Ficha
Nº de Disposición:
954/2008
BOE:
151/2008
Fecha Disposición:
06/06/2008
Órgano Emisor:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
- CAPÍTULO I Disposiciones generales
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
- Artículo 2. Identificación.
- Artículo 3. Perfil profesional del título.
- Artículo 4. Competencia general.
- Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
- Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
- Artículo 7. Entorno profesional.
- Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
- CAPÍTULO III Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
- Artículo 9. Objetivos generales.
- Artículo 10. Módulos profesionales.
- Artículo 11. Espacios y equipamientos.
- Artículo 12. Profesorado.
- CAPÍTULO IV Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
- Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.
- Artículo 14. Acceso y vinculación con otros estudios.
- Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.
- Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
- Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
- Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.
- Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
- Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
- Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
- Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
- Disposición adicional séptima. Aplicabilidad de otras normas en relación con otros Reales Decretos de títulos de formación profesional ya aprobados.
- Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas en relación con el presente real decreto.
- Disposición derogatoria primera. Derogación de normas en relación con otros títulos de formación profesional.
- Disposición derogatoria segunda. Derogación de normas en relación con el presente real decreto.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- ANEXO I
- ANEXO II
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, ha establecido la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y, define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Por otra parte, del mismo modo, concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que, en efecto, los títulos de formación profesional respondan a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales para ejercer una ciudadanía democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, las titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia) previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Asimismo, en cada título también se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias, y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional cuando proceda.
Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos, ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Así, el presente real decreto conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Patronaje y Moda.
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Administraciones Públicas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Política Social y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de junio de 2008.
D I S P O N G O:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación de los títulos de Técnico Superior en Patronaje, contenida en el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, y de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial, contenida en el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril.
CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico Superior en Patronaje y Moda queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Patronaje y Moda.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Textil, Confección y Piel.
Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).
Artículo 3. Perfil profesional del título.
El perfil profesional del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Artículo 4. Competencia general.
La competencia general de este título consiste en elaborar los patrones y escalados ajustados al diseño de los componentes de los artículos y organizar y gestionar técnicamente los procesos de producción, todo ello en el área de la confección industrial, actuando bajo normas de buena práctica, así como de seguridad laboral y ambiental.
Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:
a) Determinar las características de los materiales que se deben utilizar en la confección de un producto, analizando la documentación técnica que define el mismo.
b) Participar en el diseño de productos textiles, contribuyendo a la consecución de la viabilidad y competitividad de los mismos.
c) Organizar los trabajos de elaboración de patrones de productos textiles, de prototipos y muestrarios, cumpliendo los plazos fijados, con el máximo de aprovechamiento de los recursos humanos y materiales.
d) Definir y elaborar patrones base, transformaciones y escalados ajustados a los diseños propuestos.
e) Planificar la confección de productos de textil, piel, calzado y marroquinería, definiendo los procesos productivos y especificando las técnicas que se deben utilizar.
f) Programar la producción industrial de los productos de textil, piel, calzado y marroquinería, determinando los recursos humanos y materiales, los tiempos, la logística y los costes del proceso productivo.
g) Lanzar la producción, gestionando la preparación de los procesos, la elaboración de prototipos y preseries de prueba y el ajuste de las líneas de producción.
h) Gestionar la producción de la confección industrial de productos de textil, piel, calzado y marroquinería, garantizando los ritmos, la calidad y la seguridad laboral y medioambiental de los procesos.
i) Asegurar el cumplimiento de normas y medidas de protección ambiental y prevención de riesgos laborales en todas las actividades que se realizan en los procesos de confección industrial.
j) Aplicar las tecnologías de la información y comunicación propias del textil, así como mantenerse continuamente actualizado en las mismas.
k) Mantener la limpieza y el orden en el lugar de trabajo cumpliendo las normas de competencia técnica y los requisitos de salud laboral.
l) Efectuar consultas, cuando sea necesario, dirigiéndose a la persona adecuada y saber respetar la autonomía de los subordinados, informando cuando sea conveniente.
m) Mantener el espíritu de innovación y actualización en el ámbito de su trabajo para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos de su entorno profesional.
n) Contribuir de forma respetuosa y tolerante al mantenimiento de un buen ambiente de trabajo.
ñ) Participar en la investigación, desarrollo e innovación de nuevos procesos y productos de confección industrial.
o) Adaptarse a diferentes puestos de trabajo y nuevas situaciones laborales, originados por cambios tecnológicos y organizativos.
p) Resolver problemas y tomar decisiones individuales, siguiendo las normas y procedimientos establecidos, definidos dentro del ámbito de su competencia.
q) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
r) Gestionar su carrera profesional, analizando las oportunidades de empleo, autoempleo y de aprendizaje.
s) Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural con actitud crítica y responsable.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
1. Cualificaciones profesionales completas:
a) Patronaje de artículos de confección en textil y piel. TCP 286_3 (R.D. 1199/2007, de 14 de septiembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel.
UC0913_3: Desarrollar el modelaje de prendas sobre maniquí.
UC0914_3: Planificar y desarrollar los patrones para el modelo a confeccionar.
UC0915_3: Industrializar los patrones del modelo de artículos de confección en textil y piel.
b) Diseño técnico de productos de confección, calzado y marroquinería. TCP 150_3 (R.D. 1087/2005, de 16 de septiembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
UC0479_3: Definir y desarrollar productos de confección, calzado y marroquinería.
UC0480_3: Elaborar y controlar prototipos de confección, calzado y marroquinería.
UC0481_3: Definir la documentación técnica de productos de confección, calzado y marroquinería.
2. Cualificaciones profesionales incompletas:
Gestión de producción y calidad en confección, calzado y marroquinería. TCP149_3 (R.D. 1087/2005, de 16 de septiembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
UC0475_3: Organizar y programar la producción en confección, calzado y marroquinería.
UC0476_3: Gestionar la calidad de la producción en confección, calzado y marroquinería.
UC0477_3: Supervisar y controlar la producción en confección.
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Este profesional ejerce su actividad en el sector de la confección industrializada de productos textiles y de piel, así como de calzado y marroquinería, en pequeñas, medianas y grandes empresas, ya sea por cuenta ajena o propia, desarrollando funciones de gestión de la producción y de elaboración de patrones para la industrialización de la confección.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Diseñador técnico de patronaje con CAD/CAM.
Diseñador técnico de confección con CAD/CAM.
Técnico de desarrollo de productos de confección (I+D+i).
Técnico en desarrollo del producto.
Encargado de oficina técnica.
Modelista-patronista de peletería.
Modelista-patronista de prendas de vestir.
Modelista-patronista-escalador de sombreros y gorras.
Patronista-escalador de prendas de vestir.
Técnico en confección industrial.
Técnico en fabricación de artículos de piel y cuero.
Técnico en control de calidad de confección.
Técnico en control de calidad en industrias de piel y cuero.
Técnico de organización.
Jefe de fabricación.
Jefe de calidad.
Jefe de sección.
Jefe de equipo.
Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:
a) El perfil profesional de este título, dentro del sector productivo, evoluciona hacia un incremento en la toma de decisiones propias de los procesos automatizados, realización de funciones de planificación, programación y control de la producción, pero también del mantenimiento, la logística, la calidad y la prevención de riesgos laborales y medioambientales.
b) El incremento de la competencia procedente principalmente de otros países, de aquellos que ofrecen productos estándar a bajo precio, está desplazando la producción hacia artículos de alta calidad. Esto comporta un cambio de mercado hacia sectores con mayor exigencia en cuanto a calidad y diseño. Por ello, se prevé una mayor diversificación de productos con tendencia a fabricar series cortas de alta calidad o muy especializada.
c) El progresivo cambio en los métodos de producción implicará la exigencia de una evolución continua en sus competencias profesionales y en consecuencia una formación a lo largo de la vida profesional que permita su continua adaptación y con mayores grados de autonomía profesional, lo que exigirá de la persona la identificación, análisis y resolución de problemas relativos a su propio trabajo.
d) La evolución tecnológica se está consolidando hacia la incorporación generalizada de nuevas técnicas de ensamblaje y acabados, y hacia la automatización de los procesos concretados en el control numérico en los sistemas de corte, el cual requerirá un incremento de la utilización de los sistemas de programación.
e) La demanda de productos con mayor valor añadido, con materiales y acabados cada vez más sofisticados, marca la línea para poder ser competitivos con respecto a otras zonas del mundo donde los costes de producción son más bajos.
f) El constante crecimiento de la industria de la moda, la globalización de los mercados y la deslocalización de la producción, asociado a una gran demanda por parte del usuario final de novedades continuas, introduce cambios que necesitan de una formación adecuada en actividades de logística industrial, con periodos de respuesta a las demandas cada vez mas pequeños y con niveles de calidad cada vez mayores.
CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales.
Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:
a) Analizar los materiales y componentes de productos de textil y piel y de calzado y marroquinería, para determinar las propiedades y las características de los mismos.
b) Analizar productos de confección, textil y piel, así como de calzado y marroquinería, identificando materiales, componentes y procesos productivos para su diseño y posterior confección industrial.
c) Analizar el proceso de creación de patrones industriales, aplicando las técnicas manuales y las herramientas informáticas necesarias para definir y elaborar patrones y organizar los trabajos.
d) Adquirir las destrezas básicas que permiten desarrollar técnicas específicas en el sector de la confección industrial, para aplicar en la elaboración de prototipos y patrones.
e) Analizar los procesos productivos de la industria de la confección para planificar los más adecuados a cada producto.
f) Utilizar diferentes programas informáticos de gestión de la producción industrial textil, analizando las posibilidades que ofrecen para aplicarlos en la programación de la producción industrial.
g) Identificar los procesos logísticos que se desarrollan en la confección industrial, tanto internamente como en el exterior, para programar la producción industrial.
h) Analizar los sistemas de calidad aplicados en la industria de la confección, aplicando técnicas de control y análisis de la calidad, para gestionar la producción.
i) Aplicar técnicas de gestión de la producción utilizando herramientas y programas informáticos específicos para gestionar la producción de textil, piel, calzado y marroquinería.
j) Analizar los sistemas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental identificando las acciones necesarias que hay que realizar para asegurar los modelos de gestión y sistemas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental.
k) Gestionar la documentación generada en los procesos productivos de confección industrial.
l) Identificar los cambios tecnológicos, organizativos, económicos y laborales en su actividad, analizando sus implicaciones en el ámbito de trabajo, para mantener el espíritu de innovación.
m) Identificar formas de intervención en situaciones colectivas, analizando el proceso de toma de decisiones, para liderar en las mismas.
n) Describir los roles de los componentes del grupo de trabajo, identificando su responsabilidad con el objetivo de efectuar consultas.
ñ) Valorar la importancia de la renovación de los métodos de diseño y desarrollo de productos, reconociendo técnicas innovadoras, para participar en la investigación y en el desarrollo de éstos.
o) Analizar las actividades de trabajo en la industria de la confección, del calzado y de la marroquinería, identificando su aportación al proceso global para conseguir los objetivos de la producción.
p) Identificar y valorar las oportunidades de aprendizaje y su relación con el mundo laboral, analizando las ofertas y demandas del mercado para mantener una cultura de actualización e innovación.
q) Reconocer las oportunidades de negocio, identificando y analizando demandas del mercado para crear y gestionar una pequeña empresa.
r) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, analizando el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
b) Son los que a continuación se relacionan:
0276 Materiales en textil, confección y piel.
0277 Técnicas en confección.
0278 Procesos en confección industrial.
0165 Gestión de la calidad, prevención de riesgos laborales y protección ambiental.
0280 Organización de la producción en confección industrial.
0264 Moda y tendencias.
0283 Análisis de diseños en textil y piel.
0284 Elaboración de prototipos.
0285 Patronaje industrial en textil y piel.
0286 Industrialización y escalado de patrones.
0287 Proyecto de Patronaje y Moda.
0288 Formación y orientación laboral.
0289 Empresa e iniciativa emprendedora.
0290 Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la «ergonomía» y la movilidad requeridas dentro del mismo.
b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.
c) Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.
d) Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.
3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza a los alumnos. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.
b) La cantidad y características del equipamiento deberá estar en función del número de alumnos y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.
6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
Artículo 12. Profesorado.
1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este real decreto.
2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el anexo III B) del presente real decreto.
3. Las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son las incluidas en el anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales o se acredite, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años, en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.
4. Las Administraciones competentes velarán para que los profesores que imparten los módulos profesionales cumplan con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
CAPÍTULO IV
Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.
Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de Bachillerato de Ciencias y Tecnología.
Artículo 14. Acceso y vinculación con otros estudios.
1. El título de Técnico Superior en Patronaje y Moda permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de acceso que se establezcan.
2. El título de Técnico Superior en Patronaje y Moda permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.
3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, se han asignado 120 créditos ECTS en las enseñanzas mínimas establecidas en este real decreto entre los módulos profesionales de este ciclo formativo.
Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el anexo IV del presente real decreto.
2. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales, comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, duración, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, establecidos en los reales decretos por los que se fijan las enseñanzas mínimas de los títulos de Formación Profesional. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
3. El módulo profesional de formación y orientación laboral de cualquier título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral, y se posea el certificado de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.
Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda para su convalidación o exención queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.
Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigesimoprimera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los títulos de Técnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relacionan, tendrán los mismos efectos académicos y profesionales que el título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, establecido en el presente real decreto:
Confección Industrial de Prendas Exteriores (Moda y Confección).
Confección Industrial de Prendas Interiores (Moda y Confección).
Confección a Medida de Señora (Moda y Confección).
Producción en Industrias de la Confección (Moda y Confección).
Sastrería y Modistería (Moda y Confección).
Técnico en Confección de Tejidos (Moda y Confección).
2. Los títulos de Técnico Superior en Patronaje, contenido en el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, y de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial, contenido en el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, establecido en el presente real decreto.
3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.
2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 y 2 de la disposición adicional tercera de este real decreto, se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.
Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante y en la especialidad docente a la que pretenda acceder durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.
Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en diseño para todos.
2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Disposición adicional séptima. Aplicabilidad de otras normas en relación con otros Reales Decretos de títulos de formación profesional ya aprobados.
1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en los reales decretos que establecen los títulos de Técnico y Técnico Superior establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, y las correspondientes enseñanzas mínimas, relacionados en el anexo VI, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en los Reales Decretos correspondientes por los que se establecen los títulos de Técnico y Técnico Superior al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo y las correspondientes enseñanzas mínimas, relacionados en el mismo anexo.
2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, el currículo correspondiente a los títulos de Técnico y Técnico Superior establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, relacionados en el Anexo VI, será de aplicación lo establecido en los reales decretos por los que se establecen los currículos de los ciclos formativos de grado medio o superior de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo correspondientes, relacionados en el anexo VII.
Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas en relación con el presente real decreto.
1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Patronaje y las correspondientes enseñanzas mínimas; y lo dispuesto en el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial y las correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 761/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje; y por lo establecido en el Real Decreto 760/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial.
Disposición derogatoria primera. Derogación de normas en relación con otros títulos de formación profesional.
Quedan derogados los reales decretos por los que se establecen los currículos de los ciclos formativos de grado medio y superior correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo correspondientes, relacionados en el anexo VII.
Disposición derogatoria segunda. Derogación de normas en relación con el presente real decreto.
1. Queda derogado el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Patronaje y las correspondientes enseñanzas mínimas; y el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial y las correspondientes enseñanzas mínimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
2. Queda derogado el Real Decreto 761/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje; y el Real Decreto 760/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.
Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.
Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2009/2010. No obstante, podrán anticipar al año académico 2008/2009 la implantación de este ciclo formativo.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de junio de 2008.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Política Social y Deporte,
MERCEDES CABRERA CALVO-SOTELO
ANEXO I
MÓDULOS PROFESIONALES
Módulo Profesional: Materiales en textil, confección y piel (Equivalencia en créditos ECTS: 9)
Código: 0276
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Identifica los materiales utilizados en productos de confección industrial determinando sus propiedades mediante la realización de las pruebas y ensayos adecuados.
Criterios de evaluación:
a) Se han descrito las características y propiedades de las materias y productos textiles.
b) Se han clasificado las materias textiles según su naturaleza.
c) Se han medido los parámetros que determinan las propiedades de las materias y productos, utilizando instrumentos y procedimientos adecuados.
d) Se han descrito los procedimientos establecidos para la identificación de materias y productos textiles.
e) Se han identificado los criterios ha seguir para la selección de las materias según el producto que se pretende fabricar.
f) Se han descrito los defectos más usuales en las materias textiles.
g) Se ha reconocido la normativa de simbología de las materias textiles.
h) Se han descrito los usos y aplicaciones de las materias textiles.
i) Se han identificado los procesos productivos utilizados para la fabricación de los distintos productos y materiales textiles.
2. Reconoce muestras de materias y productos textiles, seleccionando los procedimientos establecidos de ensayo y control.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado la naturaleza de las materias y productos textiles por medio de ensayos físicos y químicos.
b) Se han analizado las características estructurales y de comportamiento de las materias y productos textiles.
c) Se han determinado las propiedades de las materias y productos textiles en una muestra expresándolas en las unidades adecuadas.
d) Se han valorado los resultados obtenidos en los márgenes de aceptación y tolerancia.
e) Se han operado con los medios, instrumentos y materiales de identificación y medición determinados en los procedimientos establecidos.
f) Se han manipulado y medido los parámetros con seguridad, pulcritud y de manera metódica.
3. Identifica pieles y cueros en productos de confección, determinando calidades, tipos y tratamientos recibidos.
Criterios de evaluación:
a) Se ha descrito el proceso de curtición de pieles y cueros señalando los productos de entrada y salida.
b) Se han analizado por procedimientos adecuados las propiedades y características de las pieles y cueros.
c) Se han relacionado las propiedades de las pieles y cueros con los procesos de fabricación o tratamientos que los han originado.
d) Se han distinguido los tipos de pieles y su relación con las características de distintos artículos que se pretenden fabricar
e) Se han descritos un proceso de calidad tipo de piel y cuero.
f) Se han elaborado y analizado «pautas de inspección» relativa al control de pieles y cueros.
g) Se han señalado los defectos más comunes en cueros y pieles, debido a su naturaleza y proceso de transformación.
h) Se han valorado las repercusiones de los defectos y anomalías más frecuentes que inciden en las características del producto final.
i) Se ha relacionado el elemento complementario con su función.
j) Se ha observado la adecuación de los elementos complementarios al modelo.
4. Selecciona tratamientos, aprestos y acabados de materias y productos, reconociendo las propiedades o características que se modifican y las distintas calidades que obtenemos.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado los procedimientos de aprestos y acabados, indicando las materias empleadas y las características que confieren a las materias y productos textiles.
b) Se han determinado los criterios que es preciso aplicar para la selección de los aprestos y acabados que deben tener las materias textiles en relación a las características deseadas.
c) Se han deducido en las materias y productos textiles los tratamientos a los que han sido sometidos y las características para conseguirlos.
d) Se han relacionado las propiedades y prestaciones que confieren los procesos de acabados a un producto textil.
e) Se ha diferenciado el antes y el después del proceso sobre muestras.
5. Identifica los textiles técnicos y otras materias específicas describiendo sus características y aplicaciones.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las áreas más representativas donde intervienen los textiles técnicos (automoción, geotextiles, agricultura, construcción, protección personal, entre otros).
b) Se han reconocido sus usos y aplicaciones.
c) Se ha valorado la importancia de los textiles técnicos en el sector de la confección.
d) Se han definido las funciones de los llamados productos de vestir inteligentes.
e) Se han identificado nuevas tendencias en productos textiles y piel.
6. Determina las condiciones de conservación y almacenaje de materias textiles, pieles y cueros, analizando su influencia sobre las características de componentes y productos.
Criterios de evaluación:
a) Se ha relacionado la naturaleza de las materias, productos textiles, pieles y cueros con las condiciones ambientales de conservación y almacenamiento.
b) Se han identificado los distintos tipos de materias, productos, pieles y cueros en su embalaje o presentación comercial.
c) Se han deducido las condiciones de conservación (temperatura, luz, humedad, ventilación) que debe tener un almacén para mantener las materias y productos textiles.
d) Se han indicado los tipos de embalajes, presentaciones comerciales de las materias y productos textiles para su transporte y almacenamiento.
e) Se han utilizado la simbología de conservación e instrucciones de uso de las materias y productos textiles.
f) Se han identificado el tipo de materia, los productos textiles, pieles y cueros a partir de la simbología de etiquetaje normalizada.
g) Se han descrito las características funcionales y condiciones operativas de seguridad de los medios y sistemas de transporte, manipulación empleadas en el almacenaje de materias, productos textiles, pieles y cueros.
Duración: 80 horas
Contenidos básicos:
Identificación de los materiales:
Clasificación, características y propiedades físicas y químicas de las materias textiles. Normativa y simbología.
Esquema de los procesos de obtención de las materias textiles.
Identificación y valoración de las materias textiles por medio de ensayos físicos y químicos.
Estructuras y características fundamentales de materias textiles (fibras, hilos, tejidos, telas no tejidas, recubrimientos).
Aplicaciones de las materias y productos textiles.
Identificación de los defectos de las materias y productos textiles.
Análisis de muestras de materias y productos:
Identificación y medición de los parámetros de las materias y productos textiles a través de análisis cualitativos y cuantitativos. Instrumentos de medida.
Criterios de selección, instalación, ajuste, calibración y lectura.
Técnicas de muestreo.
Normas de aplicadas al análisis de materias y productos textiles.
Ensayos de identificación de materias: fibras, hilos, tejidos, recubrimientos, piel y cuero.
Ensayos de verificación de las propiedades: resistencia, estabilidad dimensional, elasticidad.
Ensayo de verificación de parámetros: titulo, grosor, longitud, torsión, color, solideces, tacto, caída, entre otros.
Equipos e instrumentos de medición y ensayo: calibrado y mantenimiento.
Procedimiento de extracción de muestras, elaboración de probetas, realización de ensayos.
Procedimientos de análisis, evaluación y tratamiento de resultados.
Normativa de ensayo.
Prevención de riesgos personales, materiales y ambientales.
Procedimientos de orden y limpieza.
Identificación de tipos de pieles:
Naturaleza y características de pieles y cueros: estructura y partes.
Tratamientos previos al proceso de curtición: conservación y ribera. Características y parámetros que influyen en el tratamiento.
Proceso de curtición: vegetal, cromo, sustancias sintéticas.
Tintura y engrase: métodos de tintura, parámetros, engrase, secado y acabados: tipos y características, parámetros.
Principales características de las pieles curtidas: poros, tacto superficial, grosor, superficie.
Aplicaciones de las pieles y cueros.
Realización de medidas sobre pieles y cueros.
Procedimientos de inspección. Defectos y repercusiones.
Normas de calidad relativas a pieles y cueros.
Especificaciones y tolerancias.
Selección de los tratamientos, aprestos, acabados y condiciones de almacenamiento de materias y productos:
Ennoblecimiento de las materias textiles: función y características.
Clasificación de los tratamientos: mecánico, químicos y térmicos.
Aplicación de los tratamientos.
Métodos para la identificación de los acabados.
Características y propiedades conferidas a las materias y productos textiles.
Defectos más comunes.
Identificación de textiles técnicos:
Características de los materiales de los textiles técnicos.
Aplicación de los textiles técnicos.
Sectores de aplicación.
Innovación de acabados.
Productos inteligentes de confección y calzado.
Determinación de las condiciones de conservación y almacenaje de materias, productos textiles, pieles y cueros:
Conservación y vida útil de las materias, productos, piel y cuero.
Agentes que acortan o perturban la vida útil.
Condiciones óptimas de permanencia y conservación.
Criterios de manipulación: simbología
Criterios de almacenaje.
Presentación comercial de las materias, productos, pieles y cueros.
Normativa sobre el etiquetado de las materias, productos textiles, pieles y cueros.
Riesgos laborales y normativa de seguridad.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de calidad en la creación, el desarrollo del producto y la producción en la industria textil, de la confección y de la piel.
Asegurar la calidad en la industria textil, de la confección y la piel incluye aspectos como:
Identificación de materias, productos textiles y de piel, según su naturaleza y estructura, características, propiedades y aplicaciones.
Análisis y control de materias, productos textiles y de piel determinando los procedimientos de ensayo.
Normativa de ensayo, medición de parámetros y control de calidad.
Evaluación de los resultados de las mediciones y ensayos.
Identificación de los tratamientos, acabados y aprestos en las materias, productos textiles y de piel.
Conservación, almacenaje, presentación comercial y etiquetaje.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
Control y recepción de materias.
Oficina Técnica.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo a), d), j) y k) y las competencias profesionales, personales y sociales a), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
Análisis y control de materias, productos textiles y de piel:
Ensayos de identificación.
Ensayos de verificación de propiedades (resistencia, estabilidad dimensiona, elasticidad, entre otros).
Ensayos de verificación de parámetros: diámetro, grosor, longitud, torsión, peso, color, entre otros.
La ejecución de los ensayos y controles de las materias, productos textiles y de piel deben observarse actuaciones relativas a:
La aplicación de las medidas de seguridad y aplicación de los equipos de protección individual en la ejecución operativa.
La aplicación de criterios de calidad en cada ensayo y medición.
La aplicación de la normativa de protección ambiental relacionada con los residuos y el tratamiento de los mismos.
Características de los tratamientos, aprestos y acabados en función de su aplicación a distintos productos manufacturados.
Características de uso, conservación, presentación comercial y etiquetaje.
