Extracto de la Orden por la que se convocan becas de formación técnica y práctica en materia de ordenación pesquera y de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo

Nº de Disposición: BOE-B-2017-45507|Boletín Oficial: 175|Fecha Disposición: 0000-00-00|Fecha Publicación: 2017-07-24|Órgano Emisor: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

BDNS(Identif.):355720.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.(http://www.pap.minhfp.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Españoles o nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros residentes en España, que hayan finalizado los estudios en los cuatro años anteriores al de la publicación del presente extracto y que estén en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado universitario o titulaciones equivalentes en:

-Área de ordenación pesquera: materias relacionadas con las funciones descritas en el artículo 1 apartado 3. a). de la convocatoria.

-Área de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo: título de graduado universitario, licenciado o titulación equivalente en derecho.

Segundo. Objeto.

Contribuir a la formación técnica y práctica en materia de ordenación pesquera y asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo de la Secretaría General de Pesca mediante la convocatoria de 4 becas en el área de ordenación pesquera y 2 becas en el área de asesoramiento jurídico, régimen sancionador y desarrollo normativo, por un período inicial máximo de 10 meses pudiendo prorrogarse anualmente por 3 años más.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden AAA/1181/2016, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en materias de competencia de la Secretaría General de Pesca.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía de las becas por beneficiario será de 1.050 euros brutos mensuales y estará sujeta a las retenciones legales vigentes en cada momento.

Quinto. Plazo de Solicitud.

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto.

Madrid, 10 de julio de 2017.- La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden Delegación AAA/838/2012 de 20 de abril, modificada por las Órdenes AAA/1402/2012 de 19 de junio, AAA/443/2013 de 13 de marzo y AAA/1166/2015 de 8 de junio), el Director General de Ordenación Pesquera, José Luis González Serrano.