Audiencia nacional

La Audiencia Nacional es un tribunal con sede en la Villa de Madrid que tiene jurisdicción en toda España. Es un tribunal tanto de apelación como de instancia en aquellas materias que la Ley Orgánica del Poder Judicial indica pero en ningún caso se trata de un tribunal de casación.

Su regulación se encuentra en el capítulo IV, del título IV del libro I de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Este tribunal se integra del siguiente modo:

Un orden jurisdiccional penal con dos salas, la Sala de lo Penal y la Sala de Apelación. Un orden jurisdiccional contencioso-administrativo con la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Un orden jurisdiccional social con la Sala de lo Social. Hay que destacar que no cuenta con sala de lo civil al no poseer competencia civil.

La Audiencia Nacional conoce, entre otras, de materias de especial importancia como:

En materia penal de determinados delitos contra la Corona o miembros de Gobiernos, delitos de crimen organizado como terrorismo, narcotráfico, falsificación de moneda, y de delitos cometidos fuera del territorio nacional cuando conforme a las Leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los Tribunales Españoles. En materia contencioso-administrativa de algunos recursos contencioso-administrativos contra disposiciones y actos de los Ministros y Secretarios de Estado. En materia laboral conocerá en única instancia de los procesos especiales de impugnación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una Comunidades Autónomas y de otras materias.

La Audiencia Nacional está compuesta por su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones. El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, es el Presidente nato de todas sus Salas