Ficha
Nº de Disposición:
BOCCE:
4775
Fecha Disposición:
19/09/2008
Órgano Emisor:
CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 21 de junio de 2007 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente
RESOLUCIÓN Atendidas las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas, publicadas en el BOCCE nº 4.629 de 27 de abril de 2007, se convoca en régimen de concurrencia competitiva la 1ª Convocatoria del 2007 para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas a «Proyectos de Desarrollo e Innovación empresarial» al objeto de fomentar las actividades tendentes a incentivar la inversión, el mantenimiento y la creación de empleo productivo en el sector industrial, comercial y de servicio en el marco del Programa Operativo Integrado para Ceuta 2007- 2013, Eje 2. «Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial» Tema prioritario 08 «Otras Inversiones en empresas», publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 4.629 de 27 de abril de 2007. Ateneo Sport Ceuta, S. L. presenta, con fecha 29 de junio de 2007, solicitud de ayuda en el marco del Programa de Ayudas a los citados proyectos.
Con fecha 25 de septiembre de 2007 se reúne el Comité de Seguimiento, el cual, a la vista del informe realizado por el Técnico Auxiliar de Programas e Iniciativas de esta Sociedad, examina los requisitos exigidos y, comprobada la coincidencia de la solicitud con la convocatoria vigente , evalúa el proyecto y cuantifica la ayuda segunlos criterios establecidos en las bases reguladoras, elevando su informe al Consejero de Economía y Empleo, para que este realice la resolución.
Con fecha 23 de noviembre de 2007, el Consejero de Economía y Empleo formula Propuesta de Resolución Provisional, notificada mediante publicación en el BOCCE nº 4.691 con fecha 30 de noviembre de 2007.
Con fecha 8 de enero de 2008, el Consejero de Economía y Empleo formula la Propuesta de Resolución Definitiva, notificada al interesado mediante publicación en el BOCCE Nº 4.704 de fecha 15 de enero de 2008.
Con fecha 29 de enero de 2008, el beneficiario presenta aceptación de la Propuesta de Resolución Definitiva.
Con fecha 25 de febrero de 2008, la Consejería de Economía y Empleo emite Resolución Definitiva de concesión de la subvención, notificada al interesado mediante publicación en el BOCCE Nº 4.717 de fecha 29 de febrero de 2008.
Con fecha 29 de julio de 2008, el interesado presenta solicitud de modificación de proyecto para la reducción de la inversión presentada en su memoria de inversión.
Con fecha 5 de septiembre de 2008, latécnico que suscribe, emite informe favorable sobre la modificación de proyecto solicitada, al no afectar a derechos de terceros, no alterar el objeto de la subvención, quedando justificada la necesidad de la modificación solicitada.
Atendida la Decisión C (2007) 5720, de 20 de noviembre de 2007 de la Comisión por la que se aprueba el Programa Operativo de Intervención sociocomunitariadel Fondo de Desarrollo Regional, en el marco del objetivo de convergencia en la Ciudad de Ceuta.
En virtud del Acuerdo del Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, por el que se presta conformidad al contenido íntegro del Programa Operativo Integrado 2007- 2013 de la Ciudad de Ceuta, y se encomienda a la Sociedad de Fomento PROCESA la gestión administrativa y financiera del Programa aprobado.
Considerando lo dispuesto en los arts. 25, 15 y 14 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, la Resolución de la PresidenciaAlcaldíade fecha 21 de junio de 2007 (BOCCE extraordinario nº 9), sobre delegación de competencias en la Consejería de Economía y Empleo, y las bases de la Convocatoria de las presentes ayudas.
De conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del vigente presupuesto de la Ciudad y de acuerdo, en cuanto al procedimiento, con lo preceptuado en La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Convocatoria para la concesión de las presentes ayudas, el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis y demás legislación aplicable.
En su virtud, esta Consejería HA RESUELTO lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar la modificación solicitada por el beneficiario «AtheneoSport Ceuta, S. L.», al objeto de modificar la inversión realizada y concesión de la subvención obtenida, con cargo a la línea 2. Ayudas Directas de las ayudas a Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial, ascendiendo la nueva concesión a SETENTA Y SEIS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (76.448,78 ).
SEGUNDO.- Comunicar la Resolución adoptada al solicitante.
