Ficha
Nº de Disposición:
BOP-ALBACETE:
70
Fecha Disposición:
18/06/2008
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2008
La ocupación del tiempo libre con actividades saludables, creativas y educativas es una necesidad básica para el crecimiento y la maduración del menor, así como para la prevención de conductas asociales.
En el marco de estas actividades saludables, debemos considerar el juego, la actividad física y otras actividades formativas, recreativas y culturales como necesidades vitales para los menores.
Por ello, se pretende desarrollar la XIX edición del proyecto «Escuelas de Verano» durante los meses de julio y agosto, con la implicación de distintas asociaciones y colectivos para dar respuesta a los siguientes objetivos:
Ofrecer actividades saludables de ocupación de tiempo libre en períodos vacacionales a los niños, niñas y adolescentes de entre 4 y 15 años.
Fomentar entre los participantes la creatividad y la participación.
Conseguir estimular hábitos de convivencia en grupo.
Promover actividades que posibiliten conocer los recursos del barrio, entorno y ciudad.
Promover la participación de la Comunidad en el desarrollo del Proyecto.
Primera.Objeto. La presente convocatoria, bajo la denominación de «XIX edición de Escuelas de Verano», tiene por objeto la concesión de subvenciones a distintas asociaciones y colectivos para la puesta en marcha del mencionado proyecto durante los meses de julio y/o agosto
Segunda.Finalidad de las subvenciones. Se pretende desarrollar la XIX edición del proyecto «Escuelas de Verano» durante los meses de julio y/o agosto, con la implicación de distintas asociaciones y colectivos en el desarrollo del mismo.
Las actividades estarán organizadas y serán ejecutadas por asociaciones y colectivos que habitualmente trabajan con infancia, con la colaboración del Ayuntamiento en cuanto a aportación económica, apoyo técnico y utilización de infraestructuras municipales, a través de su Servicio de Acción Social.
Tercera.Financiación. El proyecto «Escuelas de Verano» se enmarca dentro de las actuaciones del Programa de Actividades Infantiles del Servicio de Acción Social
El presupuesto previsto para el año 2008 es de 35.000 euros.
Cuarta.Beneficiarios. Los destinatarios que podrán acogerse a este proyecto serán diferentes asociaciones y colectivos de Albacete y sus pedanías (Asociaciones de Vecinos, Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos, Asociaciones Juveniles, Culturales, etc) y éstas dirigirán su acción a los niños y niñas de edades comprendidas entre 4 y 15 años.
Quinta.Obligaciones de los beneficiario. Cada asociación o colectivo asumirá los siguientes compromisos:
1.Contratar el personal necesario para el desarrollo del proyecto según la presente convocatoria y teniendo en cuenta la siguiente ratio:
Para grupos de 4 y 5 años, un monitor cada 15 participantes.
Para grupos de 6 a 15 años, un monitor cada 20 participantes.
En general, los monitores contratados deben tener l8 años cumplidos y estar en posesión, cómo mínimo, del título de Monitor de Actividades Juveniles.
Los monitores de los grupos de participantes de 4 y 5 años, deberán contar obligatoriamente con alguna de las siguientes titulaciones:
Técnico auxiliar en Jardín de Infancia (F. P. I.)
Técnico Especialista en Jardín de Infancia (T. E. J. I.)/Técnico Superior en Educación Infantil.
Diplomaturaen Magisterio, especialidad en Educación Infantil. En aquellos casos en los que haya participantes con necesidades educativas especiales, la actividad deberá contar, además, con monitor/es con formación específica (reglada o no) para el trabajo con estos participantes.
2.Cuidar y conservar las dependencias de los Centros Socioculturales que se les ceden para su desarrollo, así como el mobiliario de las mismas.
3.Incluir la participación de niños y niñas derivados por los profesionales de Servicios Sociales, con posibilidad de gratuidad o descuento en el precio de matrícula si así se propusiese.
4.Hacer constar, en toda la información y publicidad que las actividades generen, la colaboración del Ayuntamiento de Albacete, e insertar el logotipo oficial del mismo.
Sexta.Importe de las ayudas.
1.La cuantía de las ayudas estará supeditada a los meses de desarrollo de las actividades, pudiendo ser en julio y/o agosto.
2.Se establecerá un tope máximo de subvención de 4.200 euros.
