Copia privada

El concepto de copia privada está regulado en la Ley de Propiedad Intelectual o LPI Artículo 31 de la LPI. Reproducción sin autorización. Las obras ya divulgadas podrán reproducirse sin autorización del autor en los siguientes casos: 1.º Como consecuencia o para constancia en un procedimiento judicial o administrativo. 2.º Para uso privado del copista, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25 y 99.a) de esta Ley, y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa.
Artículo 25 de la LIP: Artículo 25. Derecho de remuneración por copia privada. 1. La reproducción realizada exclusivamente para uso privado, conforme a lo autorizado en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley, mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única por cada una de las tres modalidades de reproducción mencionadas, en favor de las personas que se expresan en el párrafo b) del apartado 4 del presente artículo, dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaren de percibir por razón de la expresada reproducción. Este derecho será irrenunciable para los autores y los artistas, intérpretes o ejecutantes.

Enlaces patrocinados

Ads by Google

docs1 Acciones relacionadas con la propiedad intelectual (Libro electrónico)

... La misma Ley ya prevé medios de remuneración de determinadas formas de explotación: –
Derecho de remuneración por copia privada (art. 25 TRLPI). ...

docs1 La Ley de propiedad intelectual (Libro electrónico)

... en la página web del congreso, puede ver todas las enmiendas presentadas al Proyecto
de Ley, todas muy bien intencionadas, sobre la copia privada (artículo 25 ...

<p>Yo pensaba que la SGAE había perdido la orientación. Me explico. En las últimas modificaciones de la Ley de Propiedad Intelectual entendí que habían perdido la guerra del canon ya que no "cobrarían" de los lápices de memoria...

Cambios en la Propiedad Intelectual e Industrial.

Categorías: Prop. Industrial e Intelectual | Enviado por: @ 18:58
María Encarnación Mayán Santos. Licenciada en Derecho y opositora a Judicatura.
hacer un comentario:

Foto usuario

enviar

Activar Seguimiento Activar seguimiento
¿Quieres que te avisemos de algún cambio en este concepto?
Mis conceptos favoritos Mis conceptos favoritos
Ver listado de mis conceptos favoritos.
enviar a un amigo Enviar a un amigo
Enviar este concepto a un amigo
Discusión Discusión
Debate sobre el significado del concepto
Registro del Histórico Histórico del concepto
Registro de edición del concepto

Enlaces patrocinados