Subarrendamiento

De Conceptos Jurídicos
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arrendatario.

Cuando un inquilino realquila parte de la vivienda o la totalidad de la misma a otra persona, hablamos de Subarrendamiento. 

La Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos, prohibe realquilar la totalidad de un inmueble, y sí permite hacerlo de manera parcial, por ejemplo, una habitación, siempre y cuando se tenga el consentimiento del propietario de la vivienda. 

Consulte el siguiente libro electrónico para más información: 

*Ley de arrendamientos urbanos y Ley de la propiedad horizontal

Si le interesa adquir un modelo de contrato, descárgelo: 

*Contrato de arrendamiento de habitación con carácter temporal