RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2000, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se actualiza el Arancel Integrado de Aplicación (TARIC).

 

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2000, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se actualiza el Arancel Integrado de Aplicación (TARIC).

Nº de Disposición:
 
BOE:
269/2000 
Fecha Disposición:
25/10/2000 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE HACIENDA 
Categorias:

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2000, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se actualiza el Arancel Integrado de Aplicación (TARIC).

El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por Resolución de 10 de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), y parcialmente por Resolución de 27 de diciembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de enero de 2000), Resolución de 14 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 24), Resolución de 25 de febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), Resolución de 23 de junio de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de julio), Resolución de 7 de agosto de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 17), Resolución de 28 de agosto de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos, sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente

Pri mero.-Actual izar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como Anexo A, y aplicables desde el 1 de noviembre de 2000.

Segundo.-Incluir como Anexo B, los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de noviembre de 2000.

Tercero.-Actual izar la relación de Códigos Adicionales según los contenidos en el Anexo C y aplicables a partir del 1 de noviembre de 2000.

Cuarto.-Incluir como Anexo D los Códigos Adicionales que se suprimen a partir del 1 de noviembre de 2000.

Quinto.-La presente actualización será aplicable desde el 1 de noviembre de 2000.

Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.

Madrid, 25 de octubre de 2000.-El Director del Departamento, Javier Goizueta Sánchez.

Ver TABLA 1

Ver TABLA 1A

Ver TABLA 1B

Ver TABLA 1C

Ver TABLA 2

Ver TABLA 3

Ver TABLA 3A