Ficha
Nº de Disposición:
BOP-ALMERIA:
93
Fecha Disposición:
16/05/2008
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO
Categorias:
La Junta de Gobierno Local en la sesión Ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2.008, adoptó el siguiente ACUERDO:
1º. -Estimar parcialmente el escrito de alegaciones presentado por DªAna María FigueredoToledano ordenando la publicación en BOP del Anexo de propietarios incluidos en la Unidad y su porcentaje de participación, sin perjuicio de que la concordancia entre los títulos y la realidad física de las fincas se produzca en el momento de la reparcelación, aprobando definitivamente los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación a constituir para la ejecución del ANCOR4- MA según el PGOU de El Ejido, promovido por la Mercantil VEIRAMAR GESTIÓN INMOBILIARIA, S. L.
2º. -Designar D. Ginés Valera Escobar, como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la referida Junta de Compensación.
3º.- Publicar en el BOP el presente Acuerdo de aprobación definitiva así como el Anexo de propietarios incluidos en la Unidad y su porcentaje de participación, sin perjuicio de que la fijación definitiva se produzca en el momento de la reparcelación.
Asimismo se notificará individualmente con ese mismo contenido a todos los propietarios afectados en el ámbito de la Unidad y a quienes hubieren comparecido en el expediente. En la notificación de dicho acuerdo se requerirá a quienes sean propietarios afectados y no hubieren solicitado aún su incorporación a la Junta, para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes contado desde la notificación.
4º. -Requerir a los interesados para que en el plazo de un mes a contar de la práctica de la última notificación, constituyan la Junta de Compensación mediante escritura pública en la que se designarán los cargos del órgano rector, que habrán de recaer necesariamente en personas físicas. Aprobada la constitución mediante nuevo Acuerdo de Junta de Gobierno Local, este Ayuntamiento elevará dicha Resolución junto con la copia autorizada de la escritura al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Delegación Provincial de la COPT, para su inscripción.
5º. -Lo que se notificará a todos los propietarios afectados y los interesados con expresa indicación de que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, si no se interpone Recurso potestativo de Reposición, podrá ser interpuesto Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado unipersonal de este orden jurisdiccional, con sede en C/Canónigo Molina Alonso, Almería, en el plazo de dos meses a contar del siguiente a la práctica de la notificación, y cuyo último día para interponerlo es aquel en que se cumpla el plazo de dos meses, teniendo en cuenta que durante el mes de Agosto no correrá el plazo de interposición del recurso contencioso administrativo. No obstante lo dispuesto anteriormente podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al del recibo de la presente notificación. Si interpone recurso de reposición no podrá plantear recurso Contencioso Administrativo hasta tanto no se resuelva aquél, o, en su caso, sea desestimado mediante silencio administrativo.
Todo ello según disponen los arts. 109, 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAPAC, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como arts. Concordantes 8, 46 y 128 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno. ( art.89.3 Ley 30/92).
Dado en El Ejido, a 6 de Mayo de 2008. LA CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y PLANEAMIENTO, Adela Cantón Suárez.
ANEXO I
PROPIETARIOS:
5539871_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
4200/08
1º. -Estimar parcialmente el escrito de alegaciones presentado por DªAna María FigueredoToledano ordenando la publicación en BOP del Anexo de propietarios incluidos en la Unidad y su porcentaje de participación, sin perjuicio de que la concordancia entre los títulos y la realidad física de las fincas se produzca en el momento de la reparcelación, aprobando definitivamente los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación a constituir para la ejecución del ANCOR4- MA según el PGOU de El Ejido, promovido por la Mercantil VEIRAMAR GESTIÓN INMOBILIARIA, S. L.
2º. -Designar D. Ginés Valera Escobar, como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la referida Junta de Compensación.
3º.- Publicar en el BOP el presente Acuerdo de aprobación definitiva así como el Anexo de propietarios incluidos en la Unidad y su porcentaje de participación, sin perjuicio de que la fijación definitiva se produzca en el momento de la reparcelación.
Asimismo se notificará individualmente con ese mismo contenido a todos los propietarios afectados en el ámbito de la Unidad y a quienes hubieren comparecido en el expediente. En la notificación de dicho acuerdo se requerirá a quienes sean propietarios afectados y no hubieren solicitado aún su incorporación a la Junta, para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes contado desde la notificación.
4º. -Requerir a los interesados para que en el plazo de un mes a contar de la práctica de la última notificación, constituyan la Junta de Compensación mediante escritura pública en la que se designarán los cargos del órgano rector, que habrán de recaer necesariamente en personas físicas. Aprobada la constitución mediante nuevo Acuerdo de Junta de Gobierno Local, este Ayuntamiento elevará dicha Resolución junto con la copia autorizada de la escritura al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Delegación Provincial de la COPT, para su inscripción.
5º. -Lo que se notificará a todos los propietarios afectados y los interesados con expresa indicación de que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, si no se interpone Recurso potestativo de Reposición, podrá ser interpuesto Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado unipersonal de este orden jurisdiccional, con sede en C/Canónigo Molina Alonso, Almería, en el plazo de dos meses a contar del siguiente a la práctica de la notificación, y cuyo último día para interponerlo es aquel en que se cumpla el plazo de dos meses, teniendo en cuenta que durante el mes de Agosto no correrá el plazo de interposición del recurso contencioso administrativo. No obstante lo dispuesto anteriormente podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al del recibo de la presente notificación. Si interpone recurso de reposición no podrá plantear recurso Contencioso Administrativo hasta tanto no se resuelva aquél, o, en su caso, sea desestimado mediante silencio administrativo.
Todo ello según disponen los arts. 109, 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAPAC, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como arts. Concordantes 8, 46 y 128 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno. ( art.89.3 Ley 30/92).
Dado en El Ejido, a 6 de Mayo de 2008. LA CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y PLANEAMIENTO, Adela Cantón Suárez.
ANEXO I
PROPIETARIOS:
5539871_1.pdf (Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
4200/08
