Orden APM/623/2017, de 28 de junio, por la que se determina el régimen de suplencia temporal de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-7519|Boletín Oficial: 154|Fecha Disposición: 2017-06-28|Fecha Publicación: 2017-06-29|Órgano Emisor: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

El artículo 15 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispone que la suplencia de los Secretarios de Estado del mismo Departamento se determinará según el orden de precedencia que se derive del Real Decreto de estructura orgánica del Ministerio.

Por aplicación de lo dispuesto en el mencionado precepto, dicha suplencia ha de recaer en el titular de la Oficina Española de Cambio Climático, conforme a lo previsto en el artículo 2.2.a) del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

De acuerdo con todo lo anterior, ante la ausencia temporal de la titular de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, al objeto de no paralizar la tramitación administrativa, procede establecer el régimen de suplencia.

Asimismo y con carácter temporal se establece la avocación y delegación en otros órganos de las competencias delegadas en la Secretaría de Estado de Medio Ambiente a que se refieren los capítulos I y II de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Lo dispuesto en esta orden no supone alteración de las competencias de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente, delegadas en los distintos órganos del departamento, que seguirán según se dispone en la mencionada Orden AAA/838/2012, de 20 de abril.

En su virtud, resuelvo:

Primero.

Determinar que la Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático suplirá con carácter provisional a la Secretaria de Estado de Medio Ambiente en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta y que figuran en el artículo 2 del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En caso de que, por modificación del Real Decreto de estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, se establezca un orden de prelación distinto, se entenderá que la suplencia recaerá, sin necesidad de nueva Orden, en el titular del órgano directivo que figure en primer lugar.

En los actos y resoluciones que se dicten en base a esta suplencia deberá hacerse constar tal circunstancia, y se especificará el titular del órgano en cuya suplencia se adoptan y quién efectivamente está ejerciendo la competencia mediante suplencia.

Segundo.

Avocar con carácter temporal las competencias delegadas en el Secretario de Estado de Medio Ambiente que figuran en la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, las cuales quedarán delegadas de la siguiente forma:

1. Las competencias del apartado 1 del Capítulo I quedan delegadas en los directores generales dependientes de la Secretaría de Estado, con cargo a los respectivos créditos presupuestarios, hasta 4.500.000,00 €.

2. Las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a que se refieren las letras a) y b) de la Sección 1.ª del Capítulo II quedan delegadas en el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural.

3. La competencia para la imposición de sanciones reguladas por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, a que se refiere la letra c) de la Sección 1.ª del Capítulo II quedan delegadas en el Subsecretario.

Tercero.

Esta Orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el momento en que finalice la situación temporal de ausencia.

Madrid, 28 de junio de 2017.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.