Módulo Profesional: Técnicas en confección (Equivalencia en créditos ECTS: 12)
Código: 0277
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Corta materias textiles y de piel identificando los parámetros de control y justificando los equipos y útiles empleados.
Criterios de evaluación:
a) Se han tenido en cuenta las especificaciones de la ficha técnica del producto a transformar.
b) Se ha tenido en cuenta las características del material en el ajuste de parámetros de control.
c) Se ha realizado la marcada según indicaciones técnicas.
d) Se ha procedido al extendido del tejido o preparado de la piel.
e) Se han observando las normas de seguridad.
f) Se ha controlado la calidad del proceso realizado.
g) Se ha preparado las prendas cortadas para su entrada al proceso de ensamblaje.
2. Prepara maquinaria y equipos para el proceso de confección identificando los parámetros de control y justificando los recursos seleccionados.
Criterios de evaluación:
a) Se han tenido en cuenta las especificaciones de la ficha técnica del producto que es preciso transformar.
b) Se han tenido en cuenta las características de los materiales y las indicaciones en el ajuste de los órganos operadores de las máquinas.
c) Se ha comprobado el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad de los equipos.
d) Se ha organizado el puesto de trabajo, incidiendo en la ergonomía y en la seguridad.
3. Ensambla materias textiles y de piel relacionando la información del proceso con las operaciones para su ejecución y control.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las diferentes partes del artículo que se pretende confeccionar.
b) Se ha tenido en cuenta la forma y dimensiones de las piezas para la optimización del proceso de cosido.
c) Se han aplicado las puntadas y costuras especificadas en la ficha técnica.
d) Se han observando las normas de seguridad.
e) Se han aplicado las fornituras correspondientes según diseño del artículo.
f) Se ha realizado el control de calidad del artículo resultante del proceso de confección.
4. Realiza operaciones de acabado de artículos de textil o piel relacionando la información del proceso con las operaciones para su ejecución y control.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado la información técnica del proceso.
b) Se han preparado los equipos y útiles necesarios para el proceso de planchado.
c) Se ha adecuado el equipo a las características del material que es preciso planchar.
d) Se ha comprobado el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad instalados.
e) Se han ajustado los parámetros de control del proceso (temperatura, presión, tiempo) especificados.
f) Se ha realizado el control de calidad del proceso terminado.
5. Prepara artículos textiles y de piel para su almacenamiento y expedición, relacionando los protocolos de manipulación e identificación con la normativa de etiquetado.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las diferentes etiquetas de composición de materiales.
b) Se han identificado las diferentes etiquetas de manipulación y conservación del producto terminado.
c) Se han fijado las etiquetas correspondientes al artículo terminado.
d) Se ha realizado el control de calidad final.
e) Se ha procedido al embolsado manual o mecánico del artículo textil.
f) Se ha realizado el embalado a mano de prendas de piel.
Duración: 110 horas.
Contenidos básicos:
Corte de materiales textiles y de piel:
Procesos de corte.
Equipo y utensilios de corte de materias textiles y de piel.
Elementos operadores de las diferentes máquinas de corte.
La marcada: cálculo de rendimientos.
Extendido de tejidos para el corte.
Preparación de pieles para el corte.
El proceso de corte en textil o en piel.
Control de calidad en el corte.
Preparación para la confección.
Preparación de máquinas y utensilios para el ensamblaje de materiales:
Máquinas de confección para artículos textiles y de piel.
Órganos operadores de las máquinas de confección textil.
Órganos operadores de las máquinas de ensamblar piel.
Sistemas de seguridad de las diversas máquinas de confección textil y de piel.
Organización del puesto de trabajo: ergonomía y seguridad.
Ensamblaje de materias textiles y de piel:
Preparación de materiales para el proceso de confección.
Interpretación de la ficha técnica.
Métodos y tiempos.
Puntadas y costuras en el proceso de confección.
Fornituras. Colocación.
Control de calidad del proceso.
Operaciones de acabado de los artículos textiles o de piel:
Equipos de planchado de artículos textiles y de piel.
Reglaje de los órganos operadores de las máquinas de acabados.
Sistemas de seguridad de las planchas industriales.
Parámetros del proceso de planchado.
Control de calidad de los acabados de las prendas.
Etiquetado y embolsado de artículos textiles y de piel:
Etiquetas de composición.
Etiquetas de manipulación y conservación.
Colocación de etiquetas.
Embolsado de prendas textiles.
Embolsado de prendas de piel.
Control de calidad final.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de producción aplicando las técnicas básicas utilizadas en un proceso de confección textil o de piel.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
Interpretación de fichas técnicas y de producción.
Preparación de máquinas.
Puesta a punto de máquinas.
Preparación de los materiales.
Ejecución de los procesos de ensamblaje de materiales.
Control de calidad de las operaciones de ensamblaje.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos productivos de:
Corte.
Cosido-ensamblado.
Plancha y acabados.
Revisado y repasado.
Montado-terminado de calzado.
Montado-terminado de marroquinería.
Control y recepción de materias.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo d), j), k) y l) y las competencias: d), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
La interpretación de fichas técnicas y la preparación y puesta a punto de la maquinaria disponible en el taller, según las indicaciones de estas.
La organización de los puestos de trabajo o la cadena de producción, en su caso, y la verificación del correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad.
La preparación del material que es preciso confeccionar y la realización del proceso de ensamblaje.
La realización del control de calidad y del control de tiempos.
Módulo Profesional: Procesos en confección industrial
(Equivalencia en créditos ECTS: 9)
Código: 0278
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Reconoce flujos de materias, productos e información en la industria de la confección, el calzado y/o la marroquinería, analizando los procesos productivos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado para cada proceso las distintas líneas de producción.
b) Se ha descrito los distintos tipos de suministros exteriores en función de los materiales y productos suministrados.
c) Se ha analizado los distintos sistemas de distribución interna de los materiales y productos en los procesos industriales de confección.
d) Se ha descrito los distintos tipos de distribución externa de uso generalizado en el sector en función del tipo de productos.
e) Se ha identificado la documentación que genera el proceso productivo de confección industrial, del calzado y/o marroquinería.
2. Determina procesos de confección industrial de textil y piel, analizando la secuencia y justificando variables del proceso.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado las características de los materiales que inciden en los procesos de fabricación.
b) Se han descrito las máquinas y equipos necesarios en los distintos procesos de corte, ensamblaje, acabado y presentación.
c) Se ha realizado el estudio de la marcada atendiendo a las características y propiedades de los materiales que se pretende transformar y el equipo y maquinaria disponibles.
d) Se ha determinado el sistema de extendido del colchón.
e) Se han analizado las operaciones de extendido y corte del modelo.
f) Se han analizado las operaciones de preparación para el ensamblaje del modelo.
g) Se han especificado las operaciones de confección y montaje del artículo.
h) Se ha representado el diagrama de las operaciones del proceso productivo.
i) Se han representado las máquinas y herramientas de las fases de los procesos de fabricación.
j) Se han calculado y analizado los tiempos y métodos de trabajo de los procesos de fabricación.
k) Se han determinado las especificaciones técnicas de trabajo y tolerancias de calidad.
3. Determina procesos de confección industrial de calzado y marroquinería analizando la secuencia y justificando variables del proceso.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado las características, propiedades y defectos de los materiales que inciden en los procesos de fabricación.
b) Se han analizado las operaciones y la secuencia de los procesos de corte, ensamblaje, acabado y presentación.
c) Se han descrito las máquinas y equipos necesarios de los procesos de corte, ensamblaje, acabado y presentación.
d) Se ha analizado el estudio de la marcada y las especificaciones de los materiales.
e) Se ha determinado el sistema de corte según modelo.
f) Se han especificado las operaciones de preparación para el ensamblaje del modelo atendiendo a sus características y particularidades.
g) Se han especificado las operaciones de unión y montaje del artículo en las instrucciones de trabajo o listas de fases.
h) Se ha representado el diagrama de las operaciones del proceso productivo.
i) Se han calculado y analizado los tiempos y métodos de trabajo de los procesos de fabricación.
j) Se han determinado las especificaciones técnicas de trabajo y tolerancias de calidad.
4. Identifica los elementos de maquinaria e instalaciones de textil, confección y piel analizando su funcionamiento y los parámetros de trabajo más significativos.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado instalaciones-tipo según el tipo de transporte.
b) Se han clasificado las máquinas según el tipo de trabajo.
c) Se ha relacionado los elementos del equipamiento e instalaciones.
d) Se ha analizado la normativa (UNE, ISO) sobre tipos de puntadas y costuras.
e) Se han clasificado las máquinas de confección según el tipo de puntada, arrastres, accesorios y guías, entre otros.
f) Se han identificado los elementos operadores de las máquinas de confección industrial.
g) Se ha descrito el funcionamiento de los elementos operadores de las máquinas de confección industrial.
h) Se ha analizado los parámetros que determinan las características de los diferentes tipos de puntadas y materiales.
i) Se ha relacionando la función de cada elemento con la influencia que ejerce sobre el conjunto.
j) Se ha determinado la adecuación de la aguja y el título o número de los hilos de coser.
k) Se ha determinado la calibración de otros elementos operadores que influyen en las características de las puntadas.
l) Se ha analizado la documentación del proceso.
5. Distribuye en planta máquinas y equipos, relacionando la capacidad de producción y su disposición con el proceso de fabricación.
Criterios de evaluación:
a) Se ha calculado el personal y número de máquinas necesario según una producción determinada.
b) Se ha calculado el ritmo de trabajo y sus tolerancias.
c) Se ha realizado el equilibrado de las líneas de producción.
d) Se ha analizado la normativa de representación de máquinas, equipos y personal.
e) Se han elaborado esquemas de implantación en planta de máquinas y equipos relacionándolos con el personal y con la producción.
f) Se han elaborado esquemas del recorrido de los materiales en la distribución en planta de máquinas y personal.
g) Se han tenido en cuenta los espacios necesarios para el funcionamiento y para cumplir las condiciones de seguridad.
6. Determina costes de productos de confección industrial, analizando alternativas de fabricación y aplicando criterios económicos y ambientales.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los tipos de costes que inciden en el proceso de fabricación.
b) Se han identificado los factores técnicos y organizativos que determinan los costes de producción.
c) Se han calculado los costes directos.
d) Se han repercutido los costes indirectos.
e) Se han tenido en cuenta los criterios de distribución.
f) Se han cumplimentado las fichas de escandallo.
g) Se han calculado los costes de prendas y artículos a partir de los tiempos y máquinas definidos en propuestas de fabricación.
h) Se ha valorado la viabilidad técnica y económica de diferentes propuestas de producción.
Duración: 80 horas.
Contenidos básicos:
Reconocimiento de flujos logísticos de materias, productos e información en la confección industrial, el textil y la piel:
Flujos de los materiales: transporte y almacenamiento.
Flujos de los productos: almacenamiento y distribución.
Flujos de la información: Documentación logística.
Técnicas de codificación y archivo de documentación.
Normas de cumplimentación.
Software de gestión documental.
Determinación de procesos de fabricación en la industria de la confección:
Tipos de procesos de fabricación en confección: según productos; máquinas y equipos, medios de transporte y disposición de materiales.
Fases del proceso: tipos de operaciones y medios utilizados en el proceso de fabricación. Secuencia de operaciones.
Requerimientos de los procesos: implantación, mantenimiento, control y productividad. Variables del proceso.
Diagramas de procesos. Corte de materiales. Preparación del ensamblaje. Ensamblaje de componentes. Acabados de artículos
Determinación de procesos de fabricación en la industria del calzado y de la marroquinería:
Tipos de procesos de fabricación de calzado y productos de marroquinería: según productos, máquinas y equipos, medios de transporte y disposición de materiales.
Fases del proceso: tipos de operaciones y medios utilizados en el proceso de fabricación; secuencia de operaciones.
Requerimientos de los procesos: implantación, mantenimiento, control y productividad. Variables del proceso.
Diagramas de procesos. Corte de materiales. Preparación del ensamblaje. Ensamblaje de componentes. Acabados de artículos.
Identificación de equipos de instalaciones y maquinaria en la industrial del textil, calzado y marroquinería.
Instalaciones auxiliares a la producción en el sector. Equipos y elementos.
Equipamiento para el corte. Mesas de corte. Máquinas de cortar. Equipos para corte por presión. Corte asistido por ordenador.
Equipamiento para el ensamblaje. Máquinas de coser, bordar y acolchar. Máquinas de unión. Máquinas automáticas programables.
Equipamiento para el acabado. Máquinas y equipos de planchado, plegado, etiquetado y envasado. Máquinas automáticas programables.
Distribución en planta de maquinaria para la confección industrial.
Clasificación de los sistemas de fabricación.
Sistemas en función de la forma y disposición de materiales.
Sistemas en función del transporte interior.
Implantación de los diferentes sistemas de fabricación:
Sistemas mecanizados.
Sistemas tradicionales.
Sistemas actuales.
Criterios de selección de los diferentes sistemas de trabajo.
