Resolución de 10 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Actuaciones varias del Plan Nacional de Calidad de las Aguas en Castilla y León, en varios términos municipales de Salamanca.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-4572|Boletín Oficial: 99|Fecha Disposición: 2017-04-10|Fecha Publicación: 2017-04-26|Órgano Emisor: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario regulado en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El proyecto Actuaciones varias del Plan Nacional de Calidad de las Aguas en Castilla y León, varios términos municipales, Salamanca se encuentra encuadrado en el anexo II, grupo 10, apartado a), de la Ley de evaluación ambiental.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El Plan Nacional de Calidad de las Aguas: Saneamiento y Depuración 2007-2015, cuyo objetivo se concreta en el mantenimiento y mejora de la calidad del medio acuático, con medidas de control de los vertidos alcanzando el buen estado de todas las masas de agua en el horizonte 2015, da cumplimiento a las exigencias de la Directiva 91/271/CEE, que vinculan directamente a todas las administraciones competentes en materia de saneamiento y depuración. Dentro del denominado Espacio Natural de los Arribes del Duero (Salamanca) y su área de influencia, existen problemas con los vertidos de las aguas residuales de algunos municipios. En general, se trata de pequeñas poblaciones en las que no existe un sistema de depuración o el que existe está obsoleto y fuera de uso, por lo que se vierten directamente a los cauces las aguas residuales urbanas, causando graves problemas de contaminación en los ríos y arroyos, así como en los acuíferos conectados con ellos.

El objeto del proyecto es la descripción y valoración de las obras a ejecutar de varias estaciones de depuración para solucionar la problemática de los vertidos de las aguas residuales de los siguientes núcleos de población, ubicados en la provincia de Salamanca: Ahigal de los Aceiteros, Aldeávila de la Ribera, Corporario, Almendra, Barruecopardo, Bemellar, Bogajo, Cerezal de Peñahorcada, Cerralbo, Encinasola de los Comendadores, Picones, Fuenteliante, Hinojosa de Duero, La Bouza, La Fregeneda, La Peña, La Redonda, La Zarza de la Pumareda, Lumbrales, Masueco, Mieza, Milano, Olmedo de Camaces, Pereña, Puerto Seguro, Saldeana, San Felices de los Gallegos, Saucelle, Sobradillo, Trabanca, Valderrodrigo, Cabeza de Framontanos, Villarino de los Aires, Barreras, Villasbuenas, Vilvestre, Cabeza del Caballo y Fuentes de Masueco.

El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas de España (ACUAES) y el órgano sustantivo la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 29 de marzo de 2016, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, la documentación ambiental del proyecto. Con fecha 15 de abril de 2016 se remitieron las consultas a los organismos relacionados en el siguiente cuadro. Se marcan con una «X» aquellos organismos que emitieron respuesta:

Relación organismos consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Ahigal de los Aceiteros.

Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera.

X

Ayuntamiento de Almendra.

Ayuntamiento de Barruecopardo.

Ayuntamiento de Bermellar.

Ayuntamiento de Bogajo.

Ayuntamiento de Bouza (La).

Ayuntamiento de Cabeza del Caballo.

Ayuntamiento de Cerezal de Peñahorcada.

Ayuntamiento de Cerralbo.

Ayuntamiento de Encinasola de los Comendadores.

Ayuntamiento de Fregeneda (La).

Ayuntamiento de Fuenteliante.

Ayuntamiento de Hinojosa de Duero.

Ayuntamiento de Lumbrales.

Ayuntamiento de Masueco.

Ayuntamiento de Mieza.

Ayuntamiento de Milano (El).

Ayuntamiento de Olmedo de Camaces.

Ayuntamiento de Pereña de la Ribera.

Ayuntamiento de Peña (La).

Ayuntamiento de Puerto Seguro.

Ayuntamiento de Redonda (La).

Ayuntamiento de Saldeana.

Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos.

X

Ayuntamiento de Saucelle.

Ayuntamiento de Sobradillo.

Ayuntamiento de Trabanca.

Ayuntamiento de Valderrodrigo.

Ayuntamiento de Villarino de los Aires.

Ayuntamiento de Villasbuenas.

Ayuntamiento de Vilvestre.

Ayuntamiento de Zarza de Pumareda (La).

Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

X

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

X

Ecologistas en Acción de Salamanca.

Parque Natural Arribes del Duero, Delegación Territorial de Zamora de la Junta de Castilla y León.

SEO/Birdlife.

Subdelegación del Gobierno en Salamanca.

Con fecha 26 de mayo de 2016 el Ayuntamiento de Aldeadávila de la Ribera informa que la parcela 2122 del polígono 521 sobre la que se plantea la ubicación de las instalaciones en Corporario es errónea al no ser de titularidad municipal, siendo la parcela destinada a este fin la número 2124 del polígono 521. Estas parcelas sobre las que se plantea la actuación se encuentran en suelo rústico con protección de cauces fluviales. No se prevé la existencia de impactos significativos que no hayan de ser evitados con las medidas propuestas por el promotor.

Con fecha 30 de mayo de 2016 el Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos está conforme con el documento ambiental del proyecto presentado para el inicio de la evaluación ambiental simplificada.

Con fecha 3 de junio de 2016 la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León informa que dentro de su ámbito competencial no realiza ninguna alegación con competencias ambientales, y señala que las actuaciones en las zonas próximas a las carreteras de titularidad autonómica deben autorizarse de acuerdo a lo establecido en la Ley 10/2008 de Carreteras.

Con fecha 15 de junio de 2016 la Confederación Hidrográfica del Duero remite informe en el que se señalan una serie de aspectos que tendrán que ser tenidos en cuenta por el promotor a la hora de redactar el correspondiente estudio de impacto ambiental, en el caso de que el órgano ambiental decida de forma positiva sobre el sometimiento al trámite de evaluación de impacto ambiental ordinario. Las mismas consideraciones deberán ser tenidas en cuenta por el promotor a la hora de ejecutar el proyecto, en el caso de que se concluya con la emisión de un informe de impacto ambiental.

