Herencia testamento


De Conceptos Jurídicos
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Es la herencia que se deriva de la sucesión testamentaria. En esta última el causante ha dejado testamento y se estará a lo que en él se diga. Se diferencia de la sucesión abintestato, donde no existe testamento y se atiende a lo que dice la Ley. La sucesión testamentaria queda regulada en los artículos 662 y siguientes del Código Civil. 

Si desea hacer su testamento online puede hacerlo aquí:

TESTAMENTO ONLINE. 

Si necesita una copia de certificado de defunción puede solicitarla aquí:

CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN. 

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Última modificación: 02 de julio de 2014