Ficha
Nº de Disposición:
BOE:
278/2002
Fecha Disposición:
01/10/2002
Órgano Emisor:
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
RESOLUCIóN del de octubre de 2002, de la Dirección, General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y 7Wrismo, por la que se concede la Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad a favor de la empresa""Básculas Romaro, Sociedad Limitada".
Vista la petición interesada por la empresa "Básculas Romero, Sociedad
Limitada", domiciliada en la carretera nacional N -IV, kilómetro 116,5, 45710
Madridejos (Toledo), en solicitud de Modificación Adicional Primera de
la Aprobación del Sistema de Calidad para instrumentos de pesaje de
funcionamiento no automático.
Visto el informe favorable emitido por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions número 22013411, de 25 de septiembre de 2002, referente a la Certificación UNE EN-ISO 9001:1994, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:
Primero.-Concederla Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad de la entidad "Básculas Romero, Sociedad Limitada", para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático de alcance máximo hasta 100.000 kg.
Segundo. El Certificado de Aprobación del Sistema de Calidad número E00.02.SC01 se complementa mediante esta Modificación Adicional Primera, con una variación relativa a la introducción de un nuevo anexo B.
Tercero. Los instrumentos verificados de acuerdo con el Sistema de Calidad deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en los anexos A y C del Certificado de Aprobación del Sistema de Calidad número E-00.02.SC01, y el anexo B del Certificado de Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad número E00.02.SC01.
Cuarto.-Constará como Jefe del Sistema de Calidad el señor Jesús Rodríguez de Diego Zamorano.
Quinto.-Constará como Coordinador de los Aspectos de Metrología Legal el señor Jesús Rodríguez de Diego Zamorano.
Sexto. La documentación descriptiva está identificada con el número 15/02 y está depositada en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial (organismo notificado número 0315).
Séptimo. Esta autorización será válida siempre que se mantengan las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo H de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el Certificado del Laboratori General d'Assaigs i Investigacions de Certificación UNE EN-ISO 9001:1994 número EG503/1/2000.
Octavo. Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta Aprobación del Sistema de Calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.
Contra la presente Resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día después de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Barcelona, 1 de octubre de 2002.-P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pan Clar i Guevara.
Vista la petición interesada por la empresa "Básculas Romero, Sociedad
Limitada", domiciliada en la carretera nacional N -IV, kilómetro 116,5, 45710
Madridejos (Toledo), en solicitud de Modificación Adicional Primera de
la Aprobación del Sistema de Calidad para instrumentos de pesaje de
funcionamiento no automático.
Visto el informe favorable emitido por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions número 22013411, de 25 de septiembre de 2002, referente a la Certificación UNE EN-ISO 9001:1994, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:
Primero.-Concederla Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad de la entidad "Básculas Romero, Sociedad Limitada", para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático de alcance máximo hasta 100.000 kg.
Segundo. El Certificado de Aprobación del Sistema de Calidad número E00.02.SC01 se complementa mediante esta Modificación Adicional Primera, con una variación relativa a la introducción de un nuevo anexo B.
Tercero. Los instrumentos verificados de acuerdo con el Sistema de Calidad deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en los anexos A y C del Certificado de Aprobación del Sistema de Calidad número E-00.02.SC01, y el anexo B del Certificado de Modificación Adicional Primera de la Aprobación del Sistema de Calidad número E00.02.SC01.
Cuarto.-Constará como Jefe del Sistema de Calidad el señor Jesús Rodríguez de Diego Zamorano.
Quinto.-Constará como Coordinador de los Aspectos de Metrología Legal el señor Jesús Rodríguez de Diego Zamorano.
Sexto. La documentación descriptiva está identificada con el número 15/02 y está depositada en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial (organismo notificado número 0315).
Séptimo. Esta autorización será válida siempre que se mantengan las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo H de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá como máximo la misma validez que el Certificado del Laboratori General d'Assaigs i Investigacions de Certificación UNE EN-ISO 9001:1994 número EG503/1/2000.
Octavo. Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta Aprobación del Sistema de Calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.
Contra la presente Resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día después de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Barcelona, 1 de octubre de 2002.-P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pan Clar i Guevara.