Con fecha 5 de julio de 2016 la Consejería de Turismo de la Junta de Castilla y León remite informe en el que indica que los planos parcelarios no incluyen la posición y extensión de cada uno de los bienes incluidos en los mismos. Se indica además que a los elementos recogidos habría que añadir los bienes Camino de la Rodavilla y Murallas de San Felices de los Gallegos, indirectamente afectados por un colector y la red de abastecimiento.

Finalmente, concluye que, independientemente de que se decida someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se considera pertinente la realización de la prospección arqueológica intensiva del área afectada que garantice la correcta protección del Patrimonio Arqueológico de la Comunidad de Castilla y León. A la vista de los resultados de dicha prospección, se establecerán las medidas correctoras oportunas para la protección de los bienes culturales que pudieran verse afectados por el proyecto.

Con fecha 4 de agosto y según lo establecido en el artículo 46.3 de la Ley de Evaluación Ambiental se requirió a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y a la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, para que el órgano competente emitiese el informe ya solicitado previamente con fecha 15 de abril de 2016.

Con fecha 15 de septiembre, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental traslada el informe elaborado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación de la Territorial de Salamanca de la Junta de Castilla y León, en el que realiza una serie de puntualizaciones sobre diferentes aspectos. De forma resumida se destacan los siguientes:

Algunas de las actuaciones propuestas en el proyecto se encuentran en las proximidades de los espacios ZEC ES4150064 y ZEPA ES0000247 Riberas de los ríos Huebra y Yeltes, Uces y afluentes. Por lo tanto, se precisa incluir un estudio de afección sobre este espacio Red Natura 2000, que evalúe las repercusiones del proyecto sobre el lugar.

Las cuencas de los ríos Huebra, Yeltes, Uces, Camaces y sus arroyos tributarios soportarían directamente la incidencia de las nuevas infraestructuras y su funcionamiento. Por ello se precisa una valoración de la situación inicial de estos arroyos. En el programa de seguimiento ambiental se recogerá la influencia de la depuración de las aguas en la mejora de sus condiciones ambientales incluyendo vegetación, fauna y condiciones fisicoquímicas.

En el informe del servicio territorial se incluye una relación de especies, incluidas en diferentes catálogos de especies amenazadas y hábitats, considerados como valores esenciales en los planes básicos de Gestión y Conservación de Espacios Red Natura 2000 en Castilla y León que pueden verse afectados por el proyecto. Se verificará que en el documento ambiental se han valorado las posibles afecciones sobres estos elementos.

Se describirán las instalaciones fotovoltaicas con sus respectivas líneas de evacuación y conexión a la línea general, en el caso de existir, sus posibles impactos sobre la fauna y las medidas previstas para minimizarlos.

Puesto que las depuradoras y la planta de tratamientos de fangos están ubicadas en las proximidades de los núcleos urbanos, se describirá la posibilidad de afección como consecuencia de posibles olores, así como la generación de ruidos y afección lumínica. Se especificará el destino de los fangos generados en el proceso del tratamiento conjunto de fangos en la planta ubicada en Hinojosa de Duero.

Se recogerán las medidas propuestas, adecuando las infraestructuras a la tipología tradicional de la zona así como el cerramiento de las instalaciones. Los paramentos deberán ir enfoscados en colores terrosos y las infraestructuras metálicos en color negro o en verde mate.

Se incluirá una valoración socioeconómica. Es necesario realizar un análisis exhaustivo de costes de funcionamiento y mantenimiento, con objeto de conocer las repercusiones reales que el proyecto tendrá sobre la realidad socioeconómica de la zona y poder valorar lo que se puede asumir. Se debe garantizar que el proyecto sea sostenible en el tiempo y viable económicamente, pues si los costes de mantenimiento son elevados, puede poner en riesgo su funcionamiento, con lo que el impacto sobre el medio sería muy negativo.

Se completará el Plan de seguimiento y control, haciéndolo extensivo a la fase de funcionamiento de las depuradoras y la planta de tratamiento de fangos, definiendo las actuaciones previstas.

Con fecha 5 de octubre de 2016 se envía escrito al promotor en el que se solicita aclaraciones respecto a las cuestiones planteadas por la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento (Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca) y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Con fecha 18 de noviembre de 2016 se recibe procedente de la Dirección General de Agua documentación complementaria elaborada por ACUAES donde se da respuesta a las cuestiones planteadas y que quedan recogidas en el punto 3 de la presente resolución. En esta documentación se completa el Plan de Seguimiento y Control haciéndolo extensivo a la fase de funcionamiento de las depuradoras y la planta de tratamiento de fangos.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1ª del Capítulo II, del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Características del proyecto. Para cumplir con el objetivo propuesto en el proyecto se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

1. Colectores de entrada: para derivar las aguas residuales de cada municipio hasta la EDAR proyectada se ha previsto la instalación de colectores de PVC y 35 mm de diámetro, para interceptar la red de saneamiento existente y llevar por gravedad las aguas. Dadas las características de cada uno de los pueblos y su topografía asociada, en algunos casos ha sido necesario el empleo de varios colectores ya que el municipio tiene varios puntos de vertido, e incluso el uso de bombeos en aquellos casos donde por topografía el agua no era capaz de llegar por gravedad hasta la planta. Para los bombeos, se propone el uso de estaciones prefabricadas.

2. Emisarios: la salida de las aguas depuradas de las EDAR se realiza por medio de PVC corrugado de 315 mm de diámetro.

3. Líneas eléctricas: todas las líneas proyectadas serán subterráneas. Para contribuir al ahorro energético de las plantas y reducir el consumo de recursos, se ha proyectado la instalación de paneles solares fotovoltaicos para autoconsumo conectadas a la red en 17 núcleos. Para las plantas con acometida en media tensión (La Zarza de la Pumareda, y San Felices de los Gallegos), por normativa es necesario realizar el enganche mediante un tramo aéreo hasta un nuevo poste, de donde parte el tramo subterráneo hasta la EDAR o pozo de bombeo. Dado que ambas plantas se encuentran en el Parque Natural de Arribes del Duero y dentro de una ZEPA, se tomarán medidas para la protección de la avifauna.

