Extracto de la Resolución de 28 de julio de 2017, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial

Nº de Disposición: BOE-B-2017-48730|Boletín Oficial: 195|Fecha Disposición: 0000-00-00|Fecha Publicación: 2017-08-16|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

BDNS(Identif.):357960

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Primero.- Beneficiarios:

Fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y, en general, cualquier entidad sin fin de lucro que, no perteneciendo al sector público, acredite haber realizado actuaciones de promoción del libro o de las publicaciones culturales, como mínimo, en los dos últimos a años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación del BOE de este extracto.

Segundo.- Objeto:

Proyectos que modernicen, fortalezcan u optimicen el funcionamiento del sector editorial nacional; en particular aquellos proyectos que mejoren la infraestructura de este sector y tengan alguno de los objetivos recogidos en el Plan de Fomento de la Lectura 2017-2020, como la celebración de encuentros para profesionales, la elaboración de estudios e investigaciones sobre el sector, las iniciativas dirigidas a la eficacia del funcionamiento de la cadena del libro y de las publicaciones culturales en sus distintas fases, las actuaciones que mejoren la comunicación entre los distintos agentes editoriales, el impulso de la reconversión del sector al modelo digital o la mejora de la formación de los profesionales del sector en materia de innovación.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto.- Cuantía:

El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 645.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Madrid, 28 de julio de 2017.- El Secretario de Estado de Cultura, Fernando Benzo Sainz.