Listas de operaciones y secuenciación.
Técnicas de implantación. Análisis y optimización de la implantación
Optimización de circuitos de circulación de productos.
Equilibrado de líneas.
Determinación de costes industriales de la producción en confección, calzado y marroquinería:
Tipos y componentes del coste.
Coste previsto y coste real. Origen de desviaciones.
Análisis técnico y económico de las desviaciones.
Previsión de mermas.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene las especificaciones de formación asociadas a las funciones de producción por confección industrial en textil y piel y en calzado y marroquinería.
Las funciones de producción por confección industrial en textil y piel y en calzado y marroquinería, incluyen aspectos como:
El desarrollo y gestión de procesos de confección industrial de textil y piel.
El desarrollo y gestión de procesos de confección industrial de calzado y marroquinería.
El cálculo de los costes de fabricación de los procesos de confección industrial.
La prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos productivos de:
Corte.
Cosido-ensamblado.
Plancha y acabados.
Revisado y repasado.
Montado-terminado de calzado.
Montado-terminado de marroquinería.
Control y recepción de materias.
Oficina Técnica.
La elaboración de muestrarios.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales e), j) k), y l) y las competencias e), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
La identificación y análisis de las principales fases y etapas que intervienen en los procesos de fabricación.
El comportamiento de los materiales empleados en confección industrial en los procesos de corte, de ensamblado, de montaje y de acabado, contemplando la influencia de los diversos materiales utilizados y de los artículos producidos.
El desarrollo de procesos relacionando máquinas, equipos, herramental, utillajes y sistemas en función del tipo de productos.
El cálculo y análisis de tiempos y costes de los procesos observando la calidad del producto que se pretende obtener y la normativa aplicable a la prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
Módulo Profesional: Gestión de la calidad, prevención de riesgos laborales y protección ambiental
(Equivalencia en créditos ECTS: 9)
Código: 0165
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los sistemas de aseguramiento de la calidad interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los fundamentos y principios de los sistemas de aseguramiento de la calidad.
b) Se han identificado los requisitos legales establecidos en los sistemas de gestión de la calidad.
c) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una auditoría interna de la calidad.
d) Se han descrito el soporte documental y los requisitos mínimos que deben contener los documentos para el análisis del funcionamiento de los sistemas de calidad.
e) Se ha interpretado el contenido de las normas que regulan el aseguramiento de la calidad.
f) Se ha controlado la documentación de un sistema de aseguramiento de la calidad.
g) Se ha descrito el procedimiento estándar de actuación en una empresa para la certificación en un sistema de calidad.
2. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los modelos de excelencia empresarial interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los conceptos y finalidades de un sistema de calidad total.
b) Se ha descrito la estructura organizativa del modelo EFQM identificando las ventajas e inconvenientes del mismo.
c) Se han detectado las diferencias del modelo de EFQM con otros modelos de excelencia empresarial.
d) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una autoevaluación del modelo.
e) Se han descrito metodologías y herramientas de gestión de la calidad (5s, gestión de competencias y gestión de procesos, entre otras).
f) Se han relacionado las metodologías y herramientas de gestión de la calidad con su campo de aplicación.
g) Se han definido los principales indicadores de un sistema de calidad en las industrias del sector.
h) Se han seleccionado las posibles áreas de actuación en función de los objetivos de mejora indicados.
i) Se han relacionado objetivos de mejora caracterizados por sus indicadores con las posibles metodologías o herramientas de la calidad susceptibles de aplicación.
j) Se ha planificado la aplicación de la herramienta o modelo.
k) Se han elaborado los documentos necesarios para la implantación y seguimiento de un sistema de gestión de la calidad.
l) Se ha descrito el procedimiento estándar de actuación en una empresa para la obtención del reconocimiento a la excelencia empresarial.
3. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los sistemas de la prevención de riesgos laborales interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los fundamentos, principios y requisitos legales establecidos en los sistemas de prevención de riesgos laborales.
b) Se han descrito los elementos que integran un plan de emergencia en el ámbito de la empresa.
c) Se ha explicado mediante diagramas y organigramas la estructura funcional de la prevención de riesgos laborales en una empresa tipo.
d) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una auditoría interna de la prevención de riesgos laborales.
e) Se han descrito los requisitos mínimos que debe contener el sistema documental de la prevención de riesgos laborales y su control.
f) Se han clasificado los equipos de protección individual con relación a los peligros de los que protegen.
g) Se han descrito las operaciones de mantenimiento, conservación y reposición, de los equipos de protección individual.
h) Se ha descrito la forma de utilizar los equipos de protección individual.
i) Se han descrito las técnicas de promoción de la prevención de riesgos laborales.
j) Se han evaluado los riesgos de un medio de producción según la norma.
k) Se han relacionado los factores de riesgo con las técnicas preventivas de actuación.
4. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los sistemas de gestión ambiental interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los fundamentos y principios de los sistemas de gestión ambiental.
b) Se han identificado los requisitos legales establecidos en los sistemas de gestión ambiental.
c) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una auditoría interna.
d) Se han descrito los requisitos mínimos que deben contener los documentos para el análisis del funcionamiento de los sistemas de gestión ambiental.
e) Se ha interpretado el contenido de las normas que regulan la protección ambiental.
f) Se han elaborado procedimientos para el control de la documentación de un sistema de protección ambiental.
g) Se han descrito las técnicas de promoción de la reducción de contaminantes.
h) Se ha descrito el programa de control y reducción de contaminantes.
i) Se han establecido pautas de compromiso ético con los valores de conservación y defensa del patrimonio ambiental y cultural de la sociedad.
5. Reconoce los principales focos contaminantes que pueden generarse en la actividad de las empresas del sector describiendo los efectos de los agentes contaminantes sobre el medio ambiente.
Criterios de evaluación:
a) Se ha representado mediante diagramas el proceso productivo de una empresa tipo.
b) Se han identificado los principales agentes contaminantes atendiendo a su origen y los efectos que producen sobre los diferentes medios receptores.
c) Se ha elaborador el inventario de los aspectos medioambientales generados en la actividad industrial.
d) Se han clasificado los diferentes focos en función de su origen proponiendo medidas correctoras.
e) Se han identificado los límites legales aplicables.
f) Se han identificado las diferentes técnicas de muestreo incluidas en la legislación o normas de uso para cada tipo de contaminante.
g) Se han identificado las principales técnicas analíticas utilizadas, de acuerdo con la legislación y/o normas internacionales.
h) Se ha explicado el procedimiento de recogida de datos más idóneo respecto a los aspectos ambientales asociados a la actividad o producto.
i) Se han aplicado programas informáticos para el tratamiento de los datos y realizado cálculos estadísticos.
Duración: 90 horas.
Contenidos básicos:
Aseguramiento de la calidad:
Normas de aseguramiento de la calidad.
Descripción de procesos (procedimientos). Indicadores. Objetivos.
Sistema documental.
Auditorías: tipos y objetivos.
Gestión de la calidad:
Diferencias entre los modelos de excelencia empresarial.
El modelo europeo EFQM. Criterios. Evaluación de la empresa según el modelo EFQM.
Implantación de modelos de excelencia empresarial.
Sistemas de autoevaluación: ventajas e inconvenientes.
Proceso de autoevaluación.
Plan de mejora.
Reconocimiento a la empresa.
Herramientas de la calidad total. («5s», gestión de competencias, y gestión de procesos, entre otros).
Prevención de riesgos laborales:
Disposiciones de ámbito estatal, autonómico o local.
Clasificación de normas por sector de actividad y tipo de riesgo.
La prevención de riesgos en las normas internas de las empresas.
Áreas funcionales de la empresa relacionadas con la prevención. Organigramas.
La organización de la prevención dentro de la empresa.
Equipos de protección individual con relación a los peligros de los que protegen.
Normas de conservación y mantenimiento.
Normas de certificación y uso.
Promoción de la cultura de la prevención de riesgos como modelo de política empresarial.
Protección del medio ambiente:
Disposiciones de ámbito estatal y autonómico.
Áreas funcionales de la empresa relacionadas con la protección ambiental.
Organigramas.
La organización de la protección ambiental dentro de la empresa.
Promoción de la cultura de la protección ambiental como modelo de política empresarial.
Gestión de los residuos industriales.
Residuos industriales más característicos.
Documentación necesaria para formalizar la gestión de los residuos industriales.
Recogida y transporte de residuos industriales.
Centros de almacenamiento de residuos industriales.
Minimización de los residuos industriales: modificación del producto, optimización del proceso, buenas prácticas y utilización de tecnologías limpias.
Reciclaje en origen.
Técnicas estadísticas de evaluación de la protección ambiental.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de calidad.
La función de calidad en este módulo profesional incluye aspectos como:
La gestión de los sistemas de calidad.
La prevención de riesgos laborales.
La protección ambiental.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos productivos de:
Recepción y control de materias.
Almacenaje y distribución.
Definición y desarrollo del producto.
Fabricación.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales: h), j), k) y l) del ciclo formativo y las competencias h), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
Conceptos de calidad y sistemas de mejora.
Normativas y su aplicación en la empresa.
Técnicas básicas de control de la calidad.
Métodos estadísticos y gráficos de control.
Especificaciones de calidad en procesos industriales.
Módulo Profesional: Organización de la producción en confección industrial
(Equivalencia en créditos ECTS: 6)
Código: 0280
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Determina el aprovisionamiento de materias primas y componentes analizando las necesidades productivas e identificando los recursos necesarios.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las necesidades de materias primas y componentes.
b) Se ha calculado la frecuencia del abastecimiento en relación a los lotes de producción.
c) Se han determinado la localización y tamaño de los stocks.
d) Se han determinado los medios de transporte internos y la ruta que deberán seguir.
e) Se han identificado las características de los transportes externos.
f) Se ha determinado el plan de aprovisionamiento.
g) Se han contemplado tiempos de suministro.
2. Gestiona la recepción de materias primas, el almacenamiento de componentes y la expedición de productos, justificando los medios y procedimientos establecidos para su manipulación y distribución interna y externa.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los procedimientos para la recepción de materias primas, componentes y productos.
b) Se han determinado las condiciones de conservación y almacenaje de materias, productos textiles, pieles y cueros.
c) Se ha tenido en cuenta la normativa vigente.
d) Se ha identificado la simbología especifica para la conservación y almacenaje de materias y productos.
e) Se ha relacionado el método de almacenaje con las características del producto y el espacio disponible.
f) Se ha determinado el tipo de embalaje y el sistema de etiquetado.
g) Se han identificado los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores y protección del medio ambiente relacionado con la recepción, almacenamiento y expedición de productos.
h) Se ha establecido el método para el control del inventario.
3. Elabora programas de fabricación justificando los recursos asignados en relación con la capacidad productiva.
Criterios de evaluación:
a) Se ha relacionado la cantidad de prendas que es preciso confeccionar con el plazo de ejecución y la capacidad de producción necesaria.
b) Se ha determinado el tamaño óptimo de los lotes de producción.
c) Se han identificado los equipos, utillajes e instalaciones disponibles que respondan al procedimiento establecido.
d) Se ha identificado la ruta que debe seguir el material en proceso.
e) Se ha determinado la capacidad de los equipos disponibles.
f) Se ha analizado la relación entre la carga y capacidad total de los recursos utilizados
g) Se han identificado los caminos críticos de la producción.
h) Se han determinado la producción por unidad de tiempo para satisfacer la demanda en el plazo previsto.
i) Se han asignado los recursos humanos capaces de realizar las operaciones establecidas en el proceso.
4. Gestiona documentación de programación de la producción identificando, organizando y procesando la información relevante.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los documentos necesarios para programar y controlar la producción.
b) Se han reconocido los programas informáticos de ayuda a la organización y control de la producción.
c) Se han generado los diferentes documentos de trabajo (hojas de ruta, lista de materiales, fichas técnicas, hojas de instrucciones y control estadístico del proceso, entre otros).
d) Se ha organizado y archivado la documentación técnica consultada y/o generada.
5. Gestiona el control de la producción relacionando la técnica empleada con los métodos para el seguimiento de la fabricación.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado el modelo de control de la producción más adecuado para el proceso de fabricación.
b) Se ha determinado el método de seguimiento de la producción que permite optimizar el control de la misma así como el tiempo de reacción en caso de que fuera necesario.
c) Se han caracterizado modelos de reprogramación para periodos de especial disposición de recursos o modificación de la demanda.
d) Se han descrito estrategias de supervisión y control de la producción.
6. Gestiona los programas de mantenimiento de las instalaciones productivas, analizando su influencia en la fiabilidad de la producción.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los tipos de mantenimiento industriales.
b) Se ha analizado el mantenimiento requerido por una línea de producción tipo.
c) Se han diseñado fichas de control de mantenimiento de equipos, máquinas e instalaciones.
d) Se ha planificado el mantenimiento de todas las máquinas, equipos e instalaciones de una línea de producción tipo.
e) Se ha realizado el mantenimiento de las máquinas del aula/taller según una planificación determinada.
f) Se ha evaluado un mantenimiento preventivo.
