Ficha
Nº de Disposición:
BOPA:
110
Fecha Disposición:
14/05/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL
Categorias:
Trámite de audiencia.
De acuerdo con lo preceptuado por el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la presente comunicación de trámite de audiencia emitidas en los expedientes de Salario Social Básico que se relacionan, con indicación somera de su contenido, ante la imposibilidad de efectuar comunicación directa, una vez intentada ésta.
Doña Laura Herrera Pérez.
Expte. n.º: 024/05/022/02/005375.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de doña Laura Herrera Pérez por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Doña Daisy Delgado Carrillo.
Expte. n.º: 031/08/029/01/004183-1.
Revisado su expediente de Salario Social Básico, por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos: traslado a su país de origen.
La extinción se hará efectiva con efectos de febrero de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Doña M.ª de los Ángeles López Menéndez.
Expte. n.º: 037/07/023/02/000786.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de doña María de los Ángeles López Menéndez por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Don Eduardo Mantilla Pérez.
Expte. n.º: 044/04/018/42/002163.
Revisado su expediente de Salario Social Básico, por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos: por domicilio desconocido y por el inicio de una actividad el 6 de febrero de 2008 en el Régimen Especial Agrario.
La extinción se hará efectiva con efectos de marzo de 2008, reanudándose a su instancia una vez que cesen las causas que la motivaron. La reanudación tendrá efectos del primer día del mes siguiente al de la cesación de esas causas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Doña Rosa Salguero Jiménez.
Expte. n.º: 044/04/018/42/002372.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de doña Rosa Salguero Jiménez por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Don Jonatan González García.
Expte. n.º: 066/04/012/01/002703.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de don Jonatan González García por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Oviedo, a 7 de abril de 2008.El Jefe de la Sección de Salario Social Básico.7.737.
De acuerdo con lo preceptuado por el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la presente comunicación de trámite de audiencia emitidas en los expedientes de Salario Social Básico que se relacionan, con indicación somera de su contenido, ante la imposibilidad de efectuar comunicación directa, una vez intentada ésta.
Doña Laura Herrera Pérez.
Expte. n.º: 024/05/022/02/005375.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de doña Laura Herrera Pérez por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Doña Daisy Delgado Carrillo.
Expte. n.º: 031/08/029/01/004183-1.
Revisado su expediente de Salario Social Básico, por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos: traslado a su país de origen.
La extinción se hará efectiva con efectos de febrero de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Doña M.ª de los Ángeles López Menéndez.
Expte. n.º: 037/07/023/02/000786.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de doña María de los Ángeles López Menéndez por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Don Eduardo Mantilla Pérez.
Expte. n.º: 044/04/018/42/002163.
Revisado su expediente de Salario Social Básico, por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos: por domicilio desconocido y por el inicio de una actividad el 6 de febrero de 2008 en el Régimen Especial Agrario.
La extinción se hará efectiva con efectos de marzo de 2008, reanudándose a su instancia una vez que cesen las causas que la motivaron. La reanudación tendrá efectos del primer día del mes siguiente al de la cesación de esas causas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Doña Rosa Salguero Jiménez.
Expte. n.º: 044/04/018/42/002372.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de doña Rosa Salguero Jiménez por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Don Jonatan González García.
Expte. n.º: 066/04/012/01/002703.
Revisado el expediente de Salario Social Básico de don Jonatan González García por aplicación del artículo 21 de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, procede acordar la extinción de la prestación que viene percibiendo, por los siguientes motivos:
Según información incorporada al expediente, se desconoce el domicilio actual de la persona interesada, produciéndose una pérdida sobrevenida de los requisitos para el mantenimiento de la prestación, al no poder acreditar el relativo a tener residencia efectiva en Asturias, exigido por el artículo 9.1.a) de la precitada Ley 4/2005.
La extinción se hará efectiva con efectos de 1 de marzo de 2008.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico la puesta de manifiesto del expediente a efectos de que pueda usted presentar alegaciones por escrito y aportar los documentos y justificaciones que estime pertinentes ante esta Sección (c/Alférez Provisional, s/n, 33005 Oviedo), en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación.
Oviedo, a 7 de abril de 2008.El Jefe de la Sección de Salario Social Básico.7.737.
