RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Jardinería al III Acuerdo Nacional de Formación Continua.

 

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Jardinería al III Acuerdo Nacional de Formación Continua.

Nº de Disposición:
 
BOE:
260/2001 
Fecha Disposición:
10/10/2001 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 
Categorias:

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2001, de da Dirección, General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Jardinería al III Acuerdo Nacional de Formación, Contínua.

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Jardinería al El Acuerdo Nacional de Formación Continua (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de febrero de 2001), así como la constitución de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector, que fue suscrito con fecha 14 de septiembre de 2001, de una parte, por la Organización Empresarial ASEDA, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las Centrales Sindicales FEAADD-CC.00, FES-UGT y CIG, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 10 de octubre de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE ADHESIÓN AL ID ACUERDO NACIONAL DE FORMACIÓN CONTÍNUA DE LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y SINDICALES LEGITIMADAS PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR DE JARDINERÍA

Asistentes:
Doña Gloria Pino Martín, ASEDA
Don José Antonio Martín Bermejo, ASEDA.
Don Luis Suárez Zarcos, ASEDA.
Don José Caballero Rodríguez, FEAADD-CC.00.
Don Jesús Antonio Fernández Béjar, FEAADD-CC.00.
Don Cándido Rodríguez Martín, FEAADD-CC.00.
Don Alfredo Hernández Hernández, FEAADD-CC.00.
Don David Franco Marcos, FEAADD-CC.00.
Don Enrique Castillejos Martín, FEAADD-CC.00.
Don José Luis Segura Ramal, FES-UGT.
Don Juan Manuel Pardo Martínez, FES-UGT.
Don Abel Lorenzo Rodríguez, CIG.
Reunidas en Madrid a 14 de septiembre de 2001 las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del sector de Jardinería representadas por los miembros señalados anteriormente han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad:
Primero. Adherirse al III Acuerdo Nacional de Formación Continua firmado el 19 de diciembre de 2000 y publicado por Resolución de 1 de febrero de 2001, de la Dirección General de Trabajo y Migraciones en el "Boletín Oficial del Estado" del 15.
Segundo.-Constituir conforme a lo establecido en el IH Acuerdo Nacional de Formación Continua la Comisión Paritaria Sectorial de Jardinería compuesta por 3 organizaciones, por la Representación Sindical, y 1, por la Representación Empresarial; con las funciones y facultades que dicho acuerdo les atribuye en su artículo 18.
Tercero. Los presentes acuerdos entrarán en vigor el día siguiente al de su firma.
Cuarto.-Remitir los acuerdos de la presente acta ala Autoridad Laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.
Quinto.-Se faculta a doña Gloria Pino Martín, para que pueda dirigirse a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a los efectos de solicitar la inscripción de la presente constitución.