Duración: 60 horas.
Contenidos básicos:
Determinación del aprovisionamiento:
Plan de aprovisionamiento.
Gestión de proveedores.
Rutas de aprovisionamiento y logísti
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, ha establecido la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y, define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Por otra parte, del mismo modo, concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que, en efecto, los títulos de formación profesional respondan a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales para ejercer una ciudadanía democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, las titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia) previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Asimismo, en cada título también se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias, y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional cuando proceda.
Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos, ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Así, el presente real decreto conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Patronaje y Moda.
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Administraciones Públicas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Política Social y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de junio de 2008.
D I S P O N G O:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación de los títulos de Técnico Superior en Patronaje, contenida en el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, y de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial, contenida en el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril.
CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico Superior en Patronaje y Moda queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Patronaje y Moda.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Textil, Confección y Piel.
Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).
Artículo 3. Perfil profesional del título.
El perfil profesional del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Artículo 4. Competencia general.
La competencia general de este título consiste en elaborar los patrones y escalados ajustados al diseño de los componentes de los artículos y organizar y gestionar técnicamente los procesos de producción, todo ello en el área de la confección industrial, actuando bajo normas de buena práctica, así como de seguridad laboral y ambiental.
Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:
a) Determinar las características de los materiales que se deben utilizar en la confección de un producto, analizando la documentación técnica que define el mismo.
b) Participar en el diseño de productos textiles, contribuyendo a la consecución de la viabilidad y competitividad de los mismos.
c) Organizar los trabajos de elaboración de patrones de productos textiles, de prototipos y muestrarios, cumpliendo los plazos fijados, con el máximo de aprovechamiento de los recursos humanos y materiales.
d) Definir y elaborar patrones base, transformaciones y escalados ajustados a los diseños propuestos.
e) Planificar la confección de productos de textil, piel, calzado y marroquinería, definiendo los procesos productivos y especificando las técnicas que se deben utilizar.
f) Programar la producción industrial de los productos de textil, piel, calzado y marroquinería, determinando los recursos humanos y materiales, los tiempos, la logística y los costes del proceso productivo.
g) Lanzar la producción, gestionando la preparación de los procesos, la elaboración de prototipos y preseries de prueba y el ajuste de las líneas de producción.
h) Gestionar la producción de la confección industrial de productos de textil, piel, calzado y marroquinería, garantizando los ritmos, la calidad y la seguridad laboral y medioambiental de los procesos.
i) Asegurar el cumplimiento de normas y medidas de protección ambiental y prevención de riesgos laborales en todas las actividades que se realizan en los procesos de confección industrial.
j) Aplicar las tecnologías de la información y comunicación propias del textil, así como mantenerse continuamente actualizado en las mismas.
k) Mantener la limpieza y el orden en el lugar de trabajo cumpliendo las normas de competencia técnica y los requisitos de salud laboral.
l) Efectuar consultas, cuando sea necesario, dirigiéndose a la persona adecuada y saber respetar la autonomía de los subordinados, informando cuando sea conveniente.
m) Mantener el espíritu de innovación y actualización en el ámbito de su trabajo para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos de su entorno profesional.
n) Contribuir de forma respetuosa y tolerante al mantenimiento de un buen ambiente de trabajo.
ñ) Participar en la investigación, desarrollo e innovación de nuevos procesos y productos de confección industrial.
o) Adaptarse a diferentes puestos de trabajo y nuevas situaciones laborales, originados por cambios tecnológicos y organizativos.
p) Resolver problemas y tomar decisiones individuales, siguiendo las normas y procedimientos establecidos, definidos dentro del ámbito de su competencia.
q) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
r) Gestionar su carrera profesional, analizando las oportunidades de empleo, autoempleo y de aprendizaje.
s) Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural con actitud crítica y responsable.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
1. Cualificaciones profesionales completas:
a) Patronaje de artículos de confección en textil y piel. TCP 286_3 (R.D. 1199/2007, de 14 de septiembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel.
UC0913_3: Desarrollar el modelaje de prendas sobre maniquí.
UC0914_3: Planificar y desarrollar los patrones para el modelo a confeccionar.
UC0915_3: Industrializar los patrones del modelo de artículos de confección en textil y piel.
b) Diseño técnico de productos de confección, calzado y marroquinería. TCP 150_3 (R.D. 1087/2005, de 16 de septiembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
UC0479_3: Definir y desarrollar productos de confección, calzado y marroquinería.
UC0480_3: Elaborar y controlar prototipos de confección, calzado y marroquinería.
UC0481_3: Definir la documentación técnica de productos de confección, calzado y marroquinería.
2. Cualificaciones profesionales incompletas:
Gestión de producción y calidad en confección, calzado y marroquinería. TCP149_3 (R.D. 1087/2005, de 16 de septiembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
UC0475_3: Organizar y programar la producción en confección, calzado y marroquinería.
UC0476_3: Gestionar la calidad de la producción en confección, calzado y marroquinería.
UC0477_3: Supervisar y controlar la producción en confección.
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Este profesional ejerce su actividad en el sector de la confección industrializada de productos textiles y de piel, así como de calzado y marroquinería, en pequeñas, medianas y grandes empresas, ya sea por cuenta ajena o propia, desarrollando funciones de gestión de la producción y de elaboración de patrones para la industrialización de la confección.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Diseñador técnico de patronaje con CAD/CAM.
Diseñador técnico de confección con CAD/CAM.
Técnico de desarrollo de productos de confección (I+D+i).
Técnico en desarrollo del producto.
Encargado de oficina técnica.
Modelista-patronista de peletería.
Modelista-patronista de prendas de vestir.
Modelista-patronista-escalador de sombreros y gorras.
Patronista-escalador de prendas de vestir.
Técnico en confección industrial.
Técnico en fabricación de artículos de piel y cuero.
Técnico en control de calidad de confección.
Técnico en control de calidad en industrias de piel y cuero.
Técnico de organización.
Jefe de fabricación.
Jefe de calidad.
Jefe de sección.
Jefe de equipo.
Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:
a) El perfil profesional de este título, dentro del sector productivo, evoluciona hacia un incremento en la toma de decisiones propias de los procesos automatizados, realización de funciones de planificación, programación y control de la producción, pero también del mantenimiento, la logística, la calidad y la prevención de riesgos laborales y medioambientales.
b) El incremento de la competencia procedente principalmente de otros países, de aquellos que ofrecen productos estándar a bajo precio, está desplazando la producción hacia artículos de alta calidad. Esto comporta un cambio de mercado hacia sectores con mayor exigencia en cuanto a calidad y diseño. Por ello, se prevé una mayor diversificación de productos con tendencia a fabricar series cortas de alta calidad o muy especializada.
c) El progresivo cambio en los métodos de producción implicará la exigencia de una evolución continua en sus competencias profesionales y en consecuencia una formación a lo largo de la vida profesional que permita su continua adaptación y con mayores grados de autonomía profesional, lo que exigirá de la persona la identificación, análisis y resolución de problemas relativos a su propio trabajo.
d) La evolución tecnológica se está consolidando hacia la incorporación generalizada de nuevas técnicas de ensamblaje y acabados, y hacia la automatización de los procesos concretados en el control numérico en los sistemas de corte, el cual requerirá un incremento de la utilización de los sistemas de programación.
e) La demanda de productos con mayor valor añadido, con materiales y acabados cada vez más sofisticados, marca la línea para poder ser competitivos con respecto a otras zonas del mundo donde los costes de producción son más bajos.
f) El constante crecimiento de la industria de la moda, la globalización de los mercados y la deslocalización de la producción, asociado a una gran demanda por parte del usuario final de novedades continuas, introduce cambios que necesitan de una formación adecuada en actividades de logística industrial, con periodos de respuesta a las demandas cada vez mas pequeños y con niveles de calidad cada vez mayores.
CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales.
Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:
a) Analizar los materiales y componentes de productos de textil y piel y de calzado y marroquinería, para determinar las propiedades y las características de los mismos.
b) Analizar productos de confección, textil y piel, así como de calzado y marroquinería, identificando materiales, componentes y procesos productivos para su diseño y posterior confección industrial.
c) Analizar el proceso de creación de patrones industriales, aplicando las técnicas manuales y las herramientas informáticas necesarias para definir y elaborar patrones y organizar los trabajos.
d) Adquirir las destrezas básicas que permiten desarrollar técnicas específicas en el sector de la confección industrial, para aplicar en la elaboración de prototipos y patrones.
e) Analizar los procesos productivos de la industria de la confección para planificar los más adecuados a cada producto.
f) Utilizar diferentes programas informáticos de gestión de la producción industrial textil, analizando las posibilidades que ofrecen para aplicarlos en la programación de la producción industrial.
g) Identificar los procesos logísticos que se desarrollan en la confección industrial, tanto internamente como en el exterior, para programar la producción industrial.
h) Analizar los sistemas de calidad aplicados en la industria de la confección, aplicando técnicas de control y análisis de la calidad, para gestionar la producción.
i) Aplicar técnicas de gestión de la producción utilizando herramientas y programas informáticos específicos para gestionar la producción de textil, piel, calzado y marroquinería.
j) Analizar los sistemas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental identificando las acciones necesarias que hay que realizar para asegurar los modelos de gestión y sistemas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental.
k) Gestionar la documentación generada en los procesos productivos de confección industrial.
l) Identificar los cambios tecnológicos, organizativos, económicos y laborales en su actividad, analizando sus implicaciones en el ámbito de trabajo, para mantener el espíritu de innovación.
m) Identificar formas de intervención en situaciones colectivas, analizando el proceso de toma de decisiones, para liderar en las mismas.
n) Describir los roles de los componentes del grupo de trabajo, identificando su responsabilidad con el objetivo de efectuar consultas.
ñ) Valorar la importancia de la renovación de los métodos de diseño y desarrollo de productos, reconociendo técnicas innovadoras, para participar en la investigación y en el desarrollo de éstos.
o) Analizar las actividades de trabajo en la industria de la confección, del calzado y de la marroquinería, identificando su aportación al proceso global para conseguir los objetivos de la producción.
p) Identificar y valorar las oportunidades de aprendizaje y su relación con el mundo laboral, analizando las ofertas y demandas del mercado para mantener una cultura de actualización e innovación.
q) Reconocer las oportunidades de negocio, identificando y analizando demandas del mercado para crear y gestionar una pequeña empresa.
r) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, analizando el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
b) Son los que a continuación se relacionan:
0276 Materiales en textil, confección y piel.
0277 Técnicas en confección.
0278 Procesos en confección industrial.
0165 Gestión de la calidad, prevención de riesgos laborales y protección ambiental.
0280 Organización de la producción en confección industrial.
0264 Moda y tendencias.
0283 Análisis de diseños en textil y piel.
0284 Elaboración de prototipos.
0285 Patronaje industrial en textil y piel.
0286 Industrialización y escalado de patrones.
0287 Proyecto de Patronaje y Moda.
0288 Formación y orientación laboral.
0289 Empresa e iniciativa emprendedora.
0290 Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la «ergonomía» y la movilidad requeridas dentro del mismo.
b) Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.
c) Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.
d) Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.
3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza a los alumnos. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.
b) La cantidad y características del equipamiento deberá estar en función del número de alumnos y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.
6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
Artículo 12. Profesorado.
1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este real decreto.
2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el anexo III B) del presente real decreto.
3. Las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son las incluidas en el anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales o se acredite, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años, en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.
4. Las Administraciones competentes velarán para que los profesores que imparten los módulos profesionales cumplan con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
CAPÍTULO IV
Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.
Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de Bachillerato de Ciencias y Tecnología.
Artículo 14. Acceso y vinculación con otros estudios.
1. El título de Técnico Superior en Patronaje y Moda permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de acceso que se establezcan.
2. El título de Técnico Superior en Patronaje y Moda permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.
3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, se han asignado 120 créditos ECTS en las enseñanzas mínimas establecidas en este real decreto entre los módulos profesionales de este ciclo formativo.
Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el anexo IV del presente real decreto.
2. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales, comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, duración, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, establecidos en los reales decretos por los que se fijan las enseñanzas mínimas de los títulos de Formación Profesional. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
3. El módulo profesional de formación y orientación laboral de cualquier título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral, y se posea el certificado de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.
Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda para su convalidación o exención queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Patronaje y Moda con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.
Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigesimoprimera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los títulos de Técnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relacionan, tendrán los mismos efectos académicos y profesionales que el título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, establecido en el presente real decreto:
Confección Industrial de Prendas Exteriores (Moda y Confección).
Confección Industrial de Prendas Interiores (Moda y Confección).
Confección a Medida de Señora (Moda y Confección).
Producción en Industrias de la Confección (Moda y Confección).
Sastrería y Modistería (Moda y Confección).
