LEY 7/2002, de 25 de junio, de Creación de la Empresa Pública "Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina".

 

LEY 7/2002, de 25 de junio, de Creación de la Empresa Pública "Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina".

LEY [Comunidad Autónoma de Murcia] 7/2002, de 25 de junio, de Creación de la Empresa Pública "Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina".

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley [Comunidad Autónoma de Murcia] 7/2002, de 25 de junio, de Creación de la Empresa Pública "Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina",
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.dos del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley.

PREÁMBULO

Artículo único.

Se crea la empresa pública regional "Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina", que tendrá forma de sociedad anónima y se constituirá por el procedimiento de fundación simultánea, de conformidad con la legislación mercantil aplicable en la materia, que tendrá como objeto la gestión integral de la instalación deportiva.

Disposición adicional primera.

Se autoriza al Consejo de Gobierno para realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, sin que sean de aplicación las limitaciones establecidas en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.

Disposición adicional segunda.
Se autoriza al Consejo de Gobierno para que fije el capital social inicial de la empresa regional creada por la presente Ley, de conformidad con la legislación vigente.


Disposición adicional tercera.

La empresa pública regional se subrogará en todos los derechos y deberes que haya asumido la Consejería de Presidencia, por medio de la Dirección General de Deportes, y que afecten al centro de alto rendimiento "Infanta Cristina".

Disposición transitoria.

Hasta tanto no se constituya, conforme a la legislación aplicable, la empresa pública "Centro de Alto Rendimiento Infanta Cristina", las funciones que ala misma le corresponden seguirán desarrollándose por las Unidades administrativas de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Presidencia, que las tengan encomendadas.

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y autoridades que correspondan que la hagan cumplir.
Murcia, 25 de junio de 2002.

RAMÓN LUIS VALCÁRCEL SISO,

Presidente