Ficha
Nº de Disposición:
323/04
BOPA:
112
Fecha Disposición:
24/04/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO
Categorias:
Recibido de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias el testimonio de la sentencia de fecha 11 de julio de 2007, por la que se desestima el recurso contenciosoadministrativo n.º 323/04, interpuesto por la representación procesal de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U. contra el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa n.º 43/04.
Visto el dictamen emitido por el Servicio Jurídico y considerando que la mencionada sentencia ha adquirido firmeza, y que, en orden a su ejecución, han de observarse los trámites previstos en el art. 26 del Decreto 20/97, de 20 de marzo, por el que se regula la Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
Primero.Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia referida de la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, cuyo pronunciamiento es el del siguiente tenor literal:
En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: desestimar el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U., contra el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Asturias a que el mismo se contrae, Acuerdo que se confirma por ser ajustado a derecho. Sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.
Segundo.Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.
Oviedo, 24 de abril de 2008.El Consejero de Industria y Empleo, Graciano Torre González.7.770.
Visto el dictamen emitido por el Servicio Jurídico y considerando que la mencionada sentencia ha adquirido firmeza, y que, en orden a su ejecución, han de observarse los trámites previstos en el art. 26 del Decreto 20/97, de 20 de marzo, por el que se regula la Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, por la presente,
RESUELVO
Primero.Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia referida de la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, cuyo pronunciamiento es el del siguiente tenor literal:
En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: desestimar el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, S.A.U., contra el Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Asturias a que el mismo se contrae, Acuerdo que se confirma por ser ajustado a derecho. Sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.
Segundo.Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.
Oviedo, 24 de abril de 2008.El Consejero de Industria y Empleo, Graciano Torre González.7.770.
