Empresarios individuales

En Código de Comercio establece que son comerciantes los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente. Con lo cual deberíamos de determinar que la referencia a empresarios individuales también incluye a los autónomos.
Autor: Eric Gracia. Abogado Derecho.com Una de las principales novedades introducidas por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protecció...

Los sujetos de derecho mercantil en la Legislación Cubana (I)

Categorías: General | Enviado por: @ 21:39
Autor: Raiza Fraga Martínez. Directora Jurídica de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial.<br />

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