4. Estaciones depuradoras de aguas residuales: se han propuesto diversos tipos de tratamientos para las diferentes localidades, en función de diversos parámetros: caudales y cargas de entrada, rendimientos exigidos en la eliminación de cargas contaminantes, superficie y topografía de la parcela disponible, etc.

Se han diseñado tres tipos de tratamientos: humedales artificiales, lechos bacterianos y oxidación prolongada. Para la elección de los distintos sistemas de depuración se ha optado por implantar tecnologías de depuración que adaptándose a las peculiaridades y condicionantes de estos núcleos, permitan obtener un efluente de calidad deseada acorde con los objetivos ambientales de cada medio receptor.

Los núcleos de población de Saucelle, Lumbrales y Valderrodrigo ya poseen sistemas de tratamiento de aguas residuales. Se pretende con este proyecto que estos pueblos queden incluidos en la gestión mancomunada de sus aguas residuales con los núcleos en los que se ejecuta EDAR. En los núcleos en los que existía más de un punto de vertido se ha estudiado la opción que implique menor coste de explotación. Esta ha sido, en la mayoría de los casos, instalar dos EDAR, siendo la menor de ellas un humedal artificial. En los casos de Trabanca y Valderrodrigo, debido a la topografía de la zona, era necesario instalar bombeos en la cabecera de estas plantas menores y por ello se ha optado por realizar bombeo a la planta de mayor tamaño, reduciendo los costes de explotación. En los núcleos en los que existe una alta estacionalidad, se ha incluido el tratamiento de alivio para los meses de verano.

En resumen, el total de los sistemas y casos obtenidos es el siguiente:

Tipología del sistema

Número

Humedales de flujo subsuperficial

19

Oxidación prolongada

17

Lechos bacterianos

3

Se instala bombeo a EDAR

2

Existe EDAR en correcto funcionamiento

3

En total, son 38 núcleos en los que de ellos, en dos no se realiza actuación (Lumbrales y Saucelle), en tres no se ejecuta nueva EDAR (Lumbrales, Saucelle y Valderrodrigo), en dos se ejecuta un bombeo a otra EDAR (Valderrodrigo y Trabanca), en 35 se ejecutan nuevas EDAR y al existir en algunos núcleos más de un punto de vertido, en total se ejecutan 39 depuradoras y dos bombeos a otra depuradora, por tanto 41 actuaciones.

En Hinojosa de Duero, dada su ubicación geográfica, el tamaño de su población y su superficie disponible en la futura EDAR, se instalará la línea de tratamiento de fangos conjunto al que se enviarán los fangos generados en todas las plantas del proyecto, salvo los de Saucelle y Lumbrales que ya poseen su propio tratamiento de fangos. Una vez que los fangos hayan seguido el tratamiento de espesado y deshidratación hasta alcanzar una sequedad del 22 %, serán almacenados en una tolva, desde donde serán transportados a un gestor de residuos autorizados para esta tipología de residuos en Castilla y León.

En el diseño de la depuración se han tenido en cuenta las recomendaciones establecidas por el Parque Natural de las Arribes del Duero:

La minimización de las conducciones de transporte de las aguas residuales hasta las EDAR, procurando no alargar los emisarios más allá de los puntos actuales de vertido, aún cuando no se cumplan estrictamente las distancias de seguridad a los núcleos de población.

Los tratamientos que se han diseñado no generan ruidos ni muchos residuos.

La minimización de la superficie ocupada. Por ello no se diseñan plantas de lagunaje.

Tener en cuenta las fechas de ejecución de las obras a efectos de no producir incomodidades a la fauna del Parque en época de cría. Solución con elementos modulares prefabricados, que tienen poco tiempo de instalación y solo precisan pequeñas losas de implantación, en la mayoría de las plantas.

El diseño de las EDAR se ha realizado de forma que se minimiza su impacto visual logrando la mayor integración posible de las mismas en el entorno.

Además, se han tenido en cuenta una serie de medidas preventivas en la fase de diseño:

Se han diseñado las instalaciones de la EDAR de manera que se integren paisajísticamente (formas, colores, etc…).

Se han diseñado con sistemas que minimicen la generación de olores, ya que se trata de uno de los principales impactos ambientales negativos de las depuradoras que funcionan en la actualidad.

Se ha diseñado una correcta estabilización de los fangos para que no produzcan emisiones de olores y se ha centralizado esta gestión en un único núcleo de población.

Se han diseñado sistemas que generan poco ruido o ningún ruido.

Ubicación del proyecto.

El proyecto se llevará a cabo en 38 núcleos de población de la provincia de Salamanca, ya indicados en el apartado 1. De todos ellos, 24 se encuentran comprendidos en el Parque Natural Arribes del Duero, incluido en el Plan de Espacios Naturales Protegidos según la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León. En cuanto a la Red Natura 2000, existe coincidencia territorial con los siguientes espacios:

ZEC ES4150096 Arribes del Duero: superficie de 106.398 ha, con veinte núcleos incluidos en el LIC.

ZEPA ES0000118 Arribes del Duero: superficie de 107.042 ha, con diecinueve núcleos incluidos en la ZEPA.

ZEC ES4150064 y ZEPA ES000247 Riberas de los ríos Huebra y Yeltes, Uces y afluentes: se encuentran a más de un kilómetro de distancia de las actuaciones.

En cuanto a los hábitats de interés comunitario existe coincidencia territorial con los siguientes: 4090. Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y 91B0. Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia.

En la zona de estudio se encuentra la IBA 589: Río Huebra-Arribes del Duero.

