Ficha
Nº de Disposición:
13-08-2008
DOCM:
177
Fecha Disposición:
27/08/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
Categorias:
No habiendo sido posible practicar la notificación personal y preceptiva en el domicilio del interesado, se procede a dar publicidad mediante inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, conforme determina el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, correspondiente a la Resolución de Inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda de Castilla-La Mancha con el expediente núm. 00033858/07 notificado a Francisco Javier Villafranca de la Torre que a continuación se transcribe:
Expediente: 00033858/07
Solicitante: Fco. Javier Villafranca de la Torre
N.I.F: 52131959K c/Seis de junio, 180 13300 Valdepeñas Ciudad Real
Registro de demandantes de Vivienda de Castilla-La Mancha
Vista la solicitud de inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda de Castilla-La Mancha, presentada en la Oficina Provincial/Territorial de Vivienda de Ciudad Real el 26 de junio de 2007,
Resuelvo Inscribir en el Registro de Demandantes de Vivienda con Protección Pública a:
D./DªFrancisco Javier Villafrancade la Torre, con NIF 52131959K
Fecha de inscripción: 27 de septiembre de 2007 La inscripción tendrá una duración de 2 años, siendo obligatorio comunicar cualquier variación en sus circunstancias como demandante de vivienda.
Motivación: De conformidad con lo establecido en el Decreto 38/2006, de 11 de abril, por el que se establece en Castilla-La Mancha el Plan Estatal de Vivienda 2005/2008 y se desarrolla el IV Plan Regional de Vivienda y Suelo de CastillaLaMancha Horizonte (DOCM nº 79 de 14/04/2006).
Causas de baja: Serán causa de baja en el Registro:
1.- La adjudicación, adquisición o arrendamiento de una vivienda con protección pública.
2.- Aportar datos falsos en la solicitud.
3.- No renovar la solicitud dentro del plazo establecido para ello.
4.- No comunicar las alteraciones que se produzcan en los datos contenidos en su solicitud en el plazo de dos meses desde que acontezcan.
5.- No aportar documentación en el plazo indicado cuando sea requerido por la Administración.
6.- La solicitud de baja por el interesado.
Recursos: Esta resolución no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso de alzada dirigido al Consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda, bien ante la propia Consejería o ante este Delegación Provincial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente resolución. En Ciudad Real a 29 de abril de 2008.El Delegado Provincial del Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda. Fdo.: Paula Fernández Pareja.
Resuelvo Su inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda con Protección Pública, en función de sus preferencias declaradas y datos comprobados, teniendo en cuenta la excepción señalada en el apartado, le faculta para solicitar la tipología de viviendas que se relacionan a continuación.
Ámbito de geográfico de demanda: AGD3
Localidad: Valdepeñas
Ingresos: 0
[X] Viviendas de Protección Oficial Régimen Especial (VPORE)
[X] Viviendas de Protección Oficial Precio General (VPOPG)
[X] Viviendas de Protección Oficial Precio Concertado (VPOPC)
[X] Viviendas de Precio Tasado (VPT)
[X] Viviendas de Protección Oficial Régimen Especial Alquilar (VPOARE)
[X] Viviendas de Protección Oficial Renta Básica (VPORB)
[X] Viviendas de Protección Oficial Renta Concertada (VPORC)
[X] Viviendas de Renta Tasada (VRT)
[ ] Alojamientos protegidos en alquiler para Colectivos Específicos (VPOAA)
[ ] Viviendas de Protección Oficial en Alquiler para Jóvenes (VPOJA)
[ ] Viviendas de Protección Oficial en Alquiler con Opción de Compra para Jóvenes (VPOJAOC)
[ ] Estudios y Apartamentos Temporales para Jóvenes (EAJ).
Ciudad Real, 13 de agosto de 2008 La Delegada Provincial P.S. (Decreto 131/2007 de 17 de julio art15.c)
El Secretario Provincial JOSÉ ANTONIO GUERRERO ARROYO
Expediente: 00033858/07
Solicitante: Fco. Javier Villafranca de la Torre
N.I.F: 52131959K c/Seis de junio, 180 13300 Valdepeñas Ciudad Real
Registro de demandantes de Vivienda de Castilla-La Mancha
Vista la solicitud de inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda de Castilla-La Mancha, presentada en la Oficina Provincial/Territorial de Vivienda de Ciudad Real el 26 de junio de 2007,
Resuelvo Inscribir en el Registro de Demandantes de Vivienda con Protección Pública a:
D./DªFrancisco Javier Villafrancade la Torre, con NIF 52131959K
Fecha de inscripción: 27 de septiembre de 2007 La inscripción tendrá una duración de 2 años, siendo obligatorio comunicar cualquier variación en sus circunstancias como demandante de vivienda.
Motivación: De conformidad con lo establecido en el Decreto 38/2006, de 11 de abril, por el que se establece en Castilla-La Mancha el Plan Estatal de Vivienda 2005/2008 y se desarrolla el IV Plan Regional de Vivienda y Suelo de CastillaLaMancha Horizonte (DOCM nº 79 de 14/04/2006).
Causas de baja: Serán causa de baja en el Registro:
1.- La adjudicación, adquisición o arrendamiento de una vivienda con protección pública.
2.- Aportar datos falsos en la solicitud.
3.- No renovar la solicitud dentro del plazo establecido para ello.
4.- No comunicar las alteraciones que se produzcan en los datos contenidos en su solicitud en el plazo de dos meses desde que acontezcan.
5.- No aportar documentación en el plazo indicado cuando sea requerido por la Administración.
6.- La solicitud de baja por el interesado.
Recursos: Esta resolución no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso de alzada dirigido al Consejero de Ordenación del Territorio y Vivienda, bien ante la propia Consejería o ante este Delegación Provincial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente resolución. En Ciudad Real a 29 de abril de 2008.El Delegado Provincial del Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda. Fdo.: Paula Fernández Pareja.
Resuelvo Su inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda con Protección Pública, en función de sus preferencias declaradas y datos comprobados, teniendo en cuenta la excepción señalada en el apartado, le faculta para solicitar la tipología de viviendas que se relacionan a continuación.
Ámbito de geográfico de demanda: AGD3
Localidad: Valdepeñas
Ingresos: 0
[X] Viviendas de Protección Oficial Régimen Especial (VPORE)
[X] Viviendas de Protección Oficial Precio General (VPOPG)
[X] Viviendas de Protección Oficial Precio Concertado (VPOPC)
[X] Viviendas de Precio Tasado (VPT)
[X] Viviendas de Protección Oficial Régimen Especial Alquilar (VPOARE)
[X] Viviendas de Protección Oficial Renta Básica (VPORB)
[X] Viviendas de Protección Oficial Renta Concertada (VPORC)
[X] Viviendas de Renta Tasada (VRT)
[ ] Alojamientos protegidos en alquiler para Colectivos Específicos (VPOAA)
[ ] Viviendas de Protección Oficial en Alquiler para Jóvenes (VPOJA)
[ ] Viviendas de Protección Oficial en Alquiler con Opción de Compra para Jóvenes (VPOJAOC)
[ ] Estudios y Apartamentos Temporales para Jóvenes (EAJ).
Ciudad Real, 13 de agosto de 2008 La Delegada Provincial P.S. (Decreto 131/2007 de 17 de julio art15.c)
El Secretario Provincial JOSÉ ANTONIO GUERRERO ARROYO

