Resolución de 12 de julio de 2017, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-9005|Boletín Oficial: 179|Fecha Disposición: 2017-07-12|Fecha Publicación: 2017-07-28|Órgano Emisor: Comunidad Autónoma de Andalucía

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13, apartado 4, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, y una vez publicada la Resolución de 29 de junio de 2017, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se convoca y regula el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resuelven anunciar los siguientes aspectos de la misma:

Primero.

La Resolución de 29 de Junio de 2017, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se convoca y regula el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 131, de fecha 11 de julio de 2017.

Segundo.

Las bases de la convocatoria del referido procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, así como la solicitud de participación, están disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de Internet: http://juntadeandalucia.es/eboja/2017/131/index.html.

Tercero.

Se realiza convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales que se indican, con la siguiente distribución de plazas:

Familia profesional

Cualificación profesional

N.º unidades de competencia

Total plazas

Servicios sociales y a la comunidad.

Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.

(Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero).

3

3.500

Servicios sociales y a la comunidad.

Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

(Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre).

4

1.000

Total plazas

4.500

El procedimiento objeto de esta convocatoria es un programa financiado por la Junta de Andalucía y cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Cuarto.

Podrán participar en este procedimiento las personas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado resolutorio sexto de la citada Resolución de 29 de junio de 2017, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de la Junta de Andalucía.

Quinto.

El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 12 de julio y 1 de agosto de 2017, ambos inclusive.

Sexto.

La solicitud de participación en el procedimiento se realizará preferentemente a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, cumplimentando el formulario anexo I de la referida resolución a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. Si se dispone de certificado digital para firma electrónica podrá tramitarse de forma telemática en dicha oficina virtual, en aplicación de lo recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 12 de julio de 2017.–La Directora General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, Purificación Pérez Hidalgo.–El Director General de Formación Profesional para el Empleo, Manuel Jesús García Martín.