Derecho civil

Derecho civil. El derecho civil hace referencia a los intereses particulares o privados, régimen de familia, relaciones patrimoniales, personalidad y la sucesión hereditaria, es decir las relaciones más comunes de la convivencia humana; También tienen esta calificación las disposiciones y materias que emanan de los poderes laicos, a diferencia de las que proceden de la Iglesia, de las organizaciones militares. Por contraposición al Derecho público se refiere al Derecho privado.
Francisco Bueno Miralles, Licenciado en Derecho y Funcionario de la Administración de Justicia.
Antonio Fernández Laborda. Doctorando en Derecho. <br />
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una tumba familiar donde estan enterrados los padres y que actualmente solamente viven 3 de los 7 hijos,si 2 de ellos ceden sus derechos sobre la misma pueden ser enterrados el otro hijo y su esposa ? o tambien tienen derecho los herederos de los hijos fallecidos,por lo que seria imposible ponerlos de acuerdo y no podrian ser enterradas estos 2 personas?.
comentado en: 20/12/10 - 19:49
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megustari en contrar uns personas que teng un testamento ologra y por lafecha del dia quque lo otorgo la sra. muert se olvido poner la fecha pero el año ni el mes puede sre valido
comentado en: 09/05/10 - 18:51
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