Cabe destacar que la mayoría de las parcelas objeto de estudio están muy cercanas a los núcleos de población por lo que la vegetación está muy modificada y antropizada. En muchas de ellas existe una fosa séptica por lo que, además, son zonas con una fuerte nitrificación del suelo y contaminación fecal, lo cual influye notablemente en el tipo de vegetación existente. En las zonas adyacentes, puesto que se trata de parcelas aledañas a cauces, se encuentra normalmente vegetación de ribera y en muchos casos huertos.

Existen tres planes de protección de especies amenazadas que afectan a distintos núcleos de población incluidos en el presente proyecto:

Plan de recuperación de la cigüeña negra: afecta a los núcleos de población de Aldeadávila de la Ribera, Villarino de los Aires, Mieza, Bermellar, Saldeana, Hinojosa de Duero, Almendra y Trabanca.

Plan de recuperación del águila perdicera: incluye todos los núcleos de población que están dentro de la ZEPA Arribes del Duero.

Plan de conservación y gestión del lobo en Castilla y León: en este caso se incluyen los municipios incluidos en la zona III del plan, incluyendo a todos los municipios que forman parte de este proyecto exceptuando Corporario, Picones, Cabeza de Framontanos, Villarino de los Aires, Barreras y Fuentes de Masueco.

La zona del proyecto está atravesada por tres vías pecuarias:

Colada de Bogajo.

Colada de Hinojosa de Duero.

Vereda de Fermoselle.

En cuanto al patrimonio cultural, en un margen de entre 5-40 m de distancia a la zona del proyecto se han localizado los siguientes bienes registrados:

Aldeávila de la Ribera: Pozo Herrero.

Bogajo: Fuente del Cristo, Ermita del Cristo.

Encinasola de los Comendadores: Sarcófago de Fuente el Lugar.

Fuenteliante: Cortinas de las Pocilgas.

San Felices de los Gallegos: San Félix, Barejón/Cuarta Santa.

Vilvestre: Muros del Castillo, San Sebastián, Iglesia Nuestra Señora Asunción, Rollo de Justicia.

Características del potencial impacto.

Atmósfera: La ubicación de las depuradoras en relación con los núcleos de población ha venido determinado por las siguientes consideraciones:

Las recomendaciones establecidas por la Dirección del Parque Natural de Arribes del Duero.

Minimizar costes de explotación.

Las parcelas para instalar las depuradoras han sido propuestas por los Ayuntamientos.

Por estos motivos no se han seleccionado otras ubicaciones más alejadas a los núcleos que permitan minimizar los riesgos por impacto de olor, ruido y luz sobre la población. El promotor destaca en su documentación que se han elegido sistemas de tratamientos que presentan bajo riesgo de generación de olores, a excepción de los lechos bacterianos. En estos casos (Bermellar, Milano y Olmedo de Camaces) han primado otros factores que justifican su elección. En cualquier caso tanto por la distancia al núcleo urbano o por el tamaño de la depuradora, no se espera que pueda generarse impactos por molestia de olores durante la fase de explotación.

Respecto del impacto producido por ruido, este se asocia a los elementos electromecánicos instalados, en caso necesario, en las plantas. En general, estos elementos están alojados en estructuras diseñadas al efecto o bien sumergidos, por lo que no se espera que se genere impacto sonoro.

En cuanto a la posible afección lumínica de las instalaciones, debido al reducido tamaño de estas, no se ha proyectado alumbrado exterior. El alumbrado consistirá en la instalación de luminarias fluorescentes en el interior de los edificios y casetas de servicio, los cuales el operario deberá accionar en el momento en el que está trabajando en el interior de la edificación. Por lo tanto, no se prevé que se generen impactos por contaminación lumínica.

De forma más pormenorizada, los impactos sobre la atmósfera y medidas que se proponen son las siguientes:

Los movimientos de tierra, el tránsito de camiones y de maquinaria pesada, la carga y descarga de materiales, van a provocar un aumento de los niveles de polvo y gases en la atmósfera durante la fase de construcción.

Para predecir el impacto que se provoca se tienen en cuenta una serie de factores como: el estado del suelo, los tipos de vehículos empleados, el tipo de vía, la estación del año, la climatología de la zona, la rugosidad del terreno, el tipo de vegetación que actúa como pantalla y otros obstáculos. Dado que la mayoría de la excavación se ejecuta sobre roca y arena, se ha estimado que los impactos que puede provocar el aumento de polvo en esta fase no son destacables. En cuanto a los gases desprendidos por los vehículos éstos deberán estar convenientemente revisados, siempre según la legislación vigente.

Durante la fase de funcionamiento, los olores generados durante el trasiego y tratamiento de las aguas residuales se producen como consecuencia del proceso de degradación de la materia orgánica. Este fenómeno tiene especial incidencia en la obra de llegada del efluente, dependiendo del tiempo de retención de las aguas en la red de colectores y en la unidad de producción de fangos. Estos impactos están totalmente vinculados al régimen de vientos de la zona de estudio, siendo la etapa más conflictiva el verano por presentar menores índices de pluviometría.

Hay que destacar que gracias al tratamiento de las aguas residuales se conseguirá que los olores de los vertidos al cauce que actualmente se producen disminuyan, valorándose el impacto como positivo.

En el caso de detectarse partículas de polvo, se procederá al riego suficiente de las distintas zonas, especialmente en los periodos más secos, a fin de evitar dicha emisión. Para reducir la emisión de gases y olores de los vehículos, se mantendrán siempre una correcta puesta a punto de todos los motores, antes del inicio de las obras. Se mantendrá un control estricto sobre las instalaciones, equipos y sistemas capaces de provocar olores molestos.

La realización de las obras se deberá llevar a cabo estrictamente en el periodo diurno (8 am a 22 pm). En caso de superar significativamente los 65 dB, se adoptarán medidas adicionales de corrección, como la instalación temporal de pantallas acústicas portátiles en los lugares precisos.

Para la fase de funcionamiento se han incluido sistemas de aislamiento de los mecanismos susceptibles de producir más ruido, de tal manera que no superen los límites legales de producción de ruido.

