Órganos de seguimiento y control de los fondos
De Conceptos JurÃdicos
Los Órganos de seguimiento y control de los fondos son los que ejercen el control de conformidad con la en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. En el ámbito nacional son:
- El Servicio Público de Empleo Estatal.
- Los órganos de las comunidades autónomas, respecto de la gestión transferida.
- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- La Intervención General de la Administración del Estado.
- El Tribunal de Cuentas.
- En la medida en que los fondos estén cofinanciados por la Unión Europea, los órganos correspondientes de ésta, así como, en el ámbito estatal, los organismos designados como autoridades de gestión y autoridades pagadoras de los fondos estructurale
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