Resolución de 13 de junio de 2017, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, por la que se publica la Adenda al Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares de alumnos del grado en ingeniería química, del máster universitario en ingeniería ambiental y del máster universitario en ingeniería química y bioprocesos.

Nº de Disposición: BOE-A-2017-7453|Boletín Oficial: 153|Fecha Disposición: 2017-06-13|Fecha Publicación: 2017-06-28|Órgano Emisor: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda al Convenio de cooperación educativa entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares de alumnos del grado en ingeniería química, del máster universitario en ingeniería ambiental y del máster universitario en ingeniería química y bioprocesos, con el objeto de incluir al alumnado de todas las titulaciones oficiales impartidas en la Universidad de Santiago de Compostela, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 13 de junio de 2017.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Francisco Marín Muñoz.

ANEXO

Addenda al Convenio de Cooperación Educativa entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y la Universidade de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares de alumnos del grado en ingeniería química, del máster universitario en ingeniería ambiental y del máster universitario en ingeniería química y bioprocesos con el objeto de incluír al alumnado de todas las titulaciones oficiales impartidas en la Universidade de Santiago de Compostela

En Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2017.

De una parte, don Juan Viaño Rey, Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela que actúa en nombre y representación de ella en virtud del Decreto 62/2014, de 28 de mayo (DOG 4/06/2014), de su nombramiento, y por las facultades conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y el Decreto 14/2014, de 30 de enero, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.

Y de otra, don Francisco Marín Muñoz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, nombrado por Resolución del Secretario de Estado de Medio Ambiente, de 20 de julio de 2012, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada a la misma por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Su interés en actualizar el Convenio de colaboración educativa firmado entre la Universidade de Santiago de Compostela y la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil con fecha 1 de junio de 2016. En consecuencia, se acuerda incluir la siguiente cláusula, aplicable a las prácticas realizadas por el alumnado de todas las titulaciones oficiales impartidas en la Universidade de Santiago de Compostela cuyo contenido se adecúe a las competencias y funciones ejercidas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

Cláusula única.

La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil ofertará las plazas que considere oportunas para las titulacións oficiales impartidas en la Universidade de Santiago de Compostela cuyo contenido se adecúe a las competencias y funciones ejercidas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil. El proyecto formativo en que se concretará la realización de las prácticas académicas externas deberá fijar los objetivos educativos y las actividades que se vayan a desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas, genéricas, específicas y transversales que debe adquirir el estudiante. Así mismo, los contenidos de las prácticas se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados. Este proyecto formativo se especificará, para cada titulación oficial impartida en la Universidade de Santiago de Compostela cuyo contenido se adecúe a las competencias y funciones ejercidas por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, en el apartado 11 del Anexo al Convenio para la realización de prácticas académicas externas.

En prueba de conformidad, ambas partes firman esta addenda por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Rector Magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela, P. D. (Resolución de 22 de septiembre de 2015), el Vicerrector de Oferta Docente e Innovación Educativa, Roberto Javier López López.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Francisco Marín Muñoz.