TERCERO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación de la presente resolución, así como cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
En Ceuta, a 11 de septiembre de 2008.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Guillermo Martínez Arcas.- Doy fe. LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ªDolores Pastilla Gómez.
2.071.- El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 21 de junio de 2007 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente
RESOLUCIÓN Atendidas las Bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas a «Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial».
Tema prioritario 08 «Otras inversiones en empresas», publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 4629 de 27 de abril de 2007, en el marco del Programa Operativo Integrado para Ceuta 2007- 2013, Avance, S. L. presenta, con fecha 4 de junio de 2007, solicitud de ayuda en el marco del Programa de Ayudas a los citados proyectos.
Con fecha 25 de Septiembre de 2007 se reúne el Comité de Seguimiento, el cual, a la vista del informe realizado por el Técnico Auxiliar de Programas e Iniciativas de esta Sociedad, examina los requisitos exigidos y, comprobada la coincidencia de la solicitud con la convocatoria vigente, evalúa el proyecto y cuantifica la ayuda según los criterios establecidos en las bases reguladoras, elevando su informe al Consejero de Economía y Empleo, para que éste realice la Resolución.
Con fecha 23 de noviembre de 2007, el Consejero de Economía y Empleo formula Propuesta de Resolución Provisional debidamente motivada, que ha sido notificada a los interesados, para que en el plazo de 10 días presenten las alegaciones oportunas.
Con fecha 8 de enero de 2008, el Consejero de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta emite Propuesta de Resolución Definitiva, notificada a los interesados para que en el plazo de 10 naturales desde su recepción, comuniquen de forma expresa al órgano instructor, su aceptación, según modelo establecido en el anexo IV de las bases reguladoras de las ayudas.
Con fecha 29 de enero de 2008, la empresa beneficiaria presenta aceptación a la subvención propuesta.
Con fecha 25 de febrero de 2008, la Consejería de Economía y Empleo emite Resolución Definitiva de concesión de la subvención, notificada a la interesada mediante publicación en Boletín Oficial de la ciudad BOCCE núm. 4717 de fecha 29 de febrero de 2008.
Con fecha 29 de julio de 2008, la entidad beneficiaria presenta solicitud de ampliación de plazo para la justificación del proyecto presentado.
Con fecha 31 de julio de 2008, la técnico auxiliar que suscribe, emite informe favorable sobre la solicitud presentada de ampliación de plazo.
Atendida la Decisión C (2000) 4265, de 29 de diciembre de 2000 de la Comisión por la que se aprueba el Programa Operativo Integrado 2000- 2006 de la Ciudad de Ceuta.
En virtud del Acuerdo del Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, por el que se presta conformidad al contenido íntegro del Programa Operativo Integrado 2007- 2013 de la Ciudad de Ceuta, y se encomienda a la Sociedad de Fomento PROCESA la gestión administrativa y financiera del Programa aprobado.
Considerando lo dispuesto en los arts. 25, 15 y 14 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, la Resolución de la PresidenciaAlcaldíade fecha 21 de junio de 2007 (BOCCE EXTRAORDINARIO Nº 9) sobre la delegación de competencias de la Consejería de Economía y Empleo, y las bases de la convocatoria de las presentes ayudas.
De conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del vigente presupuesto de la Ciudad y de acuerdo, en cuanto al procedimiento, con lo preceptuado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, la convocatoria para la concesión de las presentes ayudas, el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis y demás legislación aplicable.
En su virtud, esta Consejería HA RESUELTO lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar a Avance, S. L. la solicitud de prórroga por tres meses más para la justificación de la concesión de ayuda mediante Resolución de fecha 25 de febrero de 2008, finalizando el nuevo vencimiento en fecha 29 de noviembre de 2008, según el artículo 23 de las Bases Reguladoras Generales, con cargo a la línea 2 de las ayudas a Proyectos de Desarrollo e Innovación.
SEGUNDO.- Dar publicidad, en legal forma, a la prórroga solicitada.
TERCERO.- No modificar el resto de condiciones establecidas en la Resolución de concesión.
CUARTO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación de la presente resolución, así como cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
En Ceuta, a 11 de septiembre de 2008.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Guillermo Martínez Arcas.- Doy fe. LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ªDolores Pastilla Gómez.
