ORDEN de 29 de abril de 2008, de la Consejera de Hacienda, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de Libre Designación en el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

 

ORDEN de 29 de abril de 2008, de la Consejera de Hacienda, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de Libre Designación en el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

Nº de Disposición:
 
BOCM:
109 
Fecha Disposición:
29/04/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE HACIENDA 
Categorias:
 

El artículo 18.2 de la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, establece que los Letrados del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid serán designados entre los miembros de alguno de los siguientes Cuerpos: Letrados de la Comunidad de Madrid, Letrados del Consejo de Estado, Abogados del Estado, Letrados de la Asamblea de Madrid, Letrados de Cortes Generales y miembros de las carreras judicial y fiscal.

Por su parte, el artículo 26.2 del Decreto 26/2008, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, señala que los Letrados del Consejo Consultivo serán nombrados por el procedimiento de libre designación, previa convocatoria de la vacante en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios, y siendo necesario proceder a su inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Atendiendo a la propuesta cursada a tal efecto por el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, y teniendo en cuenta que las necesidades del Servicio así lo aconsejan,

DISPONGO

Primero

Convocar, de conformidad con el artículo 18.2 de la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, los puestos de trabajo reservados a personal funcionario que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sistema de Libre Designación en el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril; en la Ley 1/1986, de 10 de abril; en la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril) , y en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre) .

Tercero

Podrán participar en este proceso los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos previstos en el artículo 18.2 de la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán al Presidente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid y se presentarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria, en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo e historial académico y profesional serán los regulados en la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda ( BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto) .

Sin perjuicio de lo anterior, los funcionarios que no sean propios de la Comunidad de Madrid que participen en la presente convocatoria, deberán presentar el modelo que figura como Anexo III, Certificado de Registro de Personal o certificación que acredite el Cuerpo de pertenencia del funcionario, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano competente.

Aquellos funcionarios de otras Administraciones Públicas que se encuentren ocupando un puesto de trabajo de forma provisional en la Comunidad de Madrid en el momento de aprobarse la presente convocatoria, deberán presentar, además del Anexo III, el Certificado de Registro de Personal señalado en el párrafo primero de este apartado.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 29 de abril de 2008. La Consejera de Hacienda, PD ( Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2001, BOCM de 16 de noviembre) , ENGRACIA HIDALGO TENA

5517464_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

( 03/12.932/08)