Ficha
Nº de Disposición:
Fecha Disposición:
02/07/2009
Órgano Emisor:
ARONA
Categorías:
Expediente nº: 000297/2009- AGACOPLE.
En relación con la solicitud presentada por Daniel Potts, representado por sí mismo con NIF/CIF nº EX016199044-, con fecha 14 de abril de 2009, solicitando Licencia Municipal de Acople de agua para una vivienda, sito en Av. PalmMar, El, 25 Bl. F Piso 1º Pta. Ed. Los Balandros PalmMar38632 Arona (S/C Tenerife) de este término municipal, habiéndole correspondido el expediente número 000297/2009- AGACOPLE, y además de la documentación requerida en oficio de fecha 14 de abril de 2009, R. S. 2009018573, y de conformidad con lo establecido en los artículos 41 y ss. del R. D. Lvo. 1/2004, 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, ¨ La referencia catastral de los bienes inmuebles deberá aportarse ante la autoridad administrativa en el plazo de 10 días a contar desde aquél en que se practique el correspondiente requerimiento ¨, artículo 46 ¨. El órgano competente para instruir un procedimiento que afecte a bienes inmuebles.., requerirá a los titulares de derechos reales o de trascendencia sobre los mismos, para que aporten documentación acreditativa de la referencia catastral ¨, deberá presentar en el Servicio de Atención Ciudadana sito en el Casco de Arona, Centro Cultural de Los Cristianos o Centro Cultural de Las Galletas o mediante alguno de los sistemas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días, los documentos siguientes:
- Fotocopia compulsada del último Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a nombre del titular del inmueble para el cual se solicita la Licencia Municipal de Acople de Agua o justificante del cambio de titularidad del mismo.
- Justificante de la basura del inmueble. Asimismo, se le comunica:
Que la no presentación de cualquiera de los documentos acreditativos de la referencia catastral no determinará la paralización del procedimiento, sin perjuicio de la comunicación que se realice a la Sección de Plusvalía Urbana y Rústica, a los correspondientes efectos de inspección tributaria.
Que transcurrido el plazo concedido sin haber adjuntado el resto de los documentos anteriormente relacionados, y que resultan necesarios para la tramitación del procedimiento, se le tendrá por desistido de su petición y se ordenará el archivo de las actuaciones, previa resolución expresa conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la citada ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero, todo ello sin perjuicio que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 42.5 a) del texto legal citado el plazo máximo legal para resolver el procedimiento queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de este requerimiento y su efectivo cumplimiento.
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación en forma a Daniel Potts representado por sí mismo.
En Arona, a 16 de junio de 2009. El Teniente de Alcalde (Decreto nº 156/2007), Antonio Miguel García Marichal.
En relación con la solicitud presentada por Daniel Potts, representado por sí mismo con NIF/CIF nº EX016199044-, con fecha 14 de abril de 2009, solicitando Licencia Municipal de Acople de agua para una vivienda, sito en Av. PalmMar, El, 25 Bl. F Piso 1º Pta. Ed. Los Balandros PalmMar38632 Arona (S/C Tenerife) de este término municipal, habiéndole correspondido el expediente número 000297/2009- AGACOPLE, y además de la documentación requerida en oficio de fecha 14 de abril de 2009, R. S. 2009018573, y de conformidad con lo establecido en los artículos 41 y ss. del R. D. Lvo. 1/2004, 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, ¨ La referencia catastral de los bienes inmuebles deberá aportarse ante la autoridad administrativa en el plazo de 10 días a contar desde aquél en que se practique el correspondiente requerimiento ¨, artículo 46 ¨. El órgano competente para instruir un procedimiento que afecte a bienes inmuebles.., requerirá a los titulares de derechos reales o de trascendencia sobre los mismos, para que aporten documentación acreditativa de la referencia catastral ¨, deberá presentar en el Servicio de Atención Ciudadana sito en el Casco de Arona, Centro Cultural de Los Cristianos o Centro Cultural de Las Galletas o mediante alguno de los sistemas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días, los documentos siguientes:
- Fotocopia compulsada del último Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a nombre del titular del inmueble para el cual se solicita la Licencia Municipal de Acople de Agua o justificante del cambio de titularidad del mismo.
- Justificante de la basura del inmueble. Asimismo, se le comunica:
Que la no presentación de cualquiera de los documentos acreditativos de la referencia catastral no determinará la paralización del procedimiento, sin perjuicio de la comunicación que se realice a la Sección de Plusvalía Urbana y Rústica, a los correspondientes efectos de inspección tributaria.
Que transcurrido el plazo concedido sin haber adjuntado el resto de los documentos anteriormente relacionados, y que resultan necesarios para la tramitación del procedimiento, se le tendrá por desistido de su petición y se ordenará el archivo de las actuaciones, previa resolución expresa conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la citada ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero, todo ello sin perjuicio que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 42.5 a) del texto legal citado el plazo máximo legal para resolver el procedimiento queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de este requerimiento y su efectivo cumplimiento.
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación en forma a Daniel Potts representado por sí mismo.
En Arona, a 16 de junio de 2009. El Teniente de Alcalde (Decreto nº 156/2007), Antonio Miguel García Marichal.


