Delegación de funciones

 

Delegación de funciones

Nº de Disposición:
 
BOP-BADAJOZ:
127 
Fecha Disposición:
04/07/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE MERIDA 
Categorias:
 

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 30 de mayo de 2008, ha adoptado el siguiente acuerdo que se transcribe literalmente, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por R.D. 2568/86, de 28 de noviembre:

"Primero.- Establecer las siguientes delegaciones de competencias:

- Doña Estrella Gordillo Vaquero: Los contratos administrativos en materia de obras, concesión de obra pública, infraestructuras y edificaciones, incluida la adjudicación provisional y definitiva de los contratos. La concesión de licencias y el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de índole urbanístico y régimen del suelo.- Don Juan Espino Martín: La potestad sancionadora por infracciones a las ordenanzas municipales. Las licencias del uso anormal del dominio público. Las adjudicaciones provisionales de todas las contrataciones competencia de la Junta de Gobierno Local, salvo las urbanísticas referidas en el epígrafe anterior. La aprobación de las bases de la convocatoria de selección y provisión de puestos de trabajo.- Don José Fernández Pérez: Potestad sancionadora en materia de trafico y otras licencias no atribuidas a otros órganos, tales como taxis o armas, así como las autorizaciones y licencias previstas en las ordenanzas municipales de trafico y reserva de estacionamiento para discapacitados.- Don Luis Valiente López: Licencias relacionadas con los servicios del cementerio.- Doña María del Carmen Yánez Quirós: Licencias en materia de mercado y mercadillo.- Doña Mercedes MoyanoValhondo: Desarrollo en general de la gestión económica de acuerdo con las bases de ejecución del presupuesto. Los contratos menores, salvo los de obra, así como los de servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.- Doña María Luisa Tena Hidalgo: Licencias administrativas y régimen sancionador en materia de medio ambiente.

Segundo.- Las delegaciones otorgadas en el presente acuerdo abarcan la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, que se denominarán ordenes, así como la competencias para resolver los recursos de reposición frente a los mismos. Las mismas requerirán, además, para su eficacia, la aceptación de las personas designadas, que se consignarán en la notificación que se practique.

Tercero.- El presente acuerdo, en aquellas delegaciones que supongan modificaciones respecto de las ya existentes, entrarán en vigor el día siguiente de su adopción, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, conforme a lo establecido en el artículo 44.2 del ya referido Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Corporaciones Locales.

Cuarto.- Dar cuenta del contenido del presente acuerdo al Pleno municipal, de forma individualizada, a efectos de que quede enterado de su contenido."

Mérida, 11 de junio de 2008.- El Alcalde, José Ángel Calle Gragera.

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