Tercio de mejora
De Conceptos JurÃdicos
En materia de herencia, el tercio de mejora es la porción de la legÃtima que el ascendiente atribuye a su prudente arbitrio entre sus legitimarios hijos y descendientes, incluso atribuyéndola totalmente a uno de ellos. De tal forma que la parte correspondiente a la legÃtima de 2/3, la fracción sobre la cual el ascendiente no puede disponer en absoluto se queda en un tercio de la herencia.
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014