Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental por el que se publica la aprobación del expediente de información pública y definitiva del proyecto "Reconstrucción del firme de la autovía A-66 entre los pp.kk. 799,400 y 803,500 y rehabilitación del firme de la SE-30 entre los pp.kk. 0 y 22,450. Tramos varios (Sevilla)", Clave 32-SE-4990.

Nº de Disposición: BOE-B-2017-40013|Boletín Oficial: 151|Fecha Disposición: 0000-00-00|Fecha Publicación: 2017-06-26|Órgano Emisor: Ministerio de Fomento

Con fecha 25 de mayo de 2017 el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación del Ministro de Fomento (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio, B.O.E. de 8 de agosto de 2016) ha RESUELTO:

"1. APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto "Reconstrucción del firme de la autovía A-66 entre los pp.kk. 799,400 y 803,500 y rehabilitación del firme de la SE-30 entre los pp.kk. 0 y 22,450. Tramos varios (Sevilla)" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 8.895.223,55 €, con las siguientes prescripciones:

1.1. Prescripción que es resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública:

1.1.1. Que se excluye de la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación la finca con número de orden 41-425.0004 (polígono 7 parcela catastral 9016) titularidad del Ayuntamiento de Salteras al tratarse de un bien de dominio público que no puede ser objeto de expropiación.

1.2. Otras prescripciones (ya incluidas en la aprobación de fecha 14-10-15):

1.2.1. Que a las unidades proyectadas les es de aplicación la Orden FOM/2523/2014, de 12 de diciembre, por la que se actualizan determinados artículos del pliego de prescripciones técnicas generales para obras de carreteras y puentes, relativos a materiales básicos, a firmes y pavimentos, y a señalización, balizamiento y sistemas de contención de vehículos, por lo que a todos los efectos deben entenderse eliminadas las menciones que en el proyecto se realizan a materiales, calidades, artículos, órdenes ministeriales y cualquier otro aspecto que la referida orden modifica, deroga o deja sin aplicación. Dichas menciones deben entenderse sustituidas por los equivalentes recogidos en la Orden FOM/2523/2014. Sin que ello suponga incremento de precio alguno.

1.2.2. Que, a todos los efectos, la mezcla bituminosa AC22 surf S empleada como capa intermedia se entenderá referida a la mezcla bituminosa AC22 bin. Todo ello sin modificación alguna en el importe de la unidad incluida en el Cuadro de Precios del proyecto.

1.2.3. Que, en las reposiciones de los servicios afectados se tendrán en cuenta las consideraciones, especificaciones y directrices técnicas determinadas por los titulares de dichos servicios, sin que en ningún caso suponga incremento presupuestario alguno dicha reposición.

1.2.4. A todos los efectos, se considerarán incluidos en los precios de las distintas unidades de obra los costes directos e indirectos que la realización de todos o parte de los trabajos en horario nocturno, siguiendo las indicaciones del Ingeniero Director de la obra, ocasiones al Contratista adjudicatario de las obras.

1.2.5. En todo caso, no se implantarán en el entorno de las zonas protegidas parques de maquinaria, vertederos o instalaciones de obra. El ámbito de ejecución de las actuaciones se limitará únicamente a la traza de los viales y carreteras sobre los que se proyecta actuar, vigilándose las condiciones de ejecución de las obras para evitar afecciones que puedan resultar significativas.

1.2.6. Que, a todos los efectos, se considerará incluida en cada unidad de obra la parte proporcional de limpieza y terminación de las obras sin que suponga ningún incremento presupuestario.

1.2.7. Que, a todos los efectos, se considerará incluido en el PPTP que, mediante la partida alzada para soluciones al tráfico durante las obras se abona además de toda la señalización, balizamiento y defensas provisionales fijadas en los distintos documentos contractuales del proyecto, toda aquella que el Director de las Obras estime necesaria para el estricto cumplimiento de la normativa vigente de la señalización de obras en la Dirección General de Carreteras, así como la conservación y mantenimiento de la misma durante la ejecución de las obras.

Las anteriores prescripciones deberán ser tenidas en cuenta en la ejecución de las obras y se cumplimentarán mediante la documentación que resulte procedente en cada caso, sometiendo la misma a la aprobación del Ingeniero Director de las Obras. A todos los efectos dichas prescripciones se considerarán parte integrante del proyecto que se aprueba.

2. Que, a todos efectos, esta resolución sustituye a la de fecha 14-10-15 por la que se aprobó el proyecto de clave 32-SE-4990 por un Presupuesto Base de Licitación (I. V. A. incluido) de 8.895.223,55 €.

3. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

5. ORDENAR a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios y que incluya el proyecto referenciado en el Programa de Expropiaciones vigente, dado que es preciso realizar expropiaciones para la ejecución de las obras y en aplicación del artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto".

En cumplimiento del artículo 83.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la referida Resolución estará disponible en la web del Ministerio de Fomento, en la siguiente ubicación: http://mfom.es/participacion-publica.

Sevilla, 5 de junio de 2017.- El Jefe de la Demarcación, Rodrigo Vázquez Orellana.