Ficha
Nº de Disposición:
2008/2009
BOPA:
110
Fecha Disposición:
15/04/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE CULTURA Y TURISMO
Categorias:
Resolución de 15 de abril de 2008, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan plazas en las Residencias Juveniles del Principado de Asturias para el curso 2008/2009 y se establecen las bases por las que se regirá dicha convocatoria.
Gestionadas por el Instituto Asturiano de la Juventud las Residencias Juveniles Ramón Menéndez Pidal de Oviedo y Juventudes de Llanes, se convoca públicamente la oferta de plazas para el curso 2008/2009, así como las bases por las que se regirá dicha convocatoria.
En consecuencia con lo anterior, en uso de las atribuciones que otorga la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.Convocar para el curso 2008/2009 plazas de residentes en las Residencias Ramón Menéndez Pidal de Oviedo y Juventudes de Llanes, dependientes del Instituto Asturiano de la Juventud, a las que podrán optar los jóvenes estudiantes matriculados en Centros Oficiales o que se encuentren realizando prácticas laborales como consecuencia de haber finalizado un determinado ciclo formativo que acepten y cumplan las condiciones que se establecen en el anexo de esta Resolución.
Segundo.El Instituto Asturiano de la Juventud adoptará las medidas oportunas para el desarrollo de la presente Resolución.
Tercero.Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOPA, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno para la defensa de sus derechos o intereses.
En Oviedo, a 15 de abril de 2008.La Consejera de Cultura y Turismo, Encarnación Rodríguez Cañas.7.760.
Anexo
1.º Período de ocupación de las plazas convocadas:
La estancia en la Residencia podrá comprender desde el 30 de septiembre de 2008 hasta el 30 de junio de 2009. Durante los períodos vacacionales intermedios (Navidad y Semana Santa) deberán ser íntegramente desalojadas las habitaciones.
2.º Centros con plazas:
Residencia Juvenil Ramón Menéndez Pidal de Oviedo.
C/Julián Clavería, 14, 33006, Oviedo.
Tfno.: 985966570
Fax: 985966571
Residencia Juvenil Juventudes de Llanes.
C/Celso Amieva, 7, 33500, Llanes.
Tfno. y Fax: 985400770
3.º Condiciones económicas:
Serán de aplicación las cuotas que a continuación se reseñan, conforme lo establecido en el Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de precios públicos, última modificación Decreto 287/2007, de 26 de diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija (BOPA de 29/12/2007). En su caso, serán actualizados para 2009 por Resolución de la Consejería de Economía y Asuntos Europeos.
Residencia Juvenil Ramón Menéndez Pidal, de Oviedo.
Habitación compartida: 395,29 mensuales pensión completa.
Residencia Juvenil Juventudes de Llanes.
Habitación compartida: 318,43 mensuales pensión completa.
Las cuotas deberán abonarse en los diez primeros días de cada mes. La inobservancia de este requisito, significará la pérdida automática de la condición de residente.
4.º Criterios de selección de solicitudes:
Las solicitudes serán atendidas por orden de llegada, dando preferencia a aquellas personas que durante el curso anterior se hayan alojado como residentes en alguna de las dos residencias citadas y siempre que en la Residencia haya plazas disponibles, reservándose el Instituto Asturiano de la Juventud el derecho a fijar un número máximo de residentes teniendo en cuenta la presencia de alberguistas y otros grupos. Será requisito indispensable que los y las solicitantes tengan fijada su Residencia fuera del municipio de Oviedo o Llanes, según cuál sea la Residencia solicitada y que no superen la edad de 30 años durante el curso 2008/2009, además de acreditar la condición de estudiante matriculado en un Centro Oficial o que se encuentre realizando prácticas laborales a consecuencia de la previa realización de algún ciclo formativo.
5.º Presentación de solicitudes:
La instancia en modelo oficial suscrita por el solicitante o por sus padres o tutores, podrá presentarse en el Registro de la Consejería de Cultura y Turismo, c/Eduardo Herrera, Herrerita s/n (Edificio Calatrava).
Se establecen los siguientes plazos de presentación:
Para antiguos residentes: a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOPA, hasta el día 20 de julio de 2008.
Para nuevas solicitudes: a partir del día 22 de julio hasta el día 10 de septiembre de 2008.
6.º Documentación a presentar:
Obligatoriamente acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:
Certificado de empadronamiento expedido por la Administración local competente.
Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante.
Documento que acredite la condición de estudiante o la realización de prácticas laborales del solicitante.
Certificado médico.
7.º Admisiones:
El Instituto Asturiano de la Juventud resolverá la adjudicación en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.
Se notificará a los solicitantes la decisión adoptada y, de ser ésta positiva, podrá el Residente incorporarse cuando lo desee, de acuerdo con las fechas señaladas anteriormente.
Número asignado por la Residencia......
Solicitud de plaza para el curso 2008/2009
Residencia juvenil
D. .............................................................................
Con DNI: .......................
Fecha de nacimiento .....................
Domicilio ...........................................................................................................................C.P. .................
Teléfonos: ............ ..........
Centro de Estudios o Trabajo (y curso en su caso) ......................................................................................
Solicita ser admitido en la Residencia Juvenil, comprometiéndose a cumplir las normas de régimen interno, así como aquellas que, al efecto, pudiera dictar la Consejería de Cultura y Turismo.
Documentos que se adjuntan:
Copia Documento Nacional de Identidad
Documento que acredite la condición de estudiante o prácticas laborales.
