Requisitos del Pacto de no concurrencia


De Conceptos Jurídicos
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Los requisitos del pacto de no concurrencia están regulados en el art. 21.2 del Estatuto de los Trabajadores.

 Será válido el Pacto de no concurrencia siempre que se cumplan con estos dos requisitos:

  1. Que el empresario tenga un efectivo interés industrial o comercial en ello.
  2. Que se satisfaga al trabajador una compensación económica adecuada.

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Última modificación: 22 de abril de 2015