Agencia española de proteccion de datos expediente sancionador

De Conceptos Jurídicos
Saltar a: navegación, buscar

El artículo 48 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, regula el procedimiento sancionador. Así, dicho precepto establece que por vía reglamentaria se establecerá el procedimiento a seguir para la determinación de las infracciones y la imposición de las sanciones. Hay que destacar que las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos u órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma agotan la vía administrativa.

Los procedimientos sancionadores tramitados por la leyes, salvo los referidos a infracciones de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tendrán una duración máxima de seis meses.

Conceptos relacionados con Agencia española de proteccion de datos expediente sancionador

    No existen conceptos relacionados

Artículos sobre Agencia española de proteccion de datos expediente sancionador

Ver todos
No existen artículos relacionados.