Suelo: La ocupación del suelo durante la fase de construcción se debe principalmente a las zonas de acopios de materiales y a las zonas de instalaciones auxiliares, ya que se utilizarán las pistas existentes como viales de accesos y la apertura de nuevos caminos se limita a las parcelas de la instalación de la EDAR, siendo de escasa longitud. Las ocupaciones por acopios son ocupaciones temporales y reversibles ya que una vez terminadas las obras se efectuará un tratamiento de las zonas para su adecuación ambiental.

La alteración más importante de la calidad del suelo durante la fase de construcción se debe fundamentalmente a la ejecución del terraplén y excavaciones necesarias para la implantación de la EDAR y los colectores, ya que se modifica el perfil edáfico de toda la zona ocupada.

Se prevé en el documento ambiental el posible impacto producido por el vertido accidental de sustancias tóxicas que pueden producirse en el supuesto caso de que se realice el mantenimiento de la maquinaria en la zona de obra.

Antes del inicio de las obras se definirá exactamente la localización de depósitos para las tierras y lugares de acopio, para las instalaciones auxiliares y el parque de maquinaria. En la medida de lo posible, estas zonas de acopio se instalarán en la misma parcela de construcción de la EDAR reduciendo así las afecciones sobre el medio lo máximo posible.

La capa edáfica o superficial del suelo separada durante las excavaciones se utilizará posteriormente en la recuperación de las superficies alteradas, para ello se separará y apilará en los lugares indicados para ello, en montones de altura no superior al 1,50 m y con una duración de almacenamiento lo menor posible para evitar la degradación del recurso. En ningún caso esta tierra vegetal podrá mezclarse con estériles procedentes de la excavación o con cualquier otro tipo de residuos o escombros y se garantizará su no deterioro por erosión hídrica o compactación por el paso de maquinaria.

Las tareas de mantenimiento de equipos y maquinaria móvil se harán fuera de la zona de obra en talleres autorizados. Se llevará a cabo la correcta gestión de los aceites procedentes de los equipos y maquinaria, a lo largo de la fase de obra. Se almacenarán en contenedores adecuados para su posterior recogida por parte de un gestor autorizado.

Los materiales sobrantes de las excavaciones, excedentes de tierra y otros residuos serán gestionados conforme a su naturaleza, entregándose a un gestor autorizado, según la normativa vigente.

Se llevará a cabo un control topográfico de los límites de excavación y depósito, para ajustarse a lo señalado en el proyecto. La pendiente de los taludes será la adecuada para evitar la posibilidad de erosión y la pérdida de suelo. Se revegetará inmediatamente una vez acabados. Los materiales necesarios para el relleno deberán ser de canteras autorizadas. Los caminos, utilizados como acceso se mantendrán en perfectas condiciones de uso público, evitando su deterioro, así como las ocupaciones que dificulten su utilización.

Hidrología: Las actuaciones del presente proyecto tienen por objeto depurar las aguas residuales de determinados núcleos y, por tanto, mejorar la calidad de los vertidos, repercutiendo en la mejora fisicoquímica de las aguas de los arroyos y ríos de la zona. Los principales cauces de los ríos que recibirán las aguas depuradas serán el Águeda, Froya, Huebra, Uces y Tormes, además de sus arroyos tributarios como el Dos Casas, Morgaez, Camaces, Yeltes, Nava y Cabeza. La mejora de las características físico-químicas de las aguas una vez depuradas se puede observar en los datos recogidos en el documento ambiental en el punto 7 (Definición y características del proyecto).

Las afecciones sobre los recursos hídricos tienen mayor incidencia en aquellos trabajos derivados de la instalación de la obra de salida que se van a ejecutar más próximas a la los cauces. Por ello, en esas situaciones será necesario tomar medidas especiales para evitar su contaminación o modificación. Este es el caso de los siguientes núcleos:

Picones: se intercepta el colector existente en el pozo anterior al vertido. Este pozo está junto al cauce. El nuevo colector se ejecuta junto al cauce. No ha sido posible otra solución ya que de lo contrario no se podría conducir las aguas por gravedad hasta la parcela de la EDAR.

Hinojosa de Duero: se ejecutan reparaciones y un tramo de colector en impulsión junto al cauce.

Masueco: se intercepta los colectores existentes en los últimos pozos antes del vertido los cuales se encuentran junto al cauce. Esto es necesario para poder conducir las aguas sin bombeos hasta la EDAR.

Olmedo de Camaces: el colector de entrada a la EDAR, la línea eléctrica subterránea y la conducción de agua potable cruzan un regato por una obra de fábrica existente de un camino.

Saldeana: será necesario reacondicionar un camino que cruza un arroyo para llegar a la EDAR. Por este camino se llevará el colector de entrada y la línea eléctrica al igual que el agua del abastecimiento.

San Felices de los Gallegos: se cruza un arroyo al llegar a la EDAR con la acometida de agua potable y el colector.

Los viales ampliados contarán con las obras de drenaje necesarias para no comprometer la red de drenaje y permitir el flujo normal de las aguas en fase de construcción. Se evitarán los periodos más lluviosos, con el fin de minimizar el aporte de partículas al medio fluvial. Si fuera necesario, se instalarán balsas de decantación por las que circule el agua de escorrentía y las utilizadas en el proceso constructivo. No se permitirá que las hormigoneras descarguen el sobrante de hormigón en la zona fluvial, ni limpien el contenido de las cubas utilizando el recurso hídrico fluvial. Se evitará cualquier vertido a los cauces de agua. La manipulación de combustibles, carburantes, aceites y productos químicos, se realizará en zonas habilitadas para ello.

En los núcleos en los que se ejecuta un nuevo punto de vertido, en la salida del emisario se ha incluido una obra de salida prefabricada con aletas de hormigón, lo que permitirá que no produzca erosión de la ribera de los cauces a la salida del emisario. Asimismo, en los núcleos en los que se afecta los cursos de agua por cruce o trabajos junto al cauce (Picones, Hinojosa de Duero, Masueco, Olmedo de Camaces, Saldeana, San Felices de los Gallegos), además de contar con la autorización de la Confederación para realizar los trabajos se tomarán las medidas necesarias para a reducir la afección a la vegetación natural de ribera y evitar el aporte de sólidos a las aguas.

El control de vertidos potencialmente contaminantes a los cauces se llevará a cabo a través del establecimiento de sistemas específicos de tratamiento de las aguas antes de alcanzar la red natural de drenaje. Consistirán en la disposición de barreras de retención de sólidos en las proximidades de los cauces, barreras de balas de paja, que retendrán y conducirán el agua hacia los puntos bajos donde se instalarán balsas de decantación.

Fauna: En el documento ambiental (punto 11.8) se recopilan las especies que se han incluido en el estudio de afección sobre la fauna y entre las que se encuentran las propuestas por el Servicio Territorial de Salamanca. Se incluye un análisis de la fauna para cada término municipal y las posibles afecciones sobre determinadas especies detectadas en el trabajo de campo.

Los efectos sobre la fauna terrestre se producen mayoritariamente durante la fase de construcción, debido al aumento de ruido, a la presencia humana y a la destrucción del hábitat (alteración y desaparición de la cubierta vegetal a la cual está asociada la fauna). Por estos motivos, la fauna local sufrirá desplazamientos temporales, en particular las especies asociadas a la unidad ambiental del bosque de ribera, micromamíferos, reptiles y anfibios, especialmente estos últimos, debido a su limitada capacidad para responder a amenazas temporales o a cambios adversos en sus hábitats. El efecto del ruido y el tránsito de vehículos y maquinaria pesada en zonas habitualmente tranquilas también pueden provocar un efecto negativo en especial sobre el grupo de aves, en especial durante los periodos de cría y reproducción, produciéndose un abandono temporal de los nidos. No obstante, se considera que estos efectos sean recuperables en un periodo corto de tiempo.

La fauna asociada a los cauces fluviales, es especialmente sensible. Las partículas finas en suspensión, cuyo origen se encuentra en los movimientos de tierra en las proximidades del cauce se adhieren a las partes más sensibles de los peces, los ojos y las branquias, dificultando su respiración. Además, la colmatación por el aporte de finos, afecta a los frezaderos, matando por anoxia a huevos y a larvas. Se valora el impacto como moderado y reversible una vez que finalicen las obras.

Durante la fase de explotación, dada la relativa capacidad de adaptación de la fauna a la existencia de un incremento en los niveles sonoros, es previsible que la fauna desplazada durante la fase de obras, tanto la terrestre como la avifauna, retome el área que le es propia. Esta recuperación se hace más factible debido a que se contemplarán las medidas correctoras tendentes a la integración de las EDAR con el medio.

Hay que destacar el impacto positivo que se va a producir en la fauna acuática debido a la mejora de la calidad de las aguas, fruto de la depuración de las aguas residuales.

Como medidas de protección a la fauna se propone lo siguiente:

Se evitarán en la medida de lo posible los ruidos intensos y vibraciones en época de cría y reproducción del milano real (entre el 1 de febrero y el 31 de julio).

Se llevarán a cabo las medidas relacionadas con la recuperación de la cubierta vegetal, con el fin de recolonizar la zona por las mismas especies que había antes, lo antes posible.

Se instalarán dispositivos que impidan el acceso de la fauna a las instalaciones de depuración.

Vegetación: Las obras se desarrollan en su mayoría sobre praderas agrícolas, vegetación ruderal, matorral, zonas de arbolado poco denso y caminos. No se han detectado especies vegetales con alguna categoría de protección.

Como medidas de protección frente a los posibles impactos sobre la vegetación se propone lo siguiente:

El tránsito de la maquinaria se realizará exclusivamente por las áreas marcadas para tal efecto.

Sólo se eliminará la vegetación que sea estrictamente necesaria mediante técnicas de desbroce adecuadas que favorezcan la revegetación de especies vegetales autóctonas en las diferentes zonas afectadas por las obras, intentando mantener siempre la población de vegetación nativa existente. Los desbroces, cortas y clareos de superficies con vegetación, no podrá llevarse a cabo mediante incendios controlados, independientemente de su ubicación y calidad ecológica de la vegetación existente.

Aquellos ejemplares que necesariamente serán eliminados, deberán ser marcados antes del inicio de las obras, no pudiéndose afectar durante la ejecución de las mismas a otros ejemplares. Siempre que sea posible, estos árboles se trasplantarán en el momento idóneo para realizar esta labor (a savia parada).

Se evitará la afección a las comunidades vegetales existentes fuera del perímetro de la obra. La vegetación de ribera se afectará lo mínimo durante la posible ejecución de las obras. Todos los ejemplares arbóreos que no sean afectado por la obras pero que se encuentren junto a ellas serán protegidos por medio de la instalación de protección del tronco del árbol en obra.

Finalizadas las obras, se realizará una revegetación, restauración y acondicionamiento paisajístico, con el fin de recuperar, lo máximo posible, la naturalidad del entorno. Se plantarán especies autóctonas seleccionando las más adecuadas, indicando las épocas idóneas para la siembra o la plantación y las labores necesarias para la preparación de los terrenos. Los trabajos necesarios para recuperar la cubierta vegetal se realizarán con la mayor brevedad posible a fin de facilitar la revegetación espontánea y evitar los procesos erosivos.

Red Natura 2000:

ZEPA ES0000118 Arribes del Duero: 64.002 ha de los municipios incluidos en el proyecto coinciden territorialmente con el espacio, suponiendo un 60 % del mismo. La superficie de la ZEPA definitivamente afectada por el proyecto asciende a 5,9315 ha que supone un 0,01 % de su superficie.

ZEC ES4150096 Arribes del Duero: 66.372 ha de los municipios incluidos en el proyecto coinciden territorialmente con el espacio, suponiendo un 62 % del LIC. La superficie del ZEC definitivamente afectada por el proyecto asciende a 6,0067 ha, que supone un 0,01 % de su superficie.

Por lo tanto, la superficie afectada por el proyecto sobre la Red Natura 2000 es mínima, teniendo en cuenta que la posible afección se realizaría sobre campos agrícolas, afectando mínimamente la vegetación natural.

Respecto de los hábitats de interés comunitario, el proyecto afecta a los siguientes hábitats no prioritarios coincidentes con la Red Natura 2000:

4090. Brezales oromediterráneos con aliaga. La superficie de hábitat afectada coincidente con el LIC es de 1.296 m2, en la población de Saldeana. Supone un 0,00061 % de la superficie del hábitat dentro de la ZEC.

91B0. Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia. La superficie de hábitat afectada coincidente con el LIC es de 1.000 m2, en la población de Hinojosa de Duero. Supone un 0,0094 % de la superficie del hábitat dentro de la ZEC.

El proyecto también afecta al hábitat 4090. Brezales oromediterráneos con aliaga en localizaciones no coincidentes con espacios de la Red Natura 2000, en las actuaciones de Cerralbo y Picones, en superficies de 386 m2 y 2.000 m2 respectivamente.

En cuanto a taxones de flora no se ha detectado ninguna especie con alto grado de protección. En relación con las especies de fauna, destacar que se espera una afección prácticamente nula en el caso del alimoche debido a que no se afecta al biotopo de acantilados y por tanto no se verá afectado en el momento más vulnerable en su época de cría.

Para el caso del milano real, sí que se afecta al hábitat típico que emplea durante la cría, tratándose de un paisaje mixto de áreas abiertas amplias donde buscar alimento y árboles adecuados para la nidificación. Por este motivo se incluye una época de parada de las actividades más molestas de la obra durante su época de reproducción y cría, de marzo a junio incluidos.

En lo que respecta a la ZEC ES4150064 Riberas de los ríos Huebra, Yeltes, Uces y afluentes y ZEPA ES0000247 Riberas de los ríos Huebra y Yeltes, los núcleos incluidos en el proyecto que se encuentran más próximos a estos espacios son Bogajo, Cerralbo y Picones y las actuaciones que en ellos se ejecutarán están a más de 1.300, 2.000 y 1.650 metros respectivamente de ellos. En consecuencia, no se prevé ninguna afección directa derivada del proyecto sobre los espacios protegidos al no desarrollarse las obras sobre los mismos. Si se espera que durante la fase de explotación se genere un efecto indirecto positivo, debido al funcionamiento de la EDAR, que permitirá una mejora de la calidad del agua de la red hidrográfica asociada y con ello de los ecosistemas fluviales presentes en estos espacios.

Para el caso de las obras que se desarrollan dentro de la Red Natura 2000, las medidas específicas que se llevarán a cabo, además de las señaladas en el apartado de vegetación, son las siguientes:

Parada de las actividades más molestas de la obra durante la época de reproducción y cría del milano real.

Inventario de fauna, nidadas y madrigueras antes del inicio de las obras en las zonas afectadas por el proyecto.

Inventario y señalización de hábitats de interés comunitario en los núcleos en los que se han detectado.

Jalonamiento de hábitats interés comunitario para minimizar su afección.

Plantación de especies refuerzo de hábitats afectados.

Se destaca el impacto que tendrá el funcionamiento de la EDAR en la calidad del agua de la red hidrográfica y por tanto en la Red Natura 2000, siendo claramente positivo. La mejora en la depuración supondrá una disminución de la carga contaminante de los vertidos que se están produciendo en la actualidad y por ello una mejora para la ictiofauna, la fauna terrestre asociada al medio hídrico y la vegetación de ribera.

El órgano responsable de la gestión de la Red Natura 2000 indica, en relación con las afecciones más importantes sobre los valores naturales que el proyecto pudiera producir, en concreto sobre hábitats y especies aunque no existe afección negativa a la vegetación y a la fauna más emblemática de la Red Natura 2000. Y posteriormente se supone que la depuración va a modificar sustancialmente los hábitats y especies de forma positiva, pero será necesario realizar un seguimiento.

Analizada la documentación ambiental aportada por el promotor y el contenido de los informes referidos a las afecciones a la Red Natura que obran en el expediente, no se deduce que pueda producirse, previsiblemente, un perjuicio a la integridad de los espacios red natura en los términos previstos en el artículo 45 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Paisaje: El impacto de las obras en el paisaje viene determinado por el incremento de elementos antrópicos en el mismo y la modificación de elementos naturales del entorno (suelo y vegetación). La intrusión visual puede calificarse como alta, dada la diversidad y la amplitud de la cuenca visual que en este caso no es limitada, ya que pesar de encontrarse junto a los cursos de agua, no todas las EDAR se integran con la vegetación al implantarse sobre un terreno agrícola y sobre todo desarbolado. La intrusión visual se compensará en gran medida con la introducción de las medidas correctoras y la implementación de la restauración y acondicionamiento de las estaciones depuradoras. Hay que tener en cuenta que las tipologías elegidas extensivas, son humedales que se integran bastante bien con la vegetación existente. Las tipologías de oxidación prolongada son, por un lado compactas y sus elementos están enterrados y por tanto inapreciables, y por otro, las de mayor tamaño son ejecutadas in situ, sus elementos están semienterrados y se integra bastante bien en el medio. Las tipologías de lechos bacterianos, poseen menor integración ya que este elemento se eleva más de 6 metros sobre el terreno. Para este caso, será necesario aplicar medidas de integración paisajística. Se valora el impacto como moderado y reversible con la aplicación de las medidas correspondientes.

En el proyecto constructivo se adecuarán las infraestructuras a la tipología tradicional de la zona, al igual que el cerramiento de las instalaciones, considerando que los paramentos vayan enfoscados en colores terrosos y las infraestructuras metálicas en color negro o en marrón mate. Los cerramientos de piedra tradicionales así como cualquier otro elemento del patrimonio rural (abrevaderos, fuentes de piedra,…) que resulten afectados serán repuestos, restaurados y consolidados con la misma tipología constructiva previa a la afección.