RESOLUCIÓN Atendidas las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas, publicadas en el BOCCE nº 4.629 de 27 de abril de 2007, se convoca en régimen de concurrencia competitiva la 1ª Convocatoria del 2007 para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas a «Proyectos de Desarrollo e Innovación empresarial» al objeto de fomentar las actividades tendentes a incentivar la inversión, el mantenimiento y la creación de empleo productivo en el sector industrial, comercial y de servicio en el marco del Programa Operativo Integrado para Ceuta 2007- 2013, Eje 2. «Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial» Tema prioritario 08 «Otras Inversiones en empresas», publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 4.629 de 27 de abril de 2007. Ateneo Sport Ceuta, S. L. presenta, con fecha 29 de junio de 2007, solicitud de ayuda en el marco del Programa de Ayudas a los citados proyectos.
Con fecha 25 de septiembre de 2007 se reúne el Comité de Seguimiento, el cual, a la vista del informe realizado por el Técnico Auxiliar de Programas e Iniciativas de esta Sociedad, examina los requisitos exigidos y, comprobada la coincidencia de la solicitud con la convocatoria vigente , evalúa el proyecto y cuantifica la ayuda segunlos criterios establecidos en las bases reguladoras, elevando su informe al Consejero de Economía y Empleo, para que este realice la resolución.
Con fecha 23 de noviembre de 2007, el Consejero de Economía y Empleo formula Propuesta de Resolución Provisional, notificada mediante publicación en el BOCCE nº 4.691 con fecha 30 de noviembre de 2007.
Con fecha 8 de enero de 2008, el Consejero de Economía y Empleo formula la Propuesta de Resolución Definitiva, notificada al interesado mediante publicación en el BOCCE Nº 4.704 de fecha 15 de enero de 2008.
Con fecha 29 de enero de 2008, el beneficiario presenta aceptación de la Propuesta de Resolución Definitiva.
Con fecha 25 de febrero de 2008, la Consejería de Economía y Empleo emite Resolución Definitiva de concesión de la subvención, notificada al interesado mediante publicación en el BOCCE Nº 4.717 de fecha 29 de febrero de 2008.
Con fecha 29 de julio de 2008, el interesado presenta solicitud de modificación de proyecto para la reducción de la inversión presentada en su memoria de inversión.
Con fecha 5 de septiembre de 2008, latécnico que suscribe, emite informe favorable sobre la modificación de proyecto solicitada, al no afectar a derechos de terceros, no alterar el objeto de la subvención, quedando justificada la necesidad de la modificación solicitada.
Atendida la Decisión C (2007) 5720, de 20 de noviembre de 2007 de la Comisión por la que se aprueba el Programa Operativo de Intervención sociocomunitariadel Fondo de Desarrollo Regional, en el marco del objetivo de convergencia en la Ciudad de Ceuta.
En virtud del Acuerdo del Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, por el que se presta conformidad al contenido íntegro del Programa Operativo Integrado 2007- 2013 de la Ciudad de Ceuta, y se encomienda a la Sociedad de Fomento PROCESA la gestión administrativa y financiera del Programa aprobado.
Considerando lo dispuesto en los arts. 25, 15 y 14 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, la Resolución de la PresidenciaAlcaldíade fecha 21 de junio de 2007 (BOCCE extraordinario nº 9), sobre delegación de competencias en la Consejería de Economía y Empleo, y las bases de la Convocatoria de las presentes ayudas.
De conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del vigente presupuesto de la Ciudad y de acuerdo, en cuanto al procedimiento, con lo preceptuado en La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Convocatoria para la concesión de las presentes ayudas, el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis y demás legislación aplicable.
En su virtud, esta Consejería HA RESUELTO lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar la modificación solicitada por el beneficiario «AtheneoSport Ceuta, S. L.», al objeto de modificar la inversión realizada y concesión de la subvención obtenida, con cargo a la línea 2. Ayudas Directas de las ayudas a Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial, ascendiendo la nueva concesión a SETENTA Y SEIS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (76.448,78 ).
SEGUNDO.- Comunicar la Resolución adoptada al solicitante.
TERCERO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación de la presente resolución, así como cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
En Ceuta, a 11 de septiembre de 2008.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Guillermo Martínez Arcas.- Doy fe. LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ªDolores Pastilla Gómez.