3.La cuantía de las subvenciones estará condicionada, en todo caso, a la existencia de crédito en el momento de la resolución.
4.Las subvenciones no serán definitivas hasta que se contraste el número de participantes reales en cada Escuela de Verano (procedimiento detallado en la base décima de la convocatoria)
Séptima.Actividades a desarrollar. Las Asociaciones que se acojan a esta convocatoria presentarán su proyecto de actividades, de acuerdo a las edades de los participantes, estableciendo bandas de edad que se especificarán en cada proyecto, en el modelo señalado en la base novena de la convocatoria.
Las actividades tenderán a conseguir los objetivos anteriormente expuestos.
Como orientación se indican las siguientes áreas de actividades:
a) Talleres:
Animación/teatro.
Expresión artística/literaria.
Construcción de juguetes.
Aula naturaleza. Aire libre
b) Deportivas:
Natación (indicando si se solicita uso de piscina municipal y cual de ellas en ficha adjunta).
Atletismo.
Tenis de mesa, etc. Las actividades deportivas formarán parte de un Proyecto que debe incluir otras áreas de actividades. No será objeto de esta convocatoria un Proyecto exclusivamente deportivo.
c) Ludotecad) Salidas y viajes:
Visitas recursos barrio ciudad.
Excursiones y salidas a otras localidades y/o provincias.
e) Otras:
Cine solidario.
Fiestas interculturales.
Actividades de cooperación.
Realizar murales con motivo de la Paz y Solidaridad.
Cuentacuentos.
Juegos del mundo.
Actividades para conocer los derechos del niño. Octava. Lugar y plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes de subvención se presentarán en modelo de instancia municipal, dirigidas a la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Albacete en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán tenidas en cuenta.
Junto con la instancia, se remitirá el proyecto de actividades, el cual contendrá los datos reflejados en las fichas adjuntas, con el fin de valorarlo correctamente. Dichas fichas estarán a disposición de los interesados en la 4ª planta del Ayuntamiento y en las distintas zonas de los Servicios Sociales.
Novena.Documentación. Las ayudas serán solicitadas por quienes ostenten la representación legal de la asociación que pretende ser beneficiaria.
Junto a la solicitud, se adjuntará la documentación que se indica a continuación:
Ficha de descripción del proyecto (Anexo 1).
Ficha de actividades (Anexo 2).
Ficha de recursos del proyecto (Anexo 3).
Ficha de solicitud de piscina, en su caso (Anexo 4). Dado que la responsabilidad de las actividades corre a cargo de cada asociación organizadora, en el presupuesto del proyecto se incluirá el coste del seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
Décima.Comisión de Evaluación. El examen y valoración de los proyectos presentados junto a las solicitudes, corresponderá a los Técnicos del Área de Infancia del Servicio de Acción Social, los cuales podrán requerir a los interesados para que, en el plazo máximo de diez días hábiles, subsanen las faltas u omisionesexistentes en las solicitudes presentadas, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en caso contrario. Corresponderá a los Técnicos del Areade Infancia formular motivadamente la correspondiente propuesta de resolución de concesión de subvenciones reguladas en la presente convocatoria, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Tipo y adecuación de las actividades a los objetivos marcados (actividades formativas, pedagógicas, de convivencia...).
b) Se priorizarán las actividades deportivas, al aire libre, viajes,...
c) Número de participantes previstos
d) Interés social del proyecto
e) Duración del proyecto. Dicha propuesta se hará definitiva una vez concretado el número real de participantes de cada Escuela de Verano. La concreción exacta del número de participantes, se realizará como máximo el 10 de julio de 2008, adjuntando el listado y copia de las matrículas realizadas en el modelo de inscripción y autorización paterna que se adjunta (Anexo 5). Dicha documentación se entregará al Educador Comunitario del barrio que corresponda y deberá llevar el visto bueno del mismo.
Antes del inicio de la ejecución de los proyectos, se mantendrá una reunión con las asociaciones que se hayan acogido a esta convocatoria y hayan presentado proyecto al Ayuntamiento, para informar de la valoración realizada, subvención propuesta, y coordinar actuaciones.
