Ficha
Nº de Disposición:
BOCCE:
4734
Fecha Disposición:
29/04/2008
Órgano Emisor:
CIUDAD DE CEUTA
Categorias:
La Junta Rectora del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de marzo de 2008, acordó la modificación de la relación de puestos de trabajo del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, en los términos que siguen:
«1ª.- Puesto de trabajo con código RPT nº 41. Modificaciones realizadas: Grupo de Clasificación C1, nivel 18 de Complemento de Destino y Complemento Específico de 15.096 E.
2º.- Puesto de trabajo con códigos RPT números 7, 10, 20, 29 y 37. Modificación realizada: nivel 22 de Complemento de Destino.
3º.- Puesto de trabajo con códigos RPT números 4, y 19. Modificación realizada: nivel 26 de Complemento de Destino.
4º.- Puesto de trabajo con código RPT 24. Modificaciones realizadas: nivel 26 de Complemento de Destino y supresión de las funciones relativas al seguimiento, coordinación y ejecución de las actuaciones judiciales tendentes a la realización de los cobros correspondientes al patrimonio transferido y de EMVICESA.
5º.- Puesto de trabajo con códigos RPT números 32, 33, 33- 1 y 43. Modificación realizada: quebranto de moneda: 190 E./mes.
6º.- Puesto de trabajo con código RPT nº 44. Modificaciones realizadas: quebranto de moneda: 190 E./mes, nivel 18 de Complemento de Destino y Complemento Específico de 12.699 E.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativoante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de nuestra Ciudad, según lo estipulado en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contenciosoadministrativo, contra los presentes acuerdos podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que los ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, según se dispone en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, podrá interponer cualquier otro recurso o acción que considere oportunos en defensa de sus derechos.
Ceuta, 16 de abril de 2008.- V.ºB.º EL CONSEJERO DE HACIENDA.- P. D. F. (Decreto de la Presidencia, de 01- 04- 08).- Fdo.: Francisco Márquez de la Rubia.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
«1ª.- Puesto de trabajo con código RPT nº 41. Modificaciones realizadas: Grupo de Clasificación C1, nivel 18 de Complemento de Destino y Complemento Específico de 15.096 E.
2º.- Puesto de trabajo con códigos RPT números 7, 10, 20, 29 y 37. Modificación realizada: nivel 22 de Complemento de Destino.
3º.- Puesto de trabajo con códigos RPT números 4, y 19. Modificación realizada: nivel 26 de Complemento de Destino.
4º.- Puesto de trabajo con código RPT 24. Modificaciones realizadas: nivel 26 de Complemento de Destino y supresión de las funciones relativas al seguimiento, coordinación y ejecución de las actuaciones judiciales tendentes a la realización de los cobros correspondientes al patrimonio transferido y de EMVICESA.
5º.- Puesto de trabajo con códigos RPT números 32, 33, 33- 1 y 43. Modificación realizada: quebranto de moneda: 190 E./mes.
6º.- Puesto de trabajo con código RPT nº 44. Modificaciones realizadas: quebranto de moneda: 190 E./mes, nivel 18 de Complemento de Destino y Complemento Específico de 12.699 E.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativoante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de nuestra Ciudad, según lo estipulado en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contenciosoadministrativo, contra los presentes acuerdos podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que los ha adoptado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, según se dispone en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, podrá interponer cualquier otro recurso o acción que considere oportunos en defensa de sus derechos.
Ceuta, 16 de abril de 2008.- V.ºB.º EL CONSEJERO DE HACIENDA.- P. D. F. (Decreto de la Presidencia, de 01- 04- 08).- Fdo.: Francisco Márquez de la Rubia.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: María Dolores Pastilla Gómez.
