Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología

De Conceptos Jurídicos
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Sus funciones son:

1. Corresponden a la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica, además de las competencias atribuidas por el Real Decreto 680/2008, de 30 de abril, por el que se determina la composición de las Comisiones Delegadas del Gobierno, las siguientes funciones:

a) Elevar al Gobierno el Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, una vez sometido a consulta de los órganos de planificación económica de la Administración del Estado y de los órganos asesores previstos en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, para su aprobación y posterior remisión a las Cortes Generales.

b) Ser informada sobre el seguimiento anual del Plan, en los términos y con el alcance que se establezca, así como aprobar las modificaciones propuestas por el Ministerio de Ciencia e Innovación o por los otros ministerios que integran la Comisión.

c) Coordinar las actividades de investigación que los distintos departamentos ministeriales y los organismos de titularidad estatal realicen en cumplimiento del Plan Nacional.

d) Coordinar con el Plan Nacional las transferencias tecnológicas que se deriven del programa de adquisiciones del Ministerio de Defensa y de cualquier otro departamento ministerial.

e) Presentar al Gobierno para su elevación a las Cortes Generales una Memoria anual relativa al cumplimiento del Plan Nacional, que comprenda, en su caso, las propuestas de rectificación que estime necesario introducir en los mismos.

f) Autorizar a los departamentos ministeriales, organismos y órganos de titularidad estatal la adscripción de personal en los términos que establece el artículo 7.2 de la Ley 13/1986, de 14 de abril.

g) Las restantes competencias que la Ley 13/1986, de 14 de abril, asignaba a la CICYT, no atribuidas al Ministerio de Ciencia e Innovación en el Real Decreto 1183/2008, de 11 de julio.

2. La Comisión podrá encargar al Ministerio de Ciencia e Innovación el ejercicio de las funciones que considere oportunas en el ámbito de las competencias de este Ministerio o constituir grupos de trabajo para el cumplimiento de las mismas.

Regulado en: https://www.derecho.com/l/boe/real-decreto-326-2009-atribuyen-funciones-comision-delegada-gobierno-politica-cientifica-tecnologica/