RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2008, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se corrigen errores en la de 24 de junio de 2008, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica entre España y Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez (PCI-Mediterráneo).

 

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2008, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se corrigen errores en la de 24 de junio de 2008, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica entre España y Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez (PCI-Mediterráneo).

Nº de Disposición:
 
BOE:
190/2008 
Fecha Disposición:
10/07/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación 

Advertido errores en las páginas 30064, 30080 y 30089 de la Resolución de 24 de junio de 2008, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 9 de julio de 2008, por la que se convocan ayudas para la realización de las diversas modalidades que conforman el Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación Científica entre España y Argelia, Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez (PCI-Mediterráneo), se efectúan las siguientes correcciones:

En la página 30064, base quinta, apartado C donde dice: «La duración de las acciones integradas para el fortalecimiento institucional (D).»; debe decir: «La duración de las acciones integradas para el fortalecimiento institucional (C).»

En la base octava. Instrucción del procedimiento, donde dice: «En el caso de las Acciones integradas para el fortalecimiento institucional (modalidad D).»; debe decir: «En el caso de las Acciones integradas para el fortalecimiento institucional (modalidad C).»

En la página 30080 del Anexo III dentro del epígrafe «Áreas Prioritarias Egipcias» se deberá añadir a las ya relacionadas en dicha página, las siguientes:

Cód. Cad Cód. CRS Descripción Aclaraciones/información adicional Prior (5 a 1)
230 23030 Producción energética -fuentes renovables. Comprende política, planificación, desarrollo de programas, inspecciones e incentivos. La producción de combustible de leña y de carbón vegetal debe incluirse en Silvicultura (31261). 4
230 23067 Energía solar. Incluye células fotovoltaicas, aplicaciones de energía solar y calefacción solar. 4
230 23068 Energía eólica. Energía eólica para hidrodinámica y para la producción de electricidad. 4
230 23070 Biomasa Tecnologías de densificación y utilización de la biomasa para la producción directa de energía, incluyendo el biogás, el gas obtenido por la fermentación de la caña de azúcar y de otros residuos vegetales y por anaerobios. 4
230 23082 Investigación energética. Incluye inventarios y estudios. 4
311 31140 Recursos hídricos para uso agrícola Regadíos, embalses, estructuras hidráulicas, explotación de capas freáticas para uso agrícola. 4
311 31182 Investigación agraria Incluye el cultivo de especies vegetales, fisiología, recursos genéticos, ecología, taxonomía, lucha contra las enfermedades, biotecnología agrícola; incluye investigación ganadera (sanidad animal, crianza y genética, nutrición, fisiología). 4
311 31182 Investigación ganadera. Incluye el cultivo de especies vegetales, fisiología, recursos genéticos, ecología, taxonomía, lucha contra las enfermedades, biotecnología agrícola; incluye investigación ganadera (sanidad animal, crianza y genética, nutrición, fisiología). 4
313 31382 Investigación pesquera Piscicultura experimental; investigación biológica acuática. 4
321 32182 Investigación y desarrollo tecnológico Incluye normalización industrial; control de calidad; metrología, ensayos, acreditación y certificación. 4
410 41082 Investigación medioambiental Comprende el establecimiento de bases de datos, inventarios y estimaciones de recursos naturales y físicos; perfiles medioambientales y estudios de impacto cuando el sector no puede ser determinado. 4
430 43082 Instituciones científicas y de investigación. Cuando el sector no pueda ser determinado. 4
En la página 30089, se deberá incluir: Anexo IV.

Madrid, 10 de julio de 2008.-El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.