RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica la concesión de subvenciones de 2007, a titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables.

 

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica la concesión de subvenciones de 2007, a titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables.

Nº de Disposición:
 
BOE:
18/2008 
Fecha Disposición:
13/12/2007 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 

La Orden APA/3147/2005, de 28 de septiembre (B.O.E. n.º 243, de 11 de octubre), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a titulares de explotaciones agrarias, que faciliten datos estadísticos y contables; de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por Orden APA/2961/2007, de 8 de octubre (B.O.E. n.º 245, de 12 de octubre), fue aprobada la convocatoria para el año 2007 en la que se desarrolla el procedimiento de concesión.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras y convocatoria, y a la vista de la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor, la Subdirección General de Estadísticas Agroalimentarias, por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 4 de diciembre de 2007 se ha resuelto el procedimiento de concesión de 7.911 subvenciones de 2007, por el suministro de datos estadísticos y contables.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden APA/2961/2007, de 8 de octubre, y en atención al interés general para los agricultores y ganaderos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.-Hacer público el extracto de la Orden de 4 de diciembre de 2007 por la que se resuelve el procedimiento de concesión de 7.911 subvenciones de 2007, a favor de titulares de explotaciones agrarias, por el suministro de datos estadísticos y contables, cuya distribución territorial se refleja en la siguiente tabla:

Territorio Número de beneficiarios Cuantía de la subvención
Máximo por perceptor - Euros Global - Euros
Andalucía 1.601 141,00 225.741,00
Aragón 724 141,00 102.084,00
Principado de Asturias 254 141,00 35.814,00
Illes Balears 180 141,00 25.380,00
Canarias 230 141,00 32.430,00
Cantabria 177 141,00 24.957,00
Castilla y León 975 141,00 137.475,00
Castilla-La Mancha 1.083 141,00 152.703,00
Extremadura 705 141,00 99.405,00
Galicia 618 141,00 87.138,00
La Rioja 230 141,00 32.430,00
Madrid 202 141,00 28.482,00
Región de Murcia 353 141,00 49.773,00
Comunidad Valenciana 579 141,00 81.639,00
Total 7.911 141,00 1.115.451,00
Segundo.-El texto íntegro de la resolución de concesión, Orden 4 de diciembre de 2007, en la que se incluye como anexo la relación nominativa de beneficiarios, ordenada territorialmente por Comunidades Autónomas, se expondrá en el tablón de anuncios de la sede central del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Paseo de Infanta Isabel n.º 1. 28014 Madrid), donde podrá ser consultado durante los diez días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Aquellos solicitantes que no figuren en la relación nominativa señalada en el párrafo anterior, se entenderá que su solicitud ha sido desestimada.

Tercero.-La resolución del procedimiento, de la que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías impugnatorias.

Madrid, 13 de diciembre de 2007.-El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio.