Resolución de 11 de julio de 2017, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica la Adenda del Convenio de colaboración con la Fundación Banco Santander, para la exposición Carlos III. Majestad y ornato en los escenarios del Rey Ilustrado.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-8926|Boletín Oficial: 178|Fecha Disposición: 2017-07-11|Fecha Publicación: 2017-07-27|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales

Habiendo sido suscrita el día 31 de marzo de 2017, publica la Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y la Fundación Banco Santander para la exposición Carlos III. Majestad y ornato en los escenarios del Rey Ilustrado y, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre Convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 11 de julio de 2017.–La Consejera Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Alicia Pastor Mor.

ANEXO

Adenda al Convenio de colaboración entre el Consejo de Administración de Patrimonio Nacional y la Fundación Banco Santander para la exposición Carlos III. Majestad y ornato en los escenarios del Rey Ilustrado

En el Palacio Real de Madrid, a 5 de marzo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, Organismo Público regulado por la Ley 23/1982, de 16 de junio, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, con domicilio en el Palacio Real de Madrid, calle de Bailén, s/n (en lo sucesivo, Patrimonio Nacional), representado en este acto por don Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna, en su condición de Presidente del Patrimonio Nacional, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 956/2015, de 23 de octubre, en el ejercicio de la función de representar al Consejo de Administración en los documentos públicos y privados que otorgue y de las atribuciones señaladas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Fundación Banco Santander, con domicilio a estos efectos en Madrid, calle Serrano, número 92, clasificada e inscrita como Fundación Privada en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura con el número 208, representada por el Director Gerente, don Borja Baselga Canthal, con DNI 07.212.507Y.

Los señores comparecientes, con la representación en que actúan se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir la presente Adenda al convenio de colaboración citado en el encabezamiento, y

MANIFIESTAN

I. Que Patrimonio Nacional tiene como fines la gestión y administración de los bienes de titularidad del Estado afectados al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Real Familia, para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las leyes les atribuyen, el gobierno y administración sobre los Reales Patronatos y, por mandato expreso del artículo 3.º de su Ley reguladora, la adopción de las medidas conducentes al uso de los bienes que administra para fines culturales, científicos y docentes.

II. Que la Fundación Banco Santander es una entidad de Derecho Privado sin ánimo de lucro, que tiene como fines el fomento y desarrollo de todo tipo de actividades científicas, artísticas, culturales y, en general, intelectuales, así como las de investigación y el estudio en cualquiera de tales campos. En este sentido, la Fundación Banco Santander postula como principios básicos la promoción, formación y extensión de la cultura a través de toda clase de actividades y manifestaciones, así como la difusión y fomento de las artes, las ciencias y las letras.

III. Que ambas Entidades, con fecha el 24 de mayo de 2016, suscribieron de mutuo acuerdo y de conformidad con los fines que institucionalmente tienen encomendados, un convenio de colaboración para la celebración de la exposición titulada: Carlos III. Majestad y ornato en los escenarios del Rey Ilustrado, cuya inauguración tuvo lugar el día 5 de diciembre de 2016, y que estará abierta al público hasta el 7 de mayo de 2017 en el Palacio Real de Madrid.

IV. Que ante la favorable acogida de la muestra se ha programado una segunda versión de la exposición en las mismas Salas de Exposiciones del Palacio Real, que se realizará con fondos exclusivamente procedentes de las Colecciones Reales, a las que de manera excepcional acompañarán el Busto de Carlos III realizado por Pascual de Mena, propiedad del Banco Santander, y el Retrato de Carlos III de Mengs, depositado en Patrimonio Nacional por el Museo de Bellas Artes de Dinamarca. Esta segunda versión de la muestra ofrecerá al público la posibilidad de contemplar importantes obras que no pudieron incluirse en la exposición por falta de espacio, y que habitualmente no son accesibles por estar ubicadas en espacios normalmente cerrados a la visita pública.

V. Que la organización de esta segunda versión, supondrá costes adicionales, siendo preciso arbitrar los procedimientos necesarios para dar respuesta a las necesidades resultantes de dicha exhibición, para lo cual se considera conveniente ampliar los contenidos del actual convenio de colaboración suscrito entre ambas partes, en la forma que se establece en la presente Adenda.

Y, en virtud de lo expuesto, ambas partes acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de la presente Adenda es modificar el convenio de colaboración firmado entre las partes el 4 de abril de 2016, a efectos de ampliar las condiciones del Patrocinio de la Fundación Banco Santander, para la exposición «Carlos III. Majestad y ornato en los escenarios del Rey Ilustrado», en la segunda versión de la muestra, que se presentará en las Salas de Exposiciones del palacio Real de Madrid, de mayo de 2017 a enero de 2018.

Segunda. Actuaciones a realizar.

En el marco de lo previsto en el convenio previamente suscrito, Fundación Banco Santander incrementará, hasta un máximo de 60.000 euros (sesenta mil euros), la cantidad inicialmente prevista en la cláusula segunda del convenio suscrito, como patrocinadora de la exposición.

De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del convenio inicialmente suscrito, el cumplimiento de dichas actuaciones será realizado mediante la contratación de dichos servicios con empresas especializadas, en las condiciones previstas en dicha cláusula.

Conformes ambas partes con el contenido y condiciones del presente documento, lo firman por duplicado, con reserva de un ejemplar en poder de cada una de ellas, en el lugar y fecha al comienzo indicados.

Tercera. Vigencia de la Adenda.

En todo aquello que no esté regulado por la presente Adenda, será de aplicación lo acordado en el convenio de colaboración firmado entre las partes el 4 de abril de 2016, cuyas cláusulas permanecerán vigentes en toda su extensión, en la parte del mismo que afecte a la presente Adenda.

Conformes ambas partes con el contenido y condiciones del presente documento, lo firman por duplicado, con reserva de un ejemplar en poder de cada una de ellas, en el lugar y fecha al comienzo indicados.–Por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna.–Por la Fundación Banco Santander, Borja Baselga Canthal.