Undécima.Órgano competente para resolver. En el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presentación de los listados de participantes por parte de las asociaciones y colectivos solicitantes de subvención, y tras someter a fiscalización previa el correspondiente expediente de gasto, la Junta de Gobierno resolverá de forma motivada la propuesta de adjudicación de subvenciones, que serán notificadas a los interesados.
Duodécima.Formalización de las ayudas. La concesión de las ayudas se instrumentará mediante ingreso en cuenta bancaria del beneficiario de la subvención.
Decimotercera.Justificación de la subvención. Con el fin de recoger los resultados de las distintas Escuelas de Verano, que permitan continuar mejorando en años sucesivos, se establecen las siguientes consideraciones:
a) Se justificará la subvención con anterioridad al 31 de octubre de 2008. Todos los gastos se justificarán mediante facturas, que deberán corresponder al proyecto, ser originales y debidamente cumplimentadas. No se admitirá justificación de gastos en concepto de gratificaciones a personal colaborador en la Escuela de Verano o a cualquier otro concepto, debiendose justificar el gasto en concepto de personal mediante facturas o bien mediante nómina, si existe contrato laboral.
b) Junto a la justificación acreditativa del gasto, se enviará una memoria de ejecución, de acuerdo a las fichas elaboradas por el Ayuntamiento para tal fin. Dichas fichas se enviarán posteriormente a las asociaciones que hayan obtenido subvención a través de esta convocatoria.
Decimocuarta.Modificación, concesión y concurrencia con otras subvenciones.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y la obtención concurrente da ayudas o subvenciones otorgadas por otras Administraciones Públicas o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Decimoquinta.Pérdida y reintegro de la subvención. En el supuesto de que el beneficiario incumpliese cualesquiera de los requisitos establecidos en el Reglamento de subvenciones del Ayuntamiento de Albacete y demás normas de general aplicación, así como las condiciones establecidas en la resolución de concesión de la subvención, el órgano competente, mediante resolución motivada, y previo expediente en el que se dará audiencia al interesado por plazo máximo de quince días, comunicará la pérdida de la ayuda y, si procede, la obligación de reintegrar las cantidades recibidas, sin perjuicio de las demás acciones que en su caso procedan.
5637175_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
Albacete, 3 de junio de 2008.La Alcaldesa, Carmen Oliver Jaquero. 15.057
La ocupación del tiempo libre con actividades saludables, creativas y educativas es una necesidad básica para el crecimiento y la maduración del menor, así como para la prevención de conductas asociales.
En el marco de estas actividades saludables, debemos considerar el juego, la actividad física y otras actividades formativas, recreativas y culturales como necesidades vitales para los menores.
Por ello, se pretende desarrollar la XIX edición del proyecto «Escuelas de Verano» durante los meses de julio y agosto, con la implicación de distintas asociaciones y colectivos para dar respuesta a los siguientes objetivos:
Ofrecer actividades saludables de ocupación de tiempo libre en períodos vacacionales a los niños, niñas y adolescentes de entre 4 y 15 años.
Fomentar entre los participantes la creatividad y la participación.
Conseguir estimular hábitos de convivencia en grupo.
Promover actividades que posibiliten conocer los recursos del barrio, entorno y ciudad.
Promover la participación de la Comunidad en el desarrollo del Proyecto.
Primera.Objeto. La presente convocatoria, bajo la denominación de «XIX edición de Escuelas de Verano», tiene por objeto la concesión de subvenciones a distintas asociaciones y colectivos para la puesta en marcha del mencionado proyecto durante los meses de julio y/o agosto
Segunda.Finalidad de las subvenciones. Se pretende desarrollar la XIX edición del proyecto «Escuelas de Verano» durante los meses de julio y/o agosto, con la implicación de distintas asociaciones y colectivos en el desarrollo del mismo.
Las actividades estarán organizadas y serán ejecutadas por asociaciones y colectivos que habitualmente trabajan con infancia, con la colaboración del Ayuntamiento en cuanto a aportación económica, apoyo técnico y utilización de infraestructuras municipales, a través de su Servicio de Acción Social.
Tercera.Financiación. El proyecto «Escuelas de Verano» se enmarca dentro de las actuaciones del Programa de Actividades Infantiles del Servicio de Acción Social
El presupuesto previsto para el año 2008 es de 35.000 euros.
