Responsabilidad de los titulares de los centros docentes


De Conceptos Jurídicos
Saltar a: navegación, buscar

El artículo 1.903.5 del Código Civil establece la [responsabilidad de los titulares de los centros docentes] por los [daños] causados por sus alumnos menores de edad durante el tiempo en que se hallen bajo la vigilancia del profesorado y desarrollando la actividades escolares, extraescolares y complementarias. 

El mismo artículo, obliga a responder a los titulares por los daños causados por los maestros en el ejercicio de sus funciones. 

La relación con los hechos de los alumnos, la responsabilidad de los titulares se fundamenta en la tradicional [culpa in vigilando], ya que nos hallamos ante un defecto de vigilancia, posiblemente consecuencia de la falta de la debida organización de actividades escolares. Durante el periodo escolar, la [responsabilidad] se traslada al centro docente. Solo se exonerara si prueba que actuó con la [diligencia] de un buen padre de familia para prevenir el [daño].

Conceptos relacionados con Responsabilidad de los titulares de los centros docentes

    No existen conceptos relacionados

Artículos sobre Responsabilidad de los titulares de los centros docentes

Ver todos
No existen artículos relacionados.


Última modificación: 02 de julio de 2014