Base reguladora jubilacion


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La base reguladora de la pensión de jubilación aparece regulada en el artículo 162 de la Ley General de la Seguridad Social. Dicho precepto establece que la base reguladora de la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, será el cociente que resulte de dividir por 350, las bases de cotización del beneficiario durante los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.

Hay que destacar los dos puntos siguientes tal y como señala la mencionada norma:

  • Las bases correspondientes a los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computarán en su valor nominal.
  • Las restantes bases de cotización se actualizarán de acuerdo con la evolución que haya experimentado el índice de precios al consumo desde el mes a que aquéllas correspondan, hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el periodo a que se refiere la regla anterior.

 

 

 

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Última modificación: 02 de julio de 2014