Renovación de marca

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La renovación de una marca está regulada en el artículo 32 de la Ley 17/2001, de 7 de diicembre, de Marcas. Dicho precepto establece que la solicitud de renovación se presentará acompañada del justificante de pago de la tasa de renovación. Hay que destacar que si tal solicitud comprende sólo una parte de los productos para los que la marca ha sido registrada, el registro de la marca será renovado, únicamente, en relación con los citados productos. 

Si necesita pedir la solicitud de renovación de su marca puede hacerlo aquí:

RENOVACIÓN DE MARCA. 

La renovación puede ser de:

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