Videovigilancia
Las cámaras de videovigilancia aunque no graben, recogen imágenes, lo que en definitiva supone un tratamiento de datos, según lo dispuesto en el artículo 3. c) de la LOPD, donde se define el tratamiento de datos como “operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permiten la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloque y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias”.
19,6 millones de euros en sanciones de protección de datos en 2007.
Categorías: Protección de datos de carácter personal | Enviado por: @ 17:00|
|
Activar seguimiento ¿Quieres que te avisemos de algún cambio en este concepto? |
|
|
Mis conceptos favoritos Ver listado de mis conceptos favoritos. |
|
|
Enviar a un amigo Enviar este concepto a un amigo |
|
|
Discusión Debate sobre el significado del concepto |
|
|
Histórico del concepto Registro de edición del concepto |
Conceptos relacionados