Cuarta.Beneficiarios. Los destinatarios que podrán acogerse a este proyecto serán diferentes asociaciones y colectivos de Albacete y sus pedanías (Asociaciones de Vecinos, Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos, Asociaciones Juveniles, Culturales, etc) y éstas dirigirán su acción a los niños y niñas de edades comprendidas entre 4 y 15 años.
Quinta.Obligaciones de los beneficiario. Cada asociación o colectivo asumirá los siguientes compromisos:
1.Contratar el personal necesario para el desarrollo del proyecto según la presente convocatoria y teniendo en cuenta la siguiente ratio:
Para grupos de 4 y 5 años, un monitor cada 15 participantes.
Para grupos de 6 a 15 años, un monitor cada 20 participantes.
En general, los monitores contratados deben tener l8 años cumplidos y estar en posesión, cómo mínimo, del título de Monitor de Actividades Juveniles.
Los monitores de los grupos de participantes de 4 y 5 años, deberán contar obligatoriamente con alguna de las siguientes titulaciones:
Técnico auxiliar en Jardín de Infancia (F. P. I.)
Técnico Especialista en Jardín de Infancia (T. E. J. I.)/Técnico Superior en Educación Infantil.
Diplomaturaen Magisterio, especialidad en Educación Infantil. En aquellos casos en los que haya participantes con necesidades educativas especiales, la actividad deberá contar, además, con monitor/es con formación específica (reglada o no) para el trabajo con estos participantes.
2.Cuidar y conservar las dependencias de los Centros Socioculturales que se les ceden para su desarrollo, así como el mobiliario de las mismas.
3.Incluir la participación de niños y niñas derivados por los profesionales de Servicios Sociales, con posibilidad de gratuidad o descuento en el precio de matrícula si así se propusiese.
4.Hacer constar, en toda la información y publicidad que las actividades generen, la colaboración del Ayuntamiento de Albacete, e insertar el logotipo oficial del mismo.
Sexta.Importe de las ayudas.
1.La cuantía de las ayudas estará supeditada a los meses de desarrollo de las actividades, pudiendo ser en julio y/o agosto.
2.Se establecerá un tope máximo de subvención de 4.200 euros.
3.La cuantía de las subvenciones estará condicionada, en todo caso, a la existencia de crédito en el momento de la resolución.
4.Las subvenciones no serán definitivas hasta que se contraste el número de participantes reales en cada Escuela de Verano (procedimiento detallado en la base décima de la convocatoria)
Séptima.Actividades a desarrollar. Las Asociaciones que se acojan a esta convocatoria presentarán su proyecto de actividades, de acuerdo a las edades de los participantes, estableciendo bandas de edad que se especificarán en cada proyecto, en el modelo señalado en la base novena de la convocatoria.
Las actividades tenderán a conseguir los objetivos anteriormente expuestos.
Como orientación se indican las siguientes áreas de actividades:
a) Talleres:
Animación/teatro.
Expresión artística/literaria.
Construcción de juguetes.
Aula naturaleza. Aire libre
b) Deportivas:
Natación (indicando si se solicita uso de piscina municipal y cual de ellas en ficha adjunta).
Atletismo.
Tenis de mesa, etc. Las actividades deportivas formarán parte de un Proyecto que debe incluir otras áreas de actividades. No será objeto de esta convocatoria un Proyecto exclusivamente deportivo.
c) Ludotecad) Salidas y viajes:
Visitas recursos barrio ciudad.
Excursiones y salidas a otras localidades y/o provincias.
e) Otras:
Cine solidario.
Fiestas interculturales.
Actividades de cooperación.
Realizar murales con motivo de la Paz y Solidaridad.
Cuentacuentos.
Juegos del mundo.
Actividades para conocer los derechos del niño. Octava. Lugar y plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes de subvención se presentarán en modelo de instancia municipal, dirigidas a la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Albacete en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán tenidas en cuenta.
Junto con la instancia, se remitirá el proyecto de actividades, el cual contendrá los datos reflejados en las fichas adjuntas, con el fin de valorarlo correctamente. Dichas fichas estarán a disposición de los interesados en la 4ª planta del Ayuntamiento y en las distintas zonas de los Servicios Sociales.
Novena.Documentación. Las ayudas serán solicitadas por quienes ostenten la representación legal de la asociación que pretende ser beneficiaria.
