Empresarios individuales
En Código de Comercio establece que son comerciantes los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente. Con lo cual deberíamos de determinar que la referencia a empresarios individuales también incluye a los autónomos.
Interpretación de los supuestos de exclusión contenidos en los arts. 2.2 y 2.3 del nuevo reglamento de desarrollo de la LOPD
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