Técnico en Confección de Tejidos (Moda y Confección).
2. Los títulos de Técnico Superior en Patronaje, contenido en el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, y de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial, contenido en el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, establecido en el presente real decreto.
3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.
2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 y 2 de la disposición adicional tercera de este real decreto, se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.
Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante y en la especialidad docente a la que pretenda acceder durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.
Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en diseño para todos.
2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Disposición adicional séptima. Aplicabilidad de otras normas en relación con otros Reales Decretos de títulos de formación profesional ya aprobados.
1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en los reales decretos que establecen los títulos de Técnico y Técnico Superior establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, y las correspondientes enseñanzas mínimas, relacionados en el anexo VI, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en los Reales Decretos correspondientes por los que se establecen los títulos de Técnico y Técnico Superior al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo y las correspondientes enseñanzas mínimas, relacionados en el mismo anexo.
2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, el currículo correspondiente a los títulos de Técnico y Técnico Superior establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, relacionados en el Anexo VI, será de aplicación lo establecido en los reales decretos por los que se establecen los currículos de los ciclos formativos de grado medio o superior de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo correspondientes, relacionados en el anexo VII.
Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas en relación con el presente real decreto.
1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Patronaje y las correspondientes enseñanzas mínimas; y lo dispuesto en el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial y las correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje y Moda, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 761/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje; y por lo establecido en el Real Decreto 760/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial.
Disposición derogatoria primera. Derogación de normas en relación con otros títulos de formación profesional.
Quedan derogados los reales decretos por los que se establecen los currículos de los ciclos formativos de grado medio y superior correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo correspondientes, relacionados en el anexo VII.
Disposición derogatoria segunda. Derogación de normas en relación con el presente real decreto.
1. Queda derogado el Real Decreto 738/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Patronaje y las correspondientes enseñanzas mínimas; y el Real Decreto 737/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial y las correspondientes enseñanzas mínimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
2. Queda derogado el Real Decreto 761/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje; y el Real Decreto 760/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Procesos de Confección Industrial.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.
Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.
Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2009/2010. No obstante, podrán anticipar al año académico 2008/2009 la implantación de este ciclo formativo.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de junio de 2008.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Política Social y Deporte,
MERCEDES CABRERA CALVO-SOTELO
ANEXO I
MÓDULOS PROFESIONALES
Módulo Profesional: Materiales en textil, confección y piel (Equivalencia en créditos ECTS: 9)
Código: 0276
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Identifica los materiales utilizados en productos de confección industrial determinando sus propiedades mediante la realización de las pruebas y ensayos adecuados.
Criterios de evaluación:
a) Se han descrito las características y propiedades de las materias y productos textiles.
b) Se han clasificado las materias textiles según su naturaleza.
c) Se han medido los parámetros que determinan las propiedades de las materias y productos, utilizando instrumentos y procedimientos adecuados.
d) Se han descrito los procedimientos establecidos para la identificación de materias y productos textiles.
e) Se han identificado los criterios ha seguir para la selección de las materias según el producto que se pretende fabricar.
f) Se han descrito los defectos más usuales en las materias textiles.
g) Se ha reconocido la normativa de simbología de las materias textiles.
h) Se han descrito los usos y aplicaciones de las materias textiles.
i) Se han identificado los procesos productivos utilizados para la fabricación de los distintos productos y materiales textiles.
2. Reconoce muestras de materias y productos textiles, seleccionando los procedimientos establecidos de ensayo y control.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado la naturaleza de las materias y productos textiles por medio de ensayos físicos y químicos.
b) Se han analizado las características estructurales y de comportamiento de las materias y productos textiles.
c) Se han determinado las propiedades de las materias y productos textiles en una muestra expresándolas en las unidades adecuadas.
d) Se han valorado los resultados obtenidos en los márgenes de aceptación y tolerancia.
e) Se han operado con los medios, instrumentos y materiales de identificación y medición determinados en los procedimientos establecidos.
f) Se han manipulado y medido los parámetros con seguridad, pulcritud y de manera metódica.
3. Identifica pieles y cueros en productos de confección, determinando calidades, tipos y tratamientos recibidos.
Criterios de evaluación:
a) Se ha descrito el proceso de curtición de pieles y cueros señalando los productos de entrada y salida.
b) Se han analizado por procedimientos adecuados las propiedades y características de las pieles y cueros.
c) Se han relacionado las propiedades de las pieles y cueros con los procesos de fabricación o tratamientos que los han originado.
d) Se han distinguido los tipos de pieles y su relación con las características de distintos artículos que se pretenden fabricar
e) Se han descritos un proceso de calidad tipo de piel y cuero.
f) Se han elaborado y analizado «pautas de inspección» relativa al control de pieles y cueros.
g) Se han señalado los defectos más comunes en cueros y pieles, debido a su naturaleza y proceso de transformación.
h) Se han valorado las repercusiones de los defectos y anomalías más frecuentes que inciden en las características del producto final.
i) Se ha relacionado el elemento complementario con su función.
j) Se ha observado la adecuación de los elementos complementarios al modelo.
4. Selecciona tratamientos, aprestos y acabados de materias y productos, reconociendo las propiedades o características que se modifican y las distintas calidades que obtenemos.
Criterios de evaluación:
a) Se han determinado los procedimientos de aprestos y acabados, indicando las materias empleadas y las características que confieren a las materias y productos textiles.
b) Se han determinado los criterios que es preciso aplicar para la selección de los aprestos y acabados que deben tener las materias textiles en relación a las características deseadas.
c) Se han deducido en las materias y productos textiles los tratamientos a los que han sido sometidos y las características para conseguirlos.
d) Se han relacionado las propiedades y prestaciones que confieren los procesos de acabados a un producto textil.
e) Se ha diferenciado el antes y el después del proceso sobre muestras.
5. Identifica los textiles técnicos y otras materias específicas describiendo sus características y aplicaciones.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las áreas más representativas donde intervienen los textiles técnicos (automoción, geotextiles, agricultura, construcción, protección personal, entre otros).
b) Se han reconocido sus usos y aplicaciones.
c) Se ha valorado la importancia de los textiles técnicos en el sector de la confección.
d) Se han definido las funciones de los llamados productos de vestir inteligentes.
e) Se han identificado nuevas tendencias en productos textiles y piel.
6. Determina las condiciones de conservación y almacenaje de materias textiles, pieles y cueros, analizando su influencia sobre las características de componentes y productos.
Criterios de evaluación:
a) Se ha relacionado la naturaleza de las materias, productos textiles, pieles y cueros con las condiciones ambientales de conservación y almacenamiento.
b) Se han identificado los distintos tipos de materias, productos, pieles y cueros en su embalaje o presentación comercial.
c) Se han deducido las condiciones de conservación (temperatura, luz, humedad, ventilación) que debe tener un almacén para mantener las materias y productos textiles.
d) Se han indicado los tipos de embalajes, presentaciones comerciales de las materias y productos textiles para su transporte y almacenamiento.
e) Se han utilizado la simbología de conservación e instrucciones de uso de las materias y productos textiles.
f) Se han identificado el tipo de materia, los productos textiles, pieles y cueros a partir de la simbología de etiquetaje normalizada.
g) Se han descrito las características funcionales y condiciones operativas de seguridad de los medios y sistemas de transporte, manipulación empleadas en el almacenaje de materias, productos textiles, pieles y cueros.
Duración: 80 horas
Contenidos básicos:
Identificación de los materiales:
Clasificación, características y propiedades físicas y químicas de las materias textiles. Normativa y simbología.
Esquema de los procesos de obtención de las materias textiles.
Identificación y valoración de las materias textiles por medio de ensayos físicos y químicos.
Estructuras y características fundamentales de materias textiles (fibras, hilos, tejidos, telas no tejidas, recubrimientos).
Aplicaciones de las materias y productos textiles.
Identificación de los defectos de las materias y productos textiles.
Análisis de muestras de materias y productos:
Identificación y medición de los parámetros de las materias y productos textiles a través de análisis cualitativos y cuantitativos. Instrumentos de medida.
Criterios de selección, instalación, ajuste, calibración y lectura.
Técnicas de muestreo.
Normas de aplicadas al análisis de materias y productos textiles.
Ensayos de identificación de materias: fibras, hilos, tejidos, recubrimientos, piel y cuero.
Ensayos de verificación de las propiedades: resistencia, estabilidad dimensional, elasticidad.
Ensayo de verificación de parámetros: titulo, grosor, longitud, torsión, color, solideces, tacto, caída, entre otros.
Equipos e instrumentos de medición y ensayo: calibrado y mantenimiento.
Procedimiento de extracción de muestras, elaboración de probetas, realización de ensayos.
Procedimientos de análisis, evaluación y tratamiento de resultados.
Normativa de ensayo.
Prevención de riesgos personales, materiales y ambientales.
Procedimientos de orden y limpieza.
Identificación de tipos de pieles:
Naturaleza y características de pieles y cueros: estructura y partes.
Tratamientos previos al proceso de curtición: conservación y ribera. Características y parámetros que influyen en el tratamiento.
Proceso de curtición: vegetal, cromo, sustancias sintéticas.
Tintura y engrase: métodos de tintura, parámetros, engrase, secado y acabados: tipos y características, parámetros.
Principales características de las pieles curtidas: poros, tacto superficial, grosor, superficie.
Aplicaciones de las pieles y cueros.
Realización de medidas sobre pieles y cueros.
Procedimientos de inspección. Defectos y repercusiones.
Normas de calidad relativas a pieles y cueros.
Especificaciones y tolerancias.
Selección de los tratamientos, aprestos, acabados y condiciones de almacenamiento de materias y productos:
Ennoblecimiento de las materias textiles: función y características.
Clasificación de los tratamientos: mecánico, químicos y térmicos.
Aplicación de los tratamientos.
Métodos para la identificación de los acabados.
Características y propiedades conferidas a las materias y productos textiles.
Defectos más comunes.
Identificación de textiles técnicos:
Características de los materiales de los textiles técnicos.
Aplicación de los textiles técnicos.
Sectores de aplicación.
Innovación de acabados.
Productos inteligentes de confección y calzado.
Determinación de las condiciones de conservación y almacenaje de materias, productos textiles, pieles y cueros:
Conservación y vida útil de las materias, productos, piel y cuero.
Agentes que acortan o perturban la vida útil.
Condiciones óptimas de permanencia y conservación.
Criterios de manipulación: simbología
Criterios de almacenaje.
Presentación comercial de las materias, productos, pieles y cueros.
Normativa sobre el etiquetado de las materias, productos textiles, pieles y cueros.
Riesgos laborales y normativa de seguridad.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de calidad en la creación, el desarrollo del producto y la producción en la industria textil, de la confección y de la piel.
Asegurar la calidad en la industria textil, de la confección y la piel incluye aspectos como:
Identificación de materias, productos textiles y de piel, según su naturaleza y estructura, características, propiedades y aplicaciones.
Análisis y control de materias, productos textiles y de piel determinando los procedimientos de ensayo.
Normativa de ensayo, medición de parámetros y control de calidad.
Evaluación de los resultados de las mediciones y ensayos.
Identificación de los tratamientos, acabados y aprestos en las materias, productos textiles y de piel.
Conservación, almacenaje, presentación comercial y etiquetaje.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
Control y recepción de materias.
Oficina Técnica.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo a), d), j) y k) y las competencias profesionales, personales y sociales a), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
Análisis y control de materias, productos textiles y de piel:
Ensayos de identificación.
Ensayos de verificación de propiedades (resistencia, estabilidad dimensiona, elasticidad, entre otros).
Ensayos de verificación de parámetros: diámetro, grosor, longitud, torsión, peso, color, entre otros.
La ejecución de los ensayos y controles de las materias, productos textiles y de piel deben observarse actuaciones relativas a:
La aplicación de las medidas de seguridad y aplicación de los equipos de protección individual en la ejecución operativa.
La aplicación de criterios de calidad en cada ensayo y medición.
La aplicación de la normativa de protección ambiental relacionada con los residuos y el tratamiento de los mismos.
Características de los tratamientos, aprestos y acabados en función de su aplicación a distintos productos manufacturados.
Características de uso, conservación, presentación comercial y etiquetaje.
Módulo Profesional: Técnicas en confección (Equivalencia en créditos ECTS: 12)
Código: 0277
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Corta materias textiles y de piel identificando los parámetros de control y justificando los equipos y útiles empleados.
Criterios de evaluación:
a) Se han tenido en cuenta las especificaciones de la ficha técnica del producto a transformar.
b) Se ha tenido en cuenta las características del material en el ajuste de parámetros de control.
c) Se ha realizado la marcada según indicaciones técnicas.
d) Se ha procedido al extendido del tejido o preparado de la piel.
e) Se han observando las normas de seguridad.
f) Se ha controlado la calidad del proceso realizado.
g) Se ha preparado las prendas cortadas para su entrada al proceso de ensamblaje.
