridad estima que se trata de una violación grave, el proveedor también tendrá que informar a las personas afectadas. Además, siempre que surja un peligro inminente y directo para los intereses de los consumidores (como el acceso no autorizado al contenido de mensajes electrónicos, a datos relativos a transacciones con tarjetas de crédito, etc.), los proveedores deberán informar inmediatamente, además de a las autoridades nacionales, a los usuarios afectados.

El proveedor también comunicará anualmente a los usuarios afectados todas las violaciones de la seguridad de sus datos personales (enmienda 183). La propuesta de la Comisión establecía que sólo el proveedor (y no la empresa de Internet) podría notificar una violación de la seguridad y tendría que informar tanto a los usuarios como a la autoridad nacional en todos los casos.

Las disposiciones sobre la protección de datos también deberían cubrir las redes privadas y no sólo, como hasta ahora, las redes públicas. Esto significa que los datos presentes en los servidores de las redes sociales (Facebook, Myspace,…) se beneficiarán de la misma protección que las redes públicas (enmiendas 121 y 29).

Teniendo en cuenta las distintas situaciones en las que se utilizan las direcciones IP y las tecnologías conexas, que evolucionan rápidamente, “se plantean algunas cuestiones sobre su utilización como datos personales en algunas circunstancias???. Por eso, el informe insta a la Comisión a realizar un estudio sobre las direcciones IP y su utilización y presentar, en su caso, propuestas sobre este tema (enmiendas 185 y 187).


Enviado por Benjamin Nicolau. www.ebame.com