Se realizarán labores de revegetación para integrar paisajísticamente las instalaciones dentro del entorno y minimizar el impacto visual, conforme a lo expuesto anteriormente en el apartado de vegetación.

Patrimonio cultural: Se ha realizado un estudio informativo del patrimonio arqueológico y bienes de interés cultural (BIC).

En dicho estudio se concluye que no existe afección directa a ningún bien, no obstante y dada la cercanía de las obras a algunos enclaves, se incluye una serie de medidas de protección. Tampoco se verá afectada ninguna vía pecuaria.

En cuanto a los bienes registrados, se ha observado que la mayor parte de las 35 actuaciones propuestas no afectarán a ninguno de estos. Por el contrario existen 6 actuaciones localizadas en una banda de 5-40 metros de las mismas, para las que se han propuesto una serie de medidas de protección para cada una de ellos.

Tal y como ha establecido la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, se realizará una prospección arqueológica intensiva del área afectada que garantice la correcta protección del Patrimonio Arqueológico de la Comunidad de Castilla y León. A la vista de los resultados de dicha prospección, se establecerán las medidas correctoras oportunas para la protección de los bienes culturales que pudieran verse afectados por el proyecto. Todo ello se llevará a cabo previamente a la autorización del proyecto.

Gestión de residuos: Se controlará de modo especial la gestión de aceites y residuos procedentes del mantenimiento de la maquinaria, evitando su manejo incontrolado y la posible contaminación directa o inducida de las aguas. En caso de producirse accidentalmente el vertido de algún residuo peligroso se procederá inmediatamente a su retirada y entrega a gestor autorizado. Las obras de colectores, emisarios y de la propia depuradora, el acondicionamiento de las pistas, la instalación de la línea eléctrica, etc., así como cualquier otra actividad auxiliar (zanjas, acopios de material, correcciones de taludes, etc.) deberán planificarse y realizarse de modo que no se aporten tierras, escombros o sustancias contaminantes que puedan alterar el caudal y la calidad de las aguas de los cauces, zonas húmedas y riberas aledañas.

Durante la ejecución de las obras, está previsto que se generen residuos. Para ello se ha incluido en el proyecto un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición.

Con carácter general, además de las medidas expuestas a lo largo de este apartado se aplicarán una serie de medidas durante la fase de obras y de pruebas en funcionamiento:

Respecto de la ubicación de las instalaciones auxiliares, antes del inicio de las obras se ha de definir una zonificación de la zona afectada. No se instalarán zonas de acopio o de maquinaria en las proximidades a los cursos de agua superficial.

Se delimitará las zonas con vegetación natural para minimizar su afección y se señalarán los hábitats de interés comunitario. Para ello, antes de las obras, se efectuará un estudio de flora, fauna y hábitats en los núcleos de población en los que se han detectado dichos hábitats.

Valoración socioeconómica: ACUAES tiene el encargo del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para construir y explotar esta instalación. Para ello, es necesario suscribir un convenio con los ayuntamientos beneficiados, que son las administraciones competentes en materia de saneamiento, que fije las obligaciones de cada parte y articule las condiciones en las que financie la construcción y la explotación de las obras. En la encomienda del Ministerio, está previsto que sea ACUAES quien explote las obras, girando cada año una tarifa que incluya los gastos de esta explotación añadidos a la recuperación de la parte adelantada por la construcción.

Este convenio preverá una serie de garantías que han de aportar los ayuntamientos para responder de las obligaciones anuales del pago de la tarifa, por lo que en todo caso ACUAES no podrá licitar la construcción de las obras sin la firma previa de este convenio, de manera que sólo se construirían las obras si existe garantía de que se van a explotar, y por tanto funcionen para el fin que se han proyectado.

Este Órgano Ambiental considera que los aspectos relacionados con la viabilidad económica del proyecto, tanto en lo que respecta a su construcción como a su funcionamiento y mantenimiento, no se encuentran comprendidos en el ámbito de análisis de la evaluación de impacto ambiental. No obstante, se ha incluido este apartado en el presente documento para trasladar al órgano sustantivo la opinión sobre esta cuestión puesta de manifiesto en el informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Salamanca de la Junta de Castilla y León.

Plan de Vigilancia ambiental: en el documento ambiental se ha incluido un Plan de Vigilancia que incluye el inicio, ejecución y explotación de las obras.

1. Plan de seguimiento y control antes del inicio de las obras: la vigilancia ambiental antes del inicio de las obras y del movimiento de maquinaria pesada, deberá comprobar si se ha tenido en cuenta medidas relativas a la delimitación del perímetro de la obra y zonas ambientalmente protegidas, ubicación de las instalaciones auxiliares, etc.

2. Plan de seguimiento y control durante la ejecución de las obras: durante esta fase se llevará a cabo un seguimiento sobre:

Control de emisiones gaseosas, olores y partículas.

Control de operaciones ruidosas.

Control de áreas de movimiento de maquinaria.

Control de la captación de aguas para su empleo en obra.

Seguimiento de las actuaciones para la protección de la calidad de las aguas durante la ejecución de los trabajos.

Seguimiento de la restauración de los terrenos ejecutados por las obras.

Plan de seguimiento ambiental durante la fase de funcionamiento: durante esta fase se llevará a cabo un seguimiento sobre:

Seguimiento de la calidad de las aguas superficiales. Protección del efluente.

Seguimiento de las emisiones de ruidos.

Seguimiento de las emisiones de olores.

Seguimiento de gestión de residuos generados.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada de acuerdo con lo previsto en la Sección 2.ª del Capítulo II, del Título II, y el análisis realizado con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, no es previsible que el proyecto Actuaciones varias del Plan Nacional de Calidad de las Aguas en Castilla y León, varios términos municipales, Salamanca, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (www.mapama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el artículo 47.6 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de autorización del proyecto.

Madrid, 10 de abril de 2017.–La Secretaria de Estado de Medio Ambiente, María García Rodríguez.

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