2. Prepara maquinaria y equipos para el proceso de confección identificando los parámetros de control y justificando los recursos seleccionados.
Criterios de evaluación:
a) Se han tenido en cuenta las especificaciones de la ficha técnica del producto que es preciso transformar.
b) Se han tenido en cuenta las características de los materiales y las indicaciones en el ajuste de los órganos operadores de las máquinas.
c) Se ha comprobado el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad de los equipos.
d) Se ha organizado el puesto de trabajo, incidiendo en la ergonomía y en la seguridad.
3. Ensambla materias textiles y de piel relacionando la información del proceso con las operaciones para su ejecución y control.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las diferentes partes del artículo que se pretende confeccionar.
b) Se ha tenido en cuenta la forma y dimensiones de las piezas para la optimización del proceso de cosido.
c) Se han aplicado las puntadas y costuras especificadas en la ficha técnica.
d) Se han observando las normas de seguridad.
e) Se han aplicado las fornituras correspondientes según diseño del artículo.
f) Se ha realizado el control de calidad del artículo resultante del proceso de confección.
4. Realiza operaciones de acabado de artículos de textil o piel relacionando la información del proceso con las operaciones para su ejecución y control.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado la información técnica del proceso.
b) Se han preparado los equipos y útiles necesarios para el proceso de planchado.
c) Se ha adecuado el equipo a las características del material que es preciso planchar.
d) Se ha comprobado el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad instalados.
e) Se han ajustado los parámetros de control del proceso (temperatura, presión, tiempo) especificados.
f) Se ha realizado el control de calidad del proceso terminado.
5. Prepara artículos textiles y de piel para su almacenamiento y expedición, relacionando los protocolos de manipulación e identificación con la normativa de etiquetado.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las diferentes etiquetas de composición de materiales.
b) Se han identificado las diferentes etiquetas de manipulación y conservación del producto terminado.
c) Se han fijado las etiquetas correspondientes al artículo terminado.
d) Se ha realizado el control de calidad final.
e) Se ha procedido al embolsado manual o mecánico del artículo textil.
f) Se ha realizado el embalado a mano de prendas de piel.
Duración: 110 horas.
Contenidos básicos:
Corte de materiales textiles y de piel:
Procesos de corte.
Equipo y utensilios de corte de materias textiles y de piel.
Elementos operadores de las diferentes máquinas de corte.
La marcada: cálculo de rendimientos.
Extendido de tejidos para el corte.
Preparación de pieles para el corte.
El proceso de corte en textil o en piel.
Control de calidad en el corte.
Preparación para la confección.
Preparación de máquinas y utensilios para el ensamblaje de materiales:
Máquinas de confección para artículos textiles y de piel.
Órganos operadores de las máquinas de confección textil.
Órganos operadores de las máquinas de ensamblar piel.
Sistemas de seguridad de las diversas máquinas de confección textil y de piel.
Organización del puesto de trabajo: ergonomía y seguridad.
Ensamblaje de materias textiles y de piel:
Preparación de materiales para el proceso de confección.
Interpretación de la ficha técnica.
Métodos y tiempos.
Puntadas y costuras en el proceso de confección.
Fornituras. Colocación.
Control de calidad del proceso.
Operaciones de acabado de los artículos textiles o de piel:
Equipos de planchado de artículos textiles y de piel.
Reglaje de los órganos operadores de las máquinas de acabados.
Sistemas de seguridad de las planchas industriales.
Parámetros del proceso de planchado.
Control de calidad de los acabados de las prendas.
Etiquetado y embolsado de artículos textiles y de piel:
Etiquetas de composición.
Etiquetas de manipulación y conservación.
Colocación de etiquetas.
Embolsado de prendas textiles.
Embolsado de prendas de piel.
Control de calidad final.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de producción aplicando las técnicas básicas utilizadas en un proceso de confección textil o de piel.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
Interpretación de fichas técnicas y de producción.
Preparación de máquinas.
Puesta a punto de máquinas.
Preparación de los materiales.
Ejecución de los procesos de ensamblaje de materiales.
Control de calidad de las operaciones de ensamblaje.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos productivos de:
Corte.
Cosido-ensamblado.
Plancha y acabados.
Revisado y repasado.
Montado-terminado de calzado.
Montado-terminado de marroquinería.
Control y recepción de materias.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo d), j), k) y l) y las competencias: d), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
La interpretación de fichas técnicas y la preparación y puesta a punto de la maquinaria disponible en el taller, según las indicaciones de estas.
La organización de los puestos de trabajo o la cadena de producción, en su caso, y la verificación del correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad.
La preparación del material que es preciso confeccionar y la realización del proceso de ensamblaje.
La realización del control de calidad y del control de tiempos.
Módulo Profesional: Procesos en confección industrial
(Equivalencia en créditos ECTS: 9)
Código: 0278
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Reconoce flujos de materias, productos e información en la industria de la confección, el calzado y/o la marroquinería, analizando los procesos productivos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado para cada proceso las distintas líneas de producción.
b) Se ha descrito los distintos tipos de suministros exteriores en función de los materiales y productos suministrados.
c) Se ha analizado los distintos sistemas de distribución interna de los materiales y productos en los procesos industriales de confección.
d) Se ha descrito los distintos tipos de distribución externa de uso generalizado en el sector en función del tipo de productos.
e) Se ha identificado la documentación que genera el proceso productivo de confección industrial, del calzado y/o marroquinería.
2. Determina procesos de confección industrial de textil y piel, analizando la secuencia y justificando variables del proceso.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado las características de los materiales que inciden en los procesos de fabricación.
b) Se han descrito las máquinas y equipos necesarios en los distintos procesos de corte, ensamblaje, acabado y presentación.
c) Se ha realizado el estudio de la marcada atendiendo a las características y propiedades de los materiales que se pretende transformar y el equipo y maquinaria disponibles.
d) Se ha determinado el sistema de extendido del colchón.
e) Se han analizado las operaciones de extendido y corte del modelo.
f) Se han analizado las operaciones de preparación para el ensamblaje del modelo.
g) Se han especificado las operaciones de confección y montaje del artículo.
h) Se ha representado el diagrama de las operaciones del proceso productivo.
i) Se han representado las máquinas y herramientas de las fases de los procesos de fabricación.
j) Se han calculado y analizado los tiempos y métodos de trabajo de los procesos de fabricación.
k) Se han determinado las especificaciones técnicas de trabajo y tolerancias de calidad.
3. Determina procesos de confección industrial de calzado y marroquinería analizando la secuencia y justificando variables del proceso.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado las características, propiedades y defectos de los materiales que inciden en los procesos de fabricación.
b) Se han analizado las operaciones y la secuencia de los procesos de corte, ensamblaje, acabado y presentación.
c) Se han descrito las máquinas y equipos necesarios de los procesos de corte, ensamblaje, acabado y presentación.
d) Se ha analizado el estudio de la marcada y las especificaciones de los materiales.
e) Se ha determinado el sistema de corte según modelo.
f) Se han especificado las operaciones de preparación para el ensamblaje del modelo atendiendo a sus características y particularidades.
g) Se han especificado las operaciones de unión y montaje del artículo en las instrucciones de trabajo o listas de fases.
h) Se ha representado el diagrama de las operaciones del proceso productivo.
i) Se han calculado y analizado los tiempos y métodos de trabajo de los procesos de fabricación.
j) Se han determinado las especificaciones técnicas de trabajo y tolerancias de calidad.
4. Identifica los elementos de maquinaria e instalaciones de textil, confección y piel analizando su funcionamiento y los parámetros de trabajo más significativos.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado instalaciones-tipo según el tipo de transporte.
b) Se han clasificado las máquinas según el tipo de trabajo.
c) Se ha relacionado los elementos del equipamiento e instalaciones.
d) Se ha analizado la normativa (UNE, ISO) sobre tipos de puntadas y costuras.
e) Se han clasificado las máquinas de confección según el tipo de puntada, arrastres, accesorios y guías, entre otros.
f) Se han identificado los elementos operadores de las máquinas de confección industrial.
g) Se ha descrito el funcionamiento de los elementos operadores de las máquinas de confección industrial.
h) Se ha analizado los parámetros que determinan las características de los diferentes tipos de puntadas y materiales.
i) Se ha relacionando la función de cada elemento con la influencia que ejerce sobre el conjunto.
j) Se ha determinado la adecuación de la aguja y el título o número de los hilos de coser.
k) Se ha determinado la calibración de otros elementos operadores que influyen en las características de las puntadas.
l) Se ha analizado la documentación del proceso.
5. Distribuye en planta máquinas y equipos, relacionando la capacidad de producción y su disposición con el proceso de fabricación.
Criterios de evaluación:
a) Se ha calculado el personal y número de máquinas necesario según una producción determinada.
b) Se ha calculado el ritmo de trabajo y sus tolerancias.
c) Se ha realizado el equilibrado de las líneas de producción.
d) Se ha analizado la normativa de representación de máquinas, equipos y personal.
e) Se han elaborado esquemas de implantación en planta de máquinas y equipos relacionándolos con el personal y con la producción.
f) Se han elaborado esquemas del recorrido de los materiales en la distribución en planta de máquinas y personal.
g) Se han tenido en cuenta los espacios necesarios para el funcionamiento y para cumplir las condiciones de seguridad.
6. Determina costes de productos de confección industrial, analizando alternativas de fabricación y aplicando criterios económicos y ambientales.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los tipos de costes que inciden en el proceso de fabricación.
b) Se han identificado los factores técnicos y organizativos que determinan los costes de producción.
c) Se han calculado los costes directos.
d) Se han repercutido los costes indirectos.
e) Se han tenido en cuenta los criterios de distribución.
f) Se han cumplimentado las fichas de escandallo.
g) Se han calculado los costes de prendas y artículos a partir de los tiempos y máquinas definidos en propuestas de fabricación.
h) Se ha valorado la viabilidad técnica y económica de diferentes propuestas de producción.
Duración: 80 horas.
Contenidos básicos:
Reconocimiento de flujos logísticos de materias, productos e información en la confección industrial, el textil y la piel:
Flujos de los materiales: transporte y almacenamiento.
Flujos de los productos: almacenamiento y distribución.
Flujos de la información: Documentación logística.
Técnicas de codificación y archivo de documentación.
Normas de cumplimentación.
Software de gestión documental.
Determinación de procesos de fabricación en la industria de la confección:
Tipos de procesos de fabricación en confección: según productos; máquinas y equipos, medios de transporte y disposición de materiales.
Fases del proceso: tipos de operaciones y medios utilizados en el proceso de fabricación. Secuencia de operaciones.
Requerimientos de los procesos: implantación, mantenimiento, control y productividad. Variables del proceso.
Diagramas de procesos. Corte de materiales. Preparación del ensamblaje. Ensamblaje de componentes. Acabados de artículos
Determinación de procesos de fabricación en la industria del calzado y de la marroquinería:
Tipos de procesos de fabricación de calzado y productos de marroquinería: según productos, máquinas y equipos, medios de transporte y disposición de materiales.
Fases del proceso: tipos de operaciones y medios utilizados en el proceso de fabricación; secuencia de operaciones.
Requerimientos de los procesos: implantación, mantenimiento, control y productividad. Variables del proceso.
Diagramas de procesos. Corte de materiales. Preparación del ensamblaje. Ensamblaje de componentes. Acabados de artículos.
Identificación de equipos de instalaciones y maquinaria en la industrial del textil, calzado y marroquinería.
Instalaciones auxiliares a la producción en el sector. Equipos y elementos.
Equipamiento para el corte. Mesas de corte. Máquinas de cortar. Equipos para corte por presión. Corte asistido por ordenador.
Equipamiento para el ensamblaje. Máquinas de coser, bordar y acolchar. Máquinas de unión. Máquinas automáticas programables.
Equipamiento para el acabado. Máquinas y equipos de planchado, plegado, etiquetado y envasado. Máquinas automáticas programables.
Distribución en planta de maquinaria para la confección industrial.
Clasificación de los sistemas de fabricación.
Sistemas en función de la forma y disposición de materiales.
Sistemas en función del transporte interior.
Implantación de los diferentes sistemas de fabricación:
Sistemas mecanizados.
Sistemas tradicionales.
Sistemas actuales.
Criterios de selección de los diferentes sistemas de trabajo.
Listas de operaciones y secuenciación.
Técnicas de implantación. Análisis y optimización de la implantación
Optimización de circuitos de circulación de productos.
Equilibrado de líneas.
Determinación de costes industriales de la producción en confección, calzado y marroquinería:
Tipos y componentes del coste.
Coste previsto y coste real. Origen de desviaciones.
Análisis técnico y económico de las desviaciones.
Previsión de mermas.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene las especificaciones de formación asociadas a las funciones de producción por confección industrial en textil y piel y en calzado y marroquinería.
