Ficha
Nº de Disposición:
BOP-ALAVA:
55
Fecha Disposición:
16/05/2008
Órgano Emisor:
GOBIERNO VASCO
Categorias:
Concluida la instrucción del expediente, y teniendo en cuenta los hechos, las alegaciones y pruebas practicadas el instructor elevó propuesta de resolución al responsable Territorial de Tráfico de Araba.
Intentada la notificación personal, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este anuncio servirá de notificación individual a los interesados con las siguientes advertencias:
1.- Dispone de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio para alegar y proponer pruebas.
2.- El pago de la multa podrá realizarse dentro de los 30 días naturales siguientes a esta notificación con una reducción de 30% sobre la cuantía de la misma.
3.- El pago se podrá efectuar a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco http: www. euskadi. net mipago/.
Nomenclatura de la legislación aplicada (1) l Real Decreto legislativo 339/90 x R. D. Leg. 339/90 en relación con Código Circulación (d. 25- 9- 34) c Código de Circulación (d. 25- 9- 34) d R. D. Leg. 339/90 en relación R. D. 1753/84 b Real Decreto 1428/03 en relación R. D. L. 339/90 r Real Decreto 13/92 en relación R. D. Leg. 339/90 s Decreto 632/1.968. a Artículo 59.3 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 e Artículo 61.1 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 i Artículo 61.2 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 z Artículo 61.3 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 u Artículo 61.4 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 v Artículo 62.1 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 y Artículo 62.2 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 f Real Decreto 7/2001, Reglamento del Seguro. gReal Decreto 772/97 Reglamento General Conductores h Real Decreto 2115/98 Reglamento Transp. Mercancías Peligrosas k Real Decreto 7/2001 en relación con R. D. Leg. 8/2004 j Real Decreto 2822/1998, Rgto. General de Vehículos m R. D. Leg. 8/2004, Ley del Seguro. ñReal Decreto 1295/2003, Rgto. Escuelas de Conductores
Vitoria-Gasteiz, 7 de mayo de 2008.El Instructor de la Oficina Territorial de Tráfico de Álava, MIGUEL UNZALU FZ. DE GOROSTIZA.
5541402_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
Intentada la notificación personal, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este anuncio servirá de notificación individual a los interesados con las siguientes advertencias:
1.- Dispone de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio para alegar y proponer pruebas.
2.- El pago de la multa podrá realizarse dentro de los 30 días naturales siguientes a esta notificación con una reducción de 30% sobre la cuantía de la misma.
3.- El pago se podrá efectuar a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco http: www. euskadi. net mipago/.
Nomenclatura de la legislación aplicada (1) l Real Decreto legislativo 339/90 x R. D. Leg. 339/90 en relación con Código Circulación (d. 25- 9- 34) c Código de Circulación (d. 25- 9- 34) d R. D. Leg. 339/90 en relación R. D. 1753/84 b Real Decreto 1428/03 en relación R. D. L. 339/90 r Real Decreto 13/92 en relación R. D. Leg. 339/90 s Decreto 632/1.968. a Artículo 59.3 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 e Artículo 61.1 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 i Artículo 61.2 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 z Artículo 61.3 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 u Artículo 61.4 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 v Artículo 62.1 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 y Artículo 62.2 R. D. L. 339/90 en relación R. D. 2822/98 f Real Decreto 7/2001, Reglamento del Seguro. gReal Decreto 772/97 Reglamento General Conductores h Real Decreto 2115/98 Reglamento Transp. Mercancías Peligrosas k Real Decreto 7/2001 en relación con R. D. Leg. 8/2004 j Real Decreto 2822/1998, Rgto. General de Vehículos m R. D. Leg. 8/2004, Ley del Seguro. ñReal Decreto 1295/2003, Rgto. Escuelas de Conductores
Vitoria-Gasteiz, 7 de mayo de 2008.El Instructor de la Oficina Territorial de Tráfico de Álava, MIGUEL UNZALU FZ. DE GOROSTIZA.
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