Providencia


De Conceptos Jurídicos
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La providencia es un tipo de resolución judicial. Está regulada en el artículo 245 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Se dictan cuando tengan por objeto la ordenación material del proceso. Según la LOPJ, la fórmula de las providencias se limitará a la determinación de lo mandado y del juez o tribunal que las disponga, sin más fundamento ni adiciones que la fecha en que se acuerden, la firma o rúbrica del juez o presidente y la firma del secretario. No obstante, podrán ser sucintamente motivadas sin sujeción a requisito alguno cuando se estime conveniente.

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Última modificación: 02 de julio de 2014