Resolución de 18 de julio de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se corrigen errores en la de 12 de mayo de 2017, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Construcción del intercambiador de Urbinaga, término municipal de Sestao (Bizkaia).

Nº de Disposición: BOE-A-2017-8925|Boletín Oficial: 178|Fecha Disposición: 2017-07-18|Fecha Publicación: 2017-07-27|Órgano Emisor: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

Advertidos errores en la Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Construcción del intercambiador de Urbinaga, término municipal de Sestao (Bizkaia), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 130, de 1 de junio de 2017, se procede a subsanarlos mediante las oportunas rectificaciones:

En la página 44987, apartado 1 párrafo cuarto, donde dice: «El promotor del proyecto es el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y el órgano sustantivo es la Subdirección General de Planificación Ferroviaria de la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento.»; debe decir: «El promotor del proyecto es el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y el órgano sustantivo es también ADIF, tras la aprobación de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, aunque la tramitación ambiental se iniciara el 25 de septiembre de 2015 con la remisión de la documentación ambiental por la Subdirección General de Planificación Ferroviaria de la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento.»

En la página 44991, apartado 3.3 párrafo noveno, donde dice: «El documento ambiental indica que las actuaciones se desarrollan dentro del dominio ferroviario sobre la plataforma ya existente, no estando previstas ocupaciones adicionales de nuevos terrenos ajenos al citado dominio.»; debe decir: «El documento ambiental indica que las actuaciones se desarrollan, prácticamente en su totalidad, dentro del dominio ferroviario sobre la plataforma ya existente, no estando previstas ocupaciones adicionales significativas de nuevos terrenos ajenos al citado dominio.»

Madrid, 18 de julio de 2017.–La Secretaria de Estado de Medio Ambiente, P.S. (Orden APM/623/2017, de 28 de junio), el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, Francisco Javier Cachón de Mesa.