Las funciones de producción por confección industrial en textil y piel y en calzado y marroquinería, incluyen aspectos como:
El desarrollo y gestión de procesos de confección industrial de textil y piel.
El desarrollo y gestión de procesos de confección industrial de calzado y marroquinería.
El cálculo de los costes de fabricación de los procesos de confección industrial.
La prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos productivos de:
Corte.
Cosido-ensamblado.
Plancha y acabados.
Revisado y repasado.
Montado-terminado de calzado.
Montado-terminado de marroquinería.
Control y recepción de materias.
Oficina Técnica.
La elaboración de muestrarios.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales e), j) k), y l) y las competencias e), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
La identificación y análisis de las principales fases y etapas que intervienen en los procesos de fabricación.
El comportamiento de los materiales empleados en confección industrial en los procesos de corte, de ensamblado, de montaje y de acabado, contemplando la influencia de los diversos materiales utilizados y de los artículos producidos.
El desarrollo de procesos relacionando máquinas, equipos, herramental, utillajes y sistemas en función del tipo de productos.
El cálculo y análisis de tiempos y costes de los procesos observando la calidad del producto que se pretende obtener y la normativa aplicable a la prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
Módulo Profesional: Gestión de la calidad, prevención de riesgos laborales y protección ambiental
(Equivalencia en créditos ECTS: 9)
Código: 0165
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los sistemas de aseguramiento de la calidad interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los fundamentos y principios de los sistemas de aseguramiento de la calidad.
b) Se han identificado los requisitos legales establecidos en los sistemas de gestión de la calidad.
c) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una auditoría interna de la calidad.
d) Se han descrito el soporte documental y los requisitos mínimos que deben contener los documentos para el análisis del funcionamiento de los sistemas de calidad.
e) Se ha interpretado el contenido de las normas que regulan el aseguramiento de la calidad.
f) Se ha controlado la documentación de un sistema de aseguramiento de la calidad.
g) Se ha descrito el procedimiento estándar de actuación en una empresa para la certificación en un sistema de calidad.
2. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los modelos de excelencia empresarial interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los conceptos y finalidades de un sistema de calidad total.
b) Se ha descrito la estructura organizativa del modelo EFQM identificando las ventajas e inconvenientes del mismo.
c) Se han detectado las diferencias del modelo de EFQM con otros modelos de excelencia empresarial.
d) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una autoevaluación del modelo.
e) Se han descrito metodologías y herramientas de gestión de la calidad (5s, gestión de competencias y gestión de procesos, entre otras).
f) Se han relacionado las metodologías y herramientas de gestión de la calidad con su campo de aplicación.
g) Se han definido los principales indicadores de un sistema de calidad en las industrias del sector.
h) Se han seleccionado las posibles áreas de actuación en función de los objetivos de mejora indicados.
i) Se han relacionado objetivos de mejora caracterizados por sus indicadores con las posibles metodologías o herramientas de la calidad susceptibles de aplicación.
j) Se ha planificado la aplicación de la herramienta o modelo.
k) Se han elaborado los documentos necesarios para la implantación y seguimiento de un sistema de gestión de la calidad.
l) Se ha descrito el procedimiento estándar de actuación en una empresa para la obtención del reconocimiento a la excelencia empresarial.
3. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los sistemas de la prevención de riesgos laborales interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los fundamentos, principios y requisitos legales establecidos en los sistemas de prevención de riesgos laborales.
b) Se han descrito los elementos que integran un plan de emergencia en el ámbito de la empresa.
c) Se ha explicado mediante diagramas y organigramas la estructura funcional de la prevención de riesgos laborales en una empresa tipo.
d) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una auditoría interna de la prevención de riesgos laborales.
e) Se han descrito los requisitos mínimos que debe contener el sistema documental de la prevención de riesgos laborales y su control.
f) Se han clasificado los equipos de protección individual con relación a los peligros de los que protegen.
g) Se han descrito las operaciones de mantenimiento, conservación y reposición, de los equipos de protección individual.
h) Se ha descrito la forma de utilizar los equipos de protección individual.
i) Se han descrito las técnicas de promoción de la prevención de riesgos laborales.
j) Se han evaluado los riesgos de un medio de producción según la norma.
k) Se han relacionado los factores de riesgo con las técnicas preventivas de actuación.
4. Define actuaciones para facilitar la implantación y mantenimiento de los sistemas de gestión ambiental interpretando los conceptos y factores básicos de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los fundamentos y principios de los sistemas de gestión ambiental.
b) Se han identificado los requisitos legales establecidos en los sistemas de gestión ambiental.
c) Se han descrito los requisitos y el procedimiento que se deben incluir en una auditoría interna.
d) Se han descrito los requisitos mínimos que deben contener los documentos para el análisis del funcionamiento de los sistemas de gestión ambiental.
e) Se ha interpretado el contenido de las normas que regulan la protección ambiental.
f) Se han elaborado procedimientos para el control de la documentación de un sistema de protección ambiental.
g) Se han descrito las técnicas de promoción de la reducción de contaminantes.
h) Se ha descrito el programa de control y reducción de contaminantes.
i) Se han establecido pautas de compromiso ético con los valores de conservación y defensa del patrimonio ambiental y cultural de la sociedad.
5. Reconoce los principales focos contaminantes que pueden generarse en la actividad de las empresas del sector describiendo los efectos de los agentes contaminantes sobre el medio ambiente.
Criterios de evaluación:
a) Se ha representado mediante diagramas el proceso productivo de una empresa tipo.
b) Se han identificado los principales agentes contaminantes atendiendo a su origen y los efectos que producen sobre los diferentes medios receptores.
c) Se ha elaborador el inventario de los aspectos medioambientales generados en la actividad industrial.
d) Se han clasificado los diferentes focos en función de su origen proponiendo medidas correctoras.
e) Se han identificado los límites legales aplicables.
f) Se han identificado las diferentes técnicas de muestreo incluidas en la legislación o normas de uso para cada tipo de contaminante.
g) Se han identificado las principales técnicas analíticas utilizadas, de acuerdo con la legislación y/o normas internacionales.
h) Se ha explicado el procedimiento de recogida de datos más idóneo respecto a los aspectos ambientales asociados a la actividad o producto.
i) Se han aplicado programas informáticos para el tratamiento de los datos y realizado cálculos estadísticos.
Duración: 90 horas.
Contenidos básicos:
Aseguramiento de la calidad:
Normas de aseguramiento de la calidad.
Descripción de procesos (procedimientos). Indicadores. Objetivos.
Sistema documental.
Auditorías: tipos y objetivos.
Gestión de la calidad:
Diferencias entre los modelos de excelencia empresarial.
El modelo europeo EFQM. Criterios. Evaluación de la empresa según el modelo EFQM.
Implantación de modelos de excelencia empresarial.
Sistemas de autoevaluación: ventajas e inconvenientes.
Proceso de autoevaluación.
Plan de mejora.
Reconocimiento a la empresa.
Herramientas de la calidad total. («5s», gestión de competencias, y gestión de procesos, entre otros).
Prevención de riesgos laborales:
Disposiciones de ámbito estatal, autonómico o local.
Clasificación de normas por sector de actividad y tipo de riesgo.
La prevención de riesgos en las normas internas de las empresas.
Áreas funcionales de la empresa relacionadas con la prevención. Organigramas.
La organización de la prevención dentro de la empresa.
Equipos de protección individual con relación a los peligros de los que protegen.
Normas de conservación y mantenimiento.
Normas de certificación y uso.
Promoción de la cultura de la prevención de riesgos como modelo de política empresarial.
Protección del medio ambiente:
Disposiciones de ámbito estatal y autonómico.
Áreas funcionales de la empresa relacionadas con la protección ambiental.
Organigramas.
La organización de la protección ambiental dentro de la empresa.
Promoción de la cultura de la protección ambiental como modelo de política empresarial.
Gestión de los residuos industriales.
Residuos industriales más característicos.
Documentación necesaria para formalizar la gestión de los residuos industriales.
Recogida y transporte de residuos industriales.
Centros de almacenamiento de residuos industriales.
Minimización de los residuos industriales: modificación del producto, optimización del proceso, buenas prácticas y utilización de tecnologías limpias.
Reciclaje en origen.
Técnicas estadísticas de evaluación de la protección ambiental.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de calidad.
La función de calidad en este módulo profesional incluye aspectos como:
La gestión de los sistemas de calidad.
La prevención de riesgos laborales.
La protección ambiental.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en los procesos productivos de:
Recepción y control de materias.
Almacenaje y distribución.
Definición y desarrollo del producto.
Fabricación.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales: h), j), k) y l) del ciclo formativo y las competencias h), i), j) y k) del título.
Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
Conceptos de calidad y sistemas de mejora.
Normativas y su aplicación en la empresa.
Técnicas básicas de control de la calidad.
Métodos estadísticos y gráficos de control.
Especificaciones de calidad en procesos industriales.
Módulo Profesional: Organización de la producción en confección industrial
(Equivalencia en créditos ECTS: 6)
Código: 0280
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Determina el aprovisionamiento de materias primas y componentes analizando las necesidades productivas e identificando los recursos necesarios.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las necesidades de materias primas y componentes.
b) Se ha calculado la frecuencia del abastecimiento en relación a los lotes de producción.
c) Se han determinado la localización y tamaño de los stocks.
d) Se han determinado los medios de transporte internos y la ruta que deberán seguir.
e) Se han identificado las características de los transportes externos.
f) Se ha determinado el plan de aprovisionamiento.
g) Se han contemplado tiempos de suministro.
2. Gestiona la recepción de materias primas, el almacenamiento de componentes y la expedición de productos, justificando los medios y procedimientos establecidos para su manipulación y distribución interna y externa.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los procedimientos para la recepción de materias primas, componentes y productos.
b) Se han determinado las condiciones de conservación y almacenaje de materias, productos textiles, pieles y cueros.
c) Se ha tenido en cuenta la normativa vigente.
d) Se ha identificado la simbología especifica para la conservación y almacenaje de materias y productos.
e) Se ha relacionado el método de almacenaje con las características del producto y el espacio disponible.
f) Se ha determinado el tipo de embalaje y el sistema de etiquetado.
g) Se han identificado los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores y protección del medio ambiente relacionado con la recepción, almacenamiento y expedición de productos.
h) Se ha establecido el método para el control del inventario.
3. Elabora programas de fabricación justificando los recursos asignados en relación con la capacidad productiva.
Criterios de evaluación:
a) Se ha relacionado la cantidad de prendas que es preciso confeccionar con el plazo de ejecución y la capacidad de producción necesaria.
b) Se ha determinado el tamaño óptimo de los lotes de producción.
c) Se han identificado los equipos, utillajes e instalaciones disponibles que respondan al procedimiento establecido.
d) Se ha identificado la ruta que debe seguir el material en proceso.
e) Se ha determinado la capacidad de los equipos disponibles.
f) Se ha analizado la relación entre la carga y capacidad total de los recursos utilizados
g) Se han identificado los caminos críticos de la producción.
h) Se han determinado la producción por unidad de tiempo para satisfacer la demanda en el plazo previsto.
i) Se han asignado los recursos humanos capaces de realizar las operaciones establecidas en el proceso.
4. Gestiona documentación de programación de la producción identificando, organizando y procesando la información relevante.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los documentos necesarios para programar y controlar la producción.
b) Se han reconocido los programas informáticos de ayuda a la organización y control de la producción.
c) Se han generado los diferentes documentos de trabajo (hojas de ruta, lista de materiales, fichas técnicas, hojas de instrucciones y control estadístico del proceso, entre otros).
d) Se ha organizado y archivado la documentación técnica consultada y/o generada.
5. Gestiona el control de la producción relacionando la técnica empleada con los métodos para el seguimiento de la fabricación.
Criterios de evaluación:
a) Se ha identificado el modelo de control de la producción más adecuado para el proceso de fabricación.
b) Se ha determinado el método de seguimiento de la producción que permite optimizar el control de la misma así como el tiempo de reacción en caso de que fuera necesario.
c) Se han caracterizado modelos de reprogramación para periodos de especial disposición de recursos o modificación de la demanda.
d) Se han descrito estrategias de supervisión y control de la producción.
6. Gestiona los programas de mantenimiento de las instalaciones productivas, analizando su influencia en la fiabilidad de la producción.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los tipos de mantenimiento industriales.
b) Se ha analizado el mantenimiento requerido por una línea de producción tipo.
c) Se han diseñado fichas de control de mantenimiento de equipos, máquinas e instalaciones.
d) Se ha planificado el mantenimiento de todas las máquinas, equipos e instalaciones de una línea de producción tipo.
e) Se ha realizado el mantenimiento de las máquinas del aula/taller según una planificación determinada.
f) Se ha evaluado un mantenimiento preventivo.
Duración: 60 horas.
Contenidos básicos:
Determinación del aprovisionamiento:
Plan de aprovisionamiento.
Gestión de proveedores.
Rutas de aprovisionamiento y logísti