2.071.- El Excmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 21 de junio de 2007 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente
RESOLUCIÓN Atendidas las Bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas a «Proyectos de Desarrollo e Innovación Empresarial».
Tema prioritario 08 «Otras inversiones en empresas», publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad nº 4629 de 27 de abril de 2007, en el marco del Programa Operativo Integrado para Ceuta 2007- 2013, Avance, S. L. presenta, con fecha 4 de junio de 2007, solicitud de ayuda en el marco del Programa de Ayudas a los citados proyectos.
Con fecha 25 de Septiembre de 2007 se reúne el Comité de Seguimiento, el cual, a la vista del informe realizado por el Técnico Auxiliar de Programas e Iniciativas de esta Sociedad, examina los requisitos exigidos y, comprobada la coincidencia de la solicitud con la convocatoria vigente, evalúa el proyecto y cuantifica la ayuda según los criterios establecidos en las bases reguladoras, elevando su informe al Consejero de Economía y Empleo, para que éste realice la Resolución.
Con fecha 23 de noviembre de 2007, el Consejero de Economía y Empleo formula Propuesta de Resolución Provisional debidamente motivada, que ha sido notificada a los interesados, para que en el plazo de 10 días presenten las alegaciones oportunas.
Con fecha 8 de enero de 2008, el Consejero de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta emite Propuesta de Resolución Definitiva, notificada a los interesados para que en el plazo de 10 naturales desde su recepción, comuniquen de forma expresa al órgano instructor, su aceptación, según modelo establecido en el anexo IV de las bases reguladoras de las ayudas.
Con fecha 29 de enero de 2008, la empresa beneficiaria presenta aceptación a la subvención propuesta.
Con fecha 25 de febrero de 2008, la Consejería de Economía y Empleo emite Resolución Definitiva de concesión de la subvención, notificada a la interesada mediante publicación en Boletín Oficial de la ciudad BOCCE núm. 4717 de fecha 29 de febrero de 2008.
Con fecha 29 de julio de 2008, la entidad beneficiaria presenta solicitud de ampliación de plazo para la justificación del proyecto presentado.
Con fecha 31 de julio de 2008, la técnico auxiliar que suscribe, emite informe favorable sobre la solicitud presentada de ampliación de plazo.
Atendida la Decisión C (2000) 4265, de 29 de diciembre de 2000 de la Comisión por la que se aprueba el Programa Operativo Integrado 2000- 2006 de la Ciudad de Ceuta.
En virtud del Acuerdo del Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, por el que se presta conformidad al contenido íntegro del Programa Operativo Integrado 2007- 2013 de la Ciudad de Ceuta, y se encomienda a la Sociedad de Fomento PROCESA la gestión administrativa y financiera del Programa aprobado.
Considerando lo dispuesto en los arts. 25, 15 y 14 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, la Resolución de la PresidenciaAlcaldíade fecha 21 de junio de 2007 (BOCCE EXTRAORDINARIO Nº 9) sobre la delegación de competencias de la Consejería de Economía y Empleo, y las bases de la convocatoria de las presentes ayudas.
De conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del vigente presupuesto de la Ciudad y de acuerdo, en cuanto al procedimiento, con lo preceptuado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, la convocatoria para la concesión de las presentes ayudas, el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis y demás legislación aplicable.
En su virtud, esta Consejería HA RESUELTO lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar a Avance, S. L. la solicitud de prórroga por tres meses más para la justificación de la concesión de ayuda mediante Resolución de fecha 25 de febrero de 2008, finalizando el nuevo vencimiento en fecha 29 de noviembre de 2008, según el artículo 23 de las Bases Reguladoras Generales, con cargo a la línea 2 de las ayudas a Proyectos de Desarrollo e Innovación.
SEGUNDO.- Dar publicidad, en legal forma, a la prórroga solicitada.
TERCERO.- No modificar el resto de condiciones establecidas en la Resolución de concesión.
CUARTO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación de la presente resolución, así como cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
En Ceuta, a 11 de septiembre de 2008.- EL CONSEJERO.- Fdo.: Guillermo Martínez Arcas.- Doy fe. LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ªDolores Pastilla Gómez.

