Resolución de 5 de mayo de 2008, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Administrativos (Técnico de Prevención).

 

Resolución de 5 de mayo de 2008, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Administrativos (Técnico de Prevención).

Nº de Disposición:
 
BOPA:
112 
Fecha Disposición:
05/05/2008 
Fecha Publicación:
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO 
Categorias:
 

Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó la oposición convocada por esta Administración Regional para la provisión, en propiedad, en turno de promoción libre, de dos plazas del Cuerpo de Administrativos (Técnico de Prevención) de la Administración del Principado de Asturias.

Antecedentes de hecho

Primero.A tenor de lo dispuesto en las bases de la citada convocatoria, se requirió a los aspirantes aprobados para que presentase la documentación exigida en la misma en orden a su nombramiento como funcionarios de carrera.

Segundo.Se ha cumplimentado el anterior trámite por los opositores, así como formalizada la elección del destino ofertado por esta Administración, concurriendo los requisitos exigidos.

Fundamentos de derecho

Primero.En materia objeto del presente expediente viene determinada la competencia en el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; el Decreto 142/2007, de 1 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno.

Segundo.Conforme establece el art. 15 de la Ley 3/85, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, corresponde a esta Consejería el nombramiento de funcionarios.

Tercero.En cuanto hace referencia al plazo de la toma de posesión ha de tenerse en cuenta lo establecido en el art. 36 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964, vigente en este aspecto por así establecerlo la Disposición Derogatoria de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, supletoria de la Ley 3/85, de 26 de diciembre, y que está fijado en un mes.

Cuarto.Conforme al art. 31 del Decreto 68/1989, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado de Asturias, procede disponer la publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias del nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes aprobados.

En base a lo expuesto, por la presente,

DISPONGO

Primero.Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Administrativos (Técnico de Prevención) de la Administración del Principado de Asturias a D. Jorge Morán Ochoa, DNI 10.865.956-C y D. José Manuel Embil Fanjul, DNI 11.070.777-A.

Segundo.Adjudicar destino, que tendrá el carácter de definitivo, en el concejo y Consejería que se cita en el anexo a esta Resolución.

Tercero.Conferir a los interesados el plazo de un mes a contar del día siguiente hábil al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, para formalizar la toma de posesión.

Cuarto.Transcurrido dicho mes sin que los interesados formalicen su toma de posesión, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, se entenderá que renuncia al nombramiento y consecuentemente, a la condición de funcionarios de carrera.

Quinto.Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 5 de mayo de 2008.La Consejera de Administraciones Publicas y Portavoz del GobiernoP.D. (Resolución de 4-9-2007, BOPA 13-9-2007), el Director General de la Funcion Pública.8.290.

Anexo

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