Junto a la solicitud, se adjuntará la documentación que se indica a continuación:
Ficha de descripción del proyecto (Anexo 1).
Ficha de actividades (Anexo 2).
Ficha de recursos del proyecto (Anexo 3).
Ficha de solicitud de piscina, en su caso (Anexo 4). Dado que la responsabilidad de las actividades corre a cargo de cada asociación organizadora, en el presupuesto del proyecto se incluirá el coste del seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
Décima.Comisión de Evaluación. El examen y valoración de los proyectos presentados junto a las solicitudes, corresponderá a los Técnicos del Área de Infancia del Servicio de Acción Social, los cuales podrán requerir a los interesados para que, en el plazo máximo de diez días hábiles, subsanen las faltas u omisionesexistentes en las solicitudes presentadas, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en caso contrario. Corresponderá a los Técnicos del Areade Infancia formular motivadamente la correspondiente propuesta de resolución de concesión de subvenciones reguladas en la presente convocatoria, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Tipo y adecuación de las actividades a los objetivos marcados (actividades formativas, pedagógicas, de convivencia...).
b) Se priorizarán las actividades deportivas, al aire libre, viajes,...
c) Número de participantes previstos
d) Interés social del proyecto
e) Duración del proyecto. Dicha propuesta se hará definitiva una vez concretado el número real de participantes de cada Escuela de Verano. La concreción exacta del número de participantes, se realizará como máximo el 10 de julio de 2008, adjuntando el listado y copia de las matrículas realizadas en el modelo de inscripción y autorización paterna que se adjunta (Anexo 5). Dicha documentación se entregará al Educador Comunitario del barrio que corresponda y deberá llevar el visto bueno del mismo.
Antes del inicio de la ejecución de los proyectos, se mantendrá una reunión con las asociaciones que se hayan acogido a esta convocatoria y hayan presentado proyecto al Ayuntamiento, para informar de la valoración realizada, subvención propuesta, y coordinar actuaciones.
Undécima.Órgano competente para resolver. En el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presentación de los listados de participantes por parte de las asociaciones y colectivos solicitantes de subvención, y tras someter a fiscalización previa el correspondiente expediente de gasto, la Junta de Gobierno resolverá de forma motivada la propuesta de adjudicación de subvenciones, que serán notificadas a los interesados.
Duodécima.Formalización de las ayudas. La concesión de las ayudas se instrumentará mediante ingreso en cuenta bancaria del beneficiario de la subvención.
Decimotercera.Justificación de la subvención. Con el fin de recoger los resultados de las distintas Escuelas de Verano, que permitan continuar mejorando en años sucesivos, se establecen las siguientes consideraciones:
a) Se justificará la subvención con anterioridad al 31 de octubre de 2008. Todos los gastos se justificarán mediante facturas, que deberán corresponder al proyecto, ser originales y debidamente cumplimentadas. No se admitirá justificación de gastos en concepto de gratificaciones a personal colaborador en la Escuela de Verano o a cualquier otro concepto, debiendose justificar el gasto en concepto de personal mediante facturas o bien mediante nómina, si existe contrato laboral.
b) Junto a la justificación acreditativa del gasto, se enviará una memoria de ejecución, de acuerdo a las fichas elaboradas por el Ayuntamiento para tal fin. Dichas fichas se enviarán posteriormente a las asociaciones que hayan obtenido subvención a través de esta convocatoria.
Decimocuarta.Modificación, concesión y concurrencia con otras subvenciones.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y la obtención concurrente da ayudas o subvenciones otorgadas por otras Administraciones Públicas o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Decimoquinta.Pérdida y reintegro de la subvención. En el supuesto de que el beneficiario incumpliese cualesquiera de los requisitos establecidos en el Reglamento de subvenciones del Ayuntamiento de Albacete y demás normas de general aplicación, así como las condiciones establecidas en la resolución de concesión de la subvención, el órgano competente, mediante resolución motivada, y previo expediente en el que se dará audiencia al interesado por plazo máximo de quince días, comunicará la pérdida de la ayuda y, si procede, la obligación de reintegrar las cantidades recibidas, sin perjuicio de las demás acciones que en su caso procedan.
5637175_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
Albacete, 3 de junio de 2008.La Alcaldesa, Carmen Oliver Jaquero. 15.057