Certificado de Empadronamiento.
Certificado médico.
En , a de de 2008
Firma Firma
(Residente Mayor de edad) (Representante legal si es menor)
Gestionadas por el Instituto Asturiano de la Juventud las Residencias Juveniles Ramón Menéndez Pidal de Oviedo y Juventudes de Llanes, se convoca públicamente la oferta de plazas para el curso 2008/2009, así como las bases por las que se regirá dicha convocatoria.
En consecuencia con lo anterior, en uso de las atribuciones que otorga la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y de conformidad con el artículo 38 de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero.Convocar para el curso 2008/2009 plazas de residentes en las Residencias Ramón Menéndez Pidal de Oviedo y Juventudes de Llanes, dependientes del Instituto Asturiano de la Juventud, a las que podrán optar los jóvenes estudiantes matriculados en Centros Oficiales o que se encuentren realizando prácticas laborales como consecuencia de haber finalizado un determinado ciclo formativo que acepten y cumplan las condiciones que se establecen en el anexo de esta Resolución.
Segundo.El Instituto Asturiano de la Juventud adoptará las medidas oportunas para el desarrollo de la presente Resolución.
Tercero.Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOPA, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno para la defensa de sus derechos o intereses.
En Oviedo, a 15 de abril de 2008.La Consejera de Cultura y Turismo, Encarnación Rodríguez Cañas.7.760.
Anexo
1.º Período de ocupación de las plazas convocadas:
La estancia en la Residencia podrá comprender desde el 30 de septiembre de 2008 hasta el 30 de junio de 2009. Durante los períodos vacacionales intermedios (Navidad y Semana Santa) deberán ser íntegramente desalojadas las habitaciones.
2.º Centros con plazas:
Residencia Juvenil Ramón Menéndez Pidal de Oviedo.
C/Julián Clavería, 14, 33006, Oviedo.
Tfno.: 985966570
Fax: 985966571
Residencia Juvenil Juventudes de Llanes.
C/Celso Amieva, 7, 33500, Llanes.
Tfno. y Fax: 985400770
3.º Condiciones económicas:
Serán de aplicación las cuotas que a continuación se reseñan, conforme lo establecido en el Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de precios públicos, última modificación Decreto 287/2007, de 26 de diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija (BOPA de 29/12/2007). En su caso, serán actualizados para 2009 por Resolución de la Consejería de Economía y Asuntos Europeos.
Residencia Juvenil Ramón Menéndez Pidal, de Oviedo.
Habitación compartida: 395,29 mensuales pensión completa.
Residencia Juvenil Juventudes de Llanes.
Habitación compartida: 318,43 mensuales pensión completa.
Las cuotas deberán abonarse en los diez primeros días de cada mes. La inobservancia de este requisito, significará la pérdida automática de la condición de residente.
4.º Criterios de selección de solicitudes:
Las solicitudes serán atendidas por orden de llegada, dando preferencia a aquellas personas que durante el curso anterior se hayan alojado como residentes en alguna de las dos residencias citadas y siempre que en la Residencia haya plazas disponibles, reservándose el Instituto Asturiano de la Juventud el derecho a fijar un número máximo de residentes teniendo en cuenta la presencia de alberguistas y otros grupos. Será requisito indispensable que los y las solicitantes tengan fijada su Residencia fuera del municipio de Oviedo o Llanes, según cuál sea la Residencia solicitada y que no superen la edad de 30 años durante el curso 2008/2009, además de acreditar la condición de estudiante matriculado en un Centro Oficial o que se encuentre realizando prácticas laborales a consecuencia de la previa realización de algún ciclo formativo.
5.º Presentación de solicitudes:
La instancia en modelo oficial suscrita por el solicitante o por sus padres o tutores, podrá presentarse en el Registro de la Consejería de Cultura y Turismo, c/Eduardo Herrera, Herrerita s/n (Edificio Calatrava).
Se establecen los siguientes plazos de presentación:
Para antiguos residentes: a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOPA, hasta el día 20 de julio de 2008.
Para nuevas solicitudes: a partir del día 22 de julio hasta el día 10 de septiembre de 2008.
6.º Documentación a presentar:
Obligatoriamente acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:
Certificado de empadronamiento expedido por la Administración local competente.
Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante.
Documento que acredite la condición de estudiante o la realización de prácticas laborales del solicitante.
Certificado médico.
7.º Admisiones:
El Instituto Asturiano de la Juventud resolverá la adjudicación en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.
Se notificará a los solicitantes la decisión adoptada y, de ser ésta positiva, podrá el Residente incorporarse cuando lo desee, de acuerdo con las fechas señaladas anteriormente.
Número asignado por la Residencia......
Solicitud de plaza para el curso 2008/2009
Residencia juvenil
D. .............................................................................
Con DNI: .......................
Fecha de nacimiento .....................
Domicilio ...........................................................................................................................C.P. .................
Teléfonos: ............ ..........
Centro de Estudios o Trabajo (y curso en su caso) ......................................................................................
Solicita ser admitido en la Residencia Juvenil, comprometiéndose a cumplir las normas de régimen interno, así como aquellas que, al efecto, pudiera dictar la Consejería de Cultura y Turismo.
Documentos que se adjuntan:
Copia Documento Nacional de Identidad
Documento que acredite la condición de estudiante o prácticas laborales.
Certificado de Empadronamiento.
Certificado médico.
En , a de de 2008
Firma Firma
(Residente Mayor de edad